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ASPECTOS TRIBUTARIOS

gutkelly30 de Octubre de 2014

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INDICE

INTRODUCCIÓN

CAPITULO I

1. GENERALIDADES

1.1. Concepto de Aspecto Tributario

1.1.1. Clases de tributo

1.1.1.1. Impuesto

1.1.1.2. Tasa

1.1.1.3. Contribución

1.2. Concepto de Comercio electrónico

1.2.1. Origen y Evolución Histórica

CAPITULO II

2. MARCO LEGAL EN EL PERÚ

2.1. Normatividad vinculada al comercio electrónico

2.1.1. Ley de firmas y certificados digitales

2.1.2. Principales disposiciones

2.1.2.1. Utilidad de la firma electrónica y de los certificados digitales

2.1.2.1.1. Comercio Electrónico

2.1.2.1.2. Firma electrónica en la emisión de títulos y documentos

2.1.2.1.3. Firma electrónica en la emisión de títulos valores

2.1.3. Código civil y comercio electrónico

2.1.4. Ley que incorpora los delitos informáticos al código penal

2.1.4.1. Delitos informáticos

2.2. Leyes del comercio electrónico con los países vecinos

2.2.1. Legislación comparada

3. CAPITULO III

3.1. Situación internacional

3.1.1. Delimitación Material: Comercio Electrónico e Imposición Directa

3.1.1.1. Los nuevos factores operativos del comercio internacional

3.1.2. Consecuencias fiscales de los nuevos factores operativos del comercio internacional

3.1.3. La necesaria perspectiva internacional

INTRODUCCIÓN

El presente trabajo titulado ASPECTOS TRIBUTARIOS DEL COMERCIO ELECTRONICO está realizado por los alumnos de la especialidad de “Administración de empresas” IV semestre del Instituto Superior Tecnológico Público “Carlos Cueto Fernandini”

En primer lugar queremos expresar nuestro más cordial saludo a la licenciada en administración Loreta Shardin Flores quien nos imparte la unidad didáctica de “Comercio Electrónico”.

Pues bien, el desarrollo tecnológico que ha tenido un avance acelerado a gran escala desde fines del siglo XX, ha impulsado el quiebre de las fronteras territoriales a través del fenómeno de la globalización así como la facilidad de intercambiar información de toda índole sin considerar los límites fronterizos tradicionales entre los países del mundo.

Una primera manifestación del avance de la innovación tecnológica es el desarrollo de las telecomunicaciones, vista desde el ámbito comercial se ha producido un cambio trascendental en las relaciones de intercambio de bienes, servicios y capitales. Es de este modo que el comercio electrónico juega hoy un papel clave para la competitividad internacional de nuestro país y las oportunidades que actualmente el comercio electrónico nos ofrece son abrumadoras.

Siendo el internet principal, herramienta del comercio electrónico, propicia una relación directa entre el productor y el cliente, lo cual genera un acortamiento de las cadenas de comercialización del comercio tradicional asimismo favorece las posibilidades de acceso a mercados extranjeros por parte de las pequeñas y medianas empresas, las cuales a través del internet pueden llegar a competir en igualdad de condiciones con empresas más poderosas. Además el comercio electrónico nos ofrece una variedad de actividades que tienden a disminuir los costos de transacción. Como consecuencia de ello, a través del comercio electrónico se desmaterializan las actividades económicas (fenómeno de digitalización).

Todas estas manifestaciones propias de la introducción de la nueva tecnología en la actividad económica conllevan a realizar y establecer una normatividad; con esto nos referimos a los aspectos tributarios del comercio electrónico en nuestro país

En tal sentido, como parte de la problemática jurídica, a continuación se analiza desde la perspectiva tributaria la incidencia del comercio electrónico, así como los principales cuestionamientos que surgirían en la aplicación de las disposiciones legales existentes.

CAPITULO I

1. GENERALIDADES

1.1. Concepto de Aspecto tributario

• Diccionario de la Real Academia: (del latín tributum) que es la entrega por parte del súbdito al Estado para las cargas y atenciones públicos cierta cantidad de dinero o en especie. También agrega: es una obligación dineraria establecida por la ley, cuyo importe se destina al sostenimiento de las cargas públicas.

• Un tributo es una obligación ex lege que consiste en dar ciertas sumas de dinero cuando se verifica la realización del hecho imponible establecido en la norma legal respectiva y que constituye una detracción económica de una parte de la riqueza de los particulares (aspecto económico) que es exigida por el Estado mediante el dictado de leyes (aspecto jurídico) en ejercicio de su poder tributario o de gravabilidad con el fin de promover el bien común o bienestar general satisfaciendo las necesidades públicas (aspecto político).

Por ende, las características del tributo son:

1) Es una obligación ex lege, o sea, surge de la ley. Por ende, es un deber del sujeto pasivo (contribuyente) para con el fisco que es coercitivo, no existe el elemento voluntario. La prestación del contribuyente no es espontánea sino obligatoria. No hay tributo sin coerción.

Por otra parte cabe destacar que según la Constitución Nacional en sus artículos Nº 4 y 17 no puede existir tributo sin ley, eso convierte a la obligación jurídica tributaria en una obligación emanada de la ley. Este es el aspecto jurídico del tributo.

2) Consiste en dar sumas ciertas de dinero. La prestación obligatoria del sujeto pasivo (contribuyente) es siempre en dinero, es una obligación de dar sumas ciertas de dinero. El tributo representa una cuota parte de riqueza de la población que el Estado exige coercitivamente a los efectos de poder cumplir o financiar aquellos objetivos que se hayan planteado. Es una detracción, es decir, una disminución de una parte de la riqueza de los particulares. Este es el aspecto económico del tributo.

3) La obligación jurídica tributaria surge cuando se verifica la realización del hecho imponible establecido en la norma legal respectiva. El hecho imponible siguiendo a Dino Jarah, es un hecho que por voluntad de la ley produce efectos jurídicos y tiene 6 elementos: el objeto, el sujeto, el aspecto temporal, el aspecto espacial, la base imponible y la alícuota. Se deben verificar estos elementos conjuntamente para que se origine la obligación jurídica tributaria del sujeto pasivo y el derecho del sujeto activo (Estado nacional, provincial o municipal) a reclamar el cumplimiento de dicha obligación.

4) Es exigida por el Estado en virtud de su poder tributario o de gravabilidad. El poder de gravabilidad o tributario es la facultad que tiene el Estado de crear unilateralmente tributos mediante el dictado de leyes.

5) El Estado con esos recursos busca promover el bienestar general de la sociedad satisfaciendo las necesidades públicas como es la administración de justicia, la defensa exterior, el orden interno, salud, educación, etc., por medio de los servicios públicos. Este es el aspecto político del tributo.

Por lo tanto podemos decir en síntesis, que el tributo es toda erogación que deben cumplir los sujetos pasivos en virtud de una ley formalmente sancionada, creada por el Estado en uso de su potestad y soberanía. Dicha ley da origen a relaciones jurídicas de derecho público.

1.1.1. Clases de tributo

En general tenemos tres tipos de tributos: el impuesto, la tasa y la contribución especial.

1.1.2. Impuesto

Es un tributo que se paga a las Administraciones Públicas y al Estado para soportar los gastos públicos. Estos pagos obligatorios son exigidos tantos a personas físicas, como a personas jurídicas.

La colecta de impuestos es la forma que tiene el Estado (como lo conocemos hoy en día), para financiarse y obtener recursos para realizar sus funciones.

Tipos de impuestos

Los impuestos pueden dividirse en multitud de categorías. Aquí vamos a hablar de algunas de ellas:

 Impuesto directo: Grava directamente la obtención de renta de las personas físicas y jurídicas. Grava la riqueza, conociendo quién es el sujeto pasivo

 Impuesto indirecto: Grava el consumo de la renta de la persona. En este caso, la persona que reporta el dinero en la Administración Pública, no es el sujeto pasivo del impuesto.

 Impuesto progresivo: El tipo impostivo (el porcentaje que se aplica sobre la base gravada por el impuesto) crece si la renta es mayor.

 Impuesto regresivo: El tipo impositivo se reduce al aumentar la base sobre se aplica el impuesto.

Ejemplo de impuestos

o Impuesto sobre el valor añadido: Indirecto y regresivo.

o Impuesto sobre la Renta de las personas físicas: Directo, personal, progresivo.

o Impuesto de sucesiones y donaciones: Directo, personal, subjetivo, progresivo.

o Impuesto actividades económicas: Directo, real, periódico.

o Impuesto sobre bienes inmuebles: Directo, real.

o Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actividades jurídicas documentadas: Indirecto.

1.1.3. Tasa

Es el tributo cuya obligación tiene como hecho generador la prestación efectiva por el Estado de un servicio público individualizado en el contribuyente. No es tasa el pago que se recibe por un servicio de origen contractual.

Las Tasas, entre otras, pueden ser:

- Arbitrios: son tasas que se pagan por la prestación o mantenimiento de un servicio público.

- Derechos:

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