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Toda aquella persona que delinque es ser humano, por tanto, es susceptible de derechos y obligaciones ante una sociedad tan compleja en la cual vivimos, estos sujetos atienden a un entorno en el cual se desarrollan,


Enviado por   •  9 de Marzo de 2016  •  Tesinas  •  13.583 Palabras (55 Páginas)  •  491 Visitas

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INTRODUCCIÓN  

Toda aquella persona que delinque es ser humano, por tanto,  es susceptible de derechos y obligaciones ante una sociedad tan compleja en la cual vivimos, estos sujetos atienden a un entorno en el cual se desarrollan, y esto va afectar de manera directa o indirecta en el sujeto.  Esto  da pauta a su desenvolvimiento ante determinadas circunstancias y fenómenos, que le suscite en su vida cotidiana, toda esta serie o cúmulo de información obtenida por creencias, cultura e ideosincracia del país en cual resida, estas pueden ser buenas o malas conductas obtenidas por la forma de conducirse de sus seres mas allegados, lo cual va ser determinante para el modus operandi del individuo.

Los adolescentes son vulnerables a todo tipo de cambio y es que van sufriendo la transición de la madures la cual los va a convertir mas adelante en jóvenes adultos, y, es en este momento cuando adquieren responsabilidades ante todo tipo de circunstancias. La ausencia del papa o de la mama en esta transición da como resultado falta de valores, ya que estos van hacer fundamentales para las decisiones que puedan tomar. La  educación es muy importante en el adolescente por que esta determina un estatus ante la sociedad y la falta de esta va marginar y a encarecer su visión, es decir, no obtendrá una buena cultura en todos sentidos.

Es evidente que en una sociedad tan compleja y subjetiva no pase nada y en la actualidad y en la mayor parte del mundo, el problema de los niños y jóvenes que entran en conflicto con la ley penal, se agrava en cuanto disminuye la edad de aparición de los primeros actos ilícitos y se incrementa la violencia y la cantidad de los mismos.

La delincuencia juvenil es un fenómeno social que pone en riesgo la seguridad pública de la sociedad, así mismo va contra las buenas costumbres ya establecidas por la sociedad. La delincuencia en los menores infractores es un fenómeno de ámbito mundial, pues se extiende desde los rincones más alejados a las ciudades industrializadas, desde las familias ricas o acomodadas hasta las más pobres, es un problema que se da en todas las capas sociales y en cualquier rincón de nuestra civilización.

La realidad que se observa al tratar con estos niños-adolescentes es que constituyen un grave problema que se genera en el seno de una sociedad, afecta a sus miembros más jóvenes, quienes, a su vez, descomponen a la misma sociedad y la deterioran paulatinamente.

“Hace poco tiempo no existía nación sobre las faz de la tierra que hubiese incorporado a su estructura jurídica un régimen especial y autónomo, concebido únicamente para administrar justicia a los menores de edad señalados como perpetradores de conductas criminales.”[1]

CAPITULO I

REMEMBRANZAS HISTÓRICAS

  1. Consideraciones Generales.

En La sociedad azteca, tenían como base de su organización social a la familia, la patria potestad la ejercían los padres, a quienes se les atribuía derecho sobre los menores, los padres podían vender a sus hijos como esclavos, por incorregibles. A los 15 años, los jóvenes abandonaban el hogar para ir al colegio. Existían tres opciones: el Calmécac para los nobles, el Tepuchcalli para plebeyos, y el tercero, para mujeres. Los menores de 10 años son excluyentes de responsabilidad penal.

En esta época existían tribunales para menores en las escuelas encargadas de imponer sanciones educativas. En el Calmécac estaba el Huitznahuátl, y en el Telpuchcalli, los Tepuchtatlas. Algunos ejemplos de sanciones educativas son, El niño perezoso era rasguñado por sus padres con espinas de maguey, o era obligado a respirar el humo acre del fuego donde ponían a quemar chiles rojos. “En las pinturas de la Colección de Mendoza, pueden observarse varios castigos a los menores, como los siguientes: Un niño de 8 años a quien se le amenazaba con una reprimenda si no cumplía su deber; un niño de 9 años que es picado en varias partes del cuerpo por su padre, por ser indócil; una niña de 9 años a quien su madre le punza las manos por no hacer correctamente su labor; un niño y una niña de 10 años a quienes sus padres azotan con una vara por no ocuparse de lo que se les ordena. Algunas de las normas importantes en la sociedad azteca eran: Los jóvenes de ambos sexos que se embriaguen serán castigados con la pena de muerte por garrote. La mentira en la mujer y en el niño, cuando éste se encuentre en educación, se castigará con pequeñas cortadas y rasguños en los labios, siempre que la mentira hubiese tenido grandes consecuencias. El que injurie, amenace o golpee a la madre o al padre, será castigado con la pena de muerte y será considerado indigno de heredar, por lo que sus descendientes no podrán suceder a los bienes de los abuelos. Cuando los hijos jóvenes de ambos sexos sean viciosos y desobedientes serán castigados con penas infamantes, como cortarles el cabello y pintarles las orejas, los brazos y los muslos.”[2] Estas penas eran aplicadas por los  padres y debemos de distinguir ya que eran sus costumbres y aunque nos parezcan rigurosas eso era lo que mantenía a esta sociedad una gran bastedad de costumbres aunadas a los valores que iban transmitiendo de de alguna manera a base de castigos o auto castigos.

1.2 Época Colonial

En la época  colonial Cuando los españoles iniciaron la conquista hubo un choque entre las costumbres o forma de gobernar por parte de los indígenas y las normas da conducta que traían los europeos, “El doctor Luis Rodríguez Manzanera sostiene que los frailes estaban inspirados por las reglas del más antiguo tribunal para menores, llamado “Padre de Huérfanos”, y que fue instituido en la ciudad de Valencia, España , por Pedro I de Aragón.

En el derecho vigente español de aquella época, debemos mencionar las

VII Partidas de Alfonso X, que señalaban la responsabilidad penal de los menores de diez años y medio, y una semiimputabilidad a los mayores de diez y medio, pero menores de diecisiete, con algunas excepciones, según cada delito.”[3]

En esta época no se aplicaba pena de muerte a los menores de 17 años la in imputabilidad se conserva en diez años y medio para la mayoría de los delitos (calumnia, injuria, hurto, lesiones, homicidios), porque el sujeto no sabe ni entiende el error que hace.

La pena total se amplía de catorce años, en delitos sexuales como lujuria, sodomía e incesto, en este último, la mujer es responsable a los 12 años. Entre los diez y medio y los catorce años hay semiimputabilidad en los delitos de lesiones, homicidio y hurto, pero sólo se pueden aplicar penas leves.

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