TITULO VALORES LEGISLACION COMERCIAL
jepamonaTarea12 de Julio de 2016
2.251 Palabras (10 Páginas)384 Visitas
INTRODUCCIÓN
A continuación se desarrolla la Actividad No 10 (Taller: Títulos Valores), con el fin de conocer todo lo relacionado con los títulos valores los cuales facilitan la circulación de los derechos crediticios exigidos por el tenedor del mismo de forma segura. La actividad se compone de un problema y un cuestionario, el desarrollo se realiza de acuerdo al material sugerido
TITULOS VALORES
Descripción:
En las relaciones comerciales, los títulos valores facilitan en forma segura la circulación de los derechos crediticios exigidos por el tenedor del mismo. Este taller se compone de un problema y un cuestionario.
Problema:
El día 13 de Mayo del presente año, usted va de paseo, por la carretera se presenta una colisión de vehículos, conducidos por el conductor del vehículo, al que llamaremos No.1, Sr. Florindo Flórez, quien sufrió maltrato en su mano derecha, además de varios daños materiales en su automotor, causados por el vehículo No. 2, de propiedad de Pepito Pérez, quien asume la responsabilidad por todos los daños causados y está muy nervioso.
Los daños se estiman en $10.000.000. Como Pepito no tiene efectivo, pero demuestra que puede responder, le solicitan a usted, que está observando los hechos, les diligencie una letra de cambio en su totalidad por dicho valor, más los intereses de plazo y los de mora, en donde también se deje escrito lo relacionado con la figura del protesto.
El pago total del valor acordado es el 15 de Septiembre del mismo año.
Dadas las circunstancias, no portan letras de cambio impresas, por lo que usted deber hacerla en una hoja en blanco, en forma clara, reflejando los datos suministrados de forma completa.
Letra de Cambio
Letra de cambio N° 001
Valor $10.000.000
Puente de Siberia Kilometro 2 Vía Funza, 13 de mayo de 2015. El señor Pepito Pérez ( Girado) pagará incondicionalmente a Florindo Flórez (Beneficiario), la suma de diez millones de pesos .M/C ($10.000.000), el día, 15 de septiembre de 2015, en las oficinas de Home Creative ubicadas en la Calle 74 a N° 26- 31 en Bogotá D.C.
El girado reconocerá a favor del beneficiario, intereses durante el plazo de uno punto nueve por ciento (1.9%) mensuales, pagaderos durante los primeros cinco días (5) de cada mes, e intereses durante la mora de dos punto cinco por ciento (2.5%) mensuales.
GIRADOR...........................
Paola Montenegro.
C. C. No. A C E P T O: 53.122.789 de Bogotá.
GIRADO.............................
Pepito Pérez
C. C. No. 80.811.890 de Bogotá.
Dirección: Puente de Siberia Kilometro 2 Vía Funza
Teléfono: 321 456 78 65
[pic 1]
Cuestionario:
Con base en el problema planteado debe responder las siguientes preguntas en razón a la letra diligenciada:
a) ¿Qué es un título valor y cuáles los requisitos generales?
R/ Un titulo valor corresponde a un documento el cual tiene un derecho literal, es decir se debe cumplir lo que está estipulado o escrito en el documento para que tenga valides ante la ley, así mismo tiene un derecho autónomo lo que quiere decir que depende de sí mismo para cumplirse o ser ejecutado. (Código de comercio, Art. 619).
Para el caso del problema anterior se debe dar cumplimiento al compromiso adquirido por el Sr. Pepito Pérez quien asume la responsabilidad de pagar los daños ocasionados por el accidente, por un valor de $10.000.000.
Requisitos generales del Titulo valor:
- La mención del derecho que en el título se incorpora, dicho en otras palabras corresponde a la validez que tiene el título con relación a lo que está estipulado o contenido.
- La firma de quién lo crea.
Tomado de Código de comercio, Art. 621.
b) ¿Cuántas partes intervienen en la letra de cambio; cómo se denominan las partes y a qué se obligan?
R/ De acuerdo al código de comercio, Art 621. Las partes que intervienen en la letra de cambio son:
- Girador o librador: corresponde a quien da la orden para realizar el pago y elabora el documento.
- Girado o Librado: es quien acepta la orden de pago firmando el documento comprometiéndose a pagar. A si mismo se responsabiliza, indicando en la letra el lugar o domicilio de pago para que el acreedor haga efectivo su cobro.
- Beneficiario o tenedor: quien recibe el dinero, en una fecha y un lugar especifico
c) ¿Qué son los intereses, quién los fija a nivel nacional; cuántas clases hay, cómo se cobran?
R/
Definición: El interés corresponde al precio que se paga por el uso del dinero, es una relación entre dinero y tiempo dados que puede beneficiar a un ahorrista que decide invertir su dinero en un fondo bancario, o bien, que se le suma al costo final de una persona o entidad que decide obtener un préstamo o crédito. (Tomado de: http://www.definicionabc.com/economia/interes.php)
A nivel nacional el Gobierno y el Banco de la Republica son quienes fijan la tasa de interés.
Clases de intereses:
Interés simple: Solamente se calculan intereses sobre el monto prestado originalmente y este es igual mes a mes.
Interés compuesto: Corresponde al pago de intereses sobre intereses.
Intereses vencidos: Corresponde al pago de intereses al final del mes o del periodo.
Intereses anticipados: Se deberá pagar el interés al inicio del periodo o del mes.
Interés nominal: es aquella que se paga por un préstamo o una cuenta de ahorros y no se suma al capital, es expresada en términos anuales con una frecuencia de tiempo de pago.
Interés efectivo: es la tasa de interés que se deberá pagar al finalizar un periodo, generalmente un año, si el tipo de interés cobrado es compuesto.
Como se cobran los intereses: para calcularlo, primero tenemos que tener claro que las obligaciones son a plazo y sometidas a condición .Las primeras, cuando creada una obligación mediante cheque, pagaré, letra de cambio etc., se estipula entre las partes una fecha cierta para que se cumpla la obligación, como por ejemplo el día 21 de enero del año 2.013.Y llegado el plazo nace la mora, es decir que ha vencido la obligación a plazo, (código de comercio Art. 1551 y 1608 ).
d) ¿Para qué sirven las fechas en el título valor?
R/ De acuerdo al código de comercio, Art 621. La fecha sirve para determinar la capacidad de quien crea el documento. Además, sirve como punto de partida de distintos términos legales como por ejemplo los vencimientos y los plazos de presentación de algunos títulos
Para el caso problema se tienen dos fechas específicas:
1. El 13 de Mayo corresponde a la fecha de elaboración de la letra de cambio.
2. Determina realizar el pago total del valor acordado el 15 de Septiembre del mismo año.
e) ¿Qué es el protesto en la letra de cambio y en el cheque y cómo se realiza?
R/
El protesto en la Letra de Cambio es una diligencia notarial que se hace con el fin de hacer constar que no se ha querido aceptar o pagar una letra de cambio por parte del obligado principal, todo esto para que se pueda iniciar acción en contra de los obligados secundarios.
El protesto se puede hacer por dos razones, primero por la no aceptación de la letra de cambio, en este caso se debe hacer antes del vencimiento de la letra; y segundo por falta de pago, el cual se debe hacer dentro de los quince (15) días siguientes al vencimiento.
...