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Validez y ejecución de sentencias de Cortes norteamericanas en territorio Mexicano.


Enviado por   •  1 de Agosto de 2014  •  Ensayos  •  682 Palabras (3 Páginas)  •  269 Visitas

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Validez y ejecución de sentencias de Cortes norteamericanas en territorio Mexicano. (HOMOLOGACION)

De acuerdo a las leyes mexicanas, una resolución de una Corte de Estados Unidos es considerada una sentencia extranjera que no tiene efecto en el territorio de México, a menos que la orden de la Corte sea debidamente reconocida por un juez Mexicano, y por lo tanto el Juez Mexicano ordene su cumplimiento en los términos emitidos por el Juez de Estados Unidos. A este proceso de reconocimiento de la validez de esa orden extranjera se le conoce como “HOMOLOGACION”.

Lo anterior es muy importante para la comunidad México-Americana, que vive en los Estados Unidos, ya que muchas veces los derechos de una persona contemplan no sólo leyes de los Estados Unidos, sino también leyes de México. Y muchas veces, todo está en conexión con un solo caso!

Por ejemplo, si una persona que se casó en México, emigra a los Estados Unidos de América y estando en los Estados Unidos presenta una petición para la disolución de su matrimonio ante un tribunal Estadounidense, esa persona debe ser consciente de que, independientemente de lo que el tribunal estadounidense decida ( o ya ha decidido) esta persona sigue casada en México!

A menos que se finalice el proceso de “Homologación de Sentencia Extranjera” esa persona no debe volver a casarse, o adquirir propiedades en México, o iniciar una solicitud de beneficios migratorios, porque desde el punto de vista estricto de las leyes de México aún hace falta validar su sentencia en México.

El procedimiento para la ejecución de una resolución de Estados Unidos en México se compone de dos principales etapas legales. Por una parte, existen mociones y peticiones que se deben realizar ante el Tribunal Estadounidense que ha resuelto su caso. Lo anterior, con base en las nociones de práctica de Derecho Internacional Privado, con relación a la colaboración y asistencia judicial internacional entre tribunales de diferentes países. Es decir, que la Corte de Estados Unidos debe comunicar la orden oficialmente al Juez de México, mediante formatos preparados propiamente por el abogado de la parte solicitante.

Luego, una vez que se han obtenido los documentos de comunicación oficial de la Corte de Estados Unidos, la segunda fase legal, es la presentación de las peticiones adecuadas y en los formatos adecuados ante un juez mexicano competente, a fin de solicitar la ejecución de la sentencia extranjera dictada por el Juez Estados Unidos.

Debido a que el proceso

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