ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Derecho Constitucional

Yusneri1 de Noviembre de 2014

2.542 Palabras (11 Páginas)274 Visitas

Página 1 de 11

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACION

UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL

DE LOS LLANOS OCCIDENTALES EZEQUIEL ZAMORA

EL CANTON ESTADO BARINAS

DOCENTE: ABOGADA. NILSE VARELA INTEGRANTES:

• CONTRERAS YORALY

• GONZALEZ MARYIRIN

• HERNANDEZ LUZVIANA

• RAMIREZ RUBEN

• MENDOZA KARINA

LUNES 14 DE JULIO DEL 2014

INDICE

Introducción ---------------------------------------------------------------------------------------3

Derecho Constitucional ------------------------------------------------------------------------4

Reseña, origen del Derecho Constitucional ----------------------------------------------4

Objeto ---------------------------------------------------------------------------------------------- 7

Importancia --------------------------------------------------------------------------------------- 8

Rama a la que pertenece el derecho constitucional -------------------- 9

Características ------------------------------------------------------------------- 9

Importancia del derecho constitucional para la carrera de administración ------------------------------------------------------------------- -9

Conclusión ----------------------------------------------------------------------- 10

Bibliografía ----------------------------------------------------------------------- 11

Anexos ---------------------------------------------------------------------------- 12

INTRODUCCIÓN

En los cuarenta años y que llamada "Mal democracia" el Puntofijismo, conformado por un grupo partidos políticos (AD-COPEI-URD) y otros, eran quienes tomaban las decisiones sin consultar al pueblo, y la carta magna antes de 1999, era considerada representativa. Posteriormente, luego de la llegada de Hugo Chávez al poder y a través de una constituyente, hizo un cambio drástico, en la conformación de una nueva constitución que se adaptara a las nuevas realidades del país, es decir, se incluyó al pueblo venezolano, a ser el protagonista en todas sus instancias.

Sin embargo, el pueblo de Venezuela, en ejercicio de sus poderes creadores e invocando la protección de Dios, el ejemplo histórico de nuestro Libertador Simón Bolívar y el heroísmo y sacrificio de nuestros antepasados aborígenes y de los precursores y forjadores de una patria libre y soberana; con el fin supremo de refundar la República para establecer una sociedad democrática, participativa y protagónica, multiétnica y pluricultural en un Estado de justicia, federal y descentralizado, que consolide los valores de la libertad, la independencia, la paz, la solidaridad, el bien común, la integridad territorial, la convivencia… asegure el derecho a la vida, al trabajo, a la cultura, a la educación, a la justicia social y a la igualdad sin discriminación ni subordinación alguna…el equilibrio ecológico y los bienes jurídicos ambientales como patrimonio común e irrenunciable de la humanidad; en ejercicio de su poder originario representado por la Asamblea Nacional. Aún queda mucha tela que cortar, porque son muchas las implicaciones que suscitan en el derecho constitucional

He aquí, la intención del equipo de trabajo, enmarcar aspectos que guardan mucha relación con el derecho constitucional, el cual están representada en la constitución de la República Bolivariana de Venezuela, como un todo, como la máxima estructura legal que representa a cualquier país en el mundo.

DERECHO CONSTITUCIONAL

Definición

Es el fundamento del orden jurídico de un Estado. Es la ley suprema que determina la organización del Estado, reglamenta el ejercicio del poder y consagra los derechos y garantías que se consideran fundamentales para el ser humano. La Constitución en sentido formal: son las reglas relativas a la organización y la actividad del Estado, y el conjunto de normas que consagran los derechos humanos fundamentales. La Constitución en sentido material: es el documento que debe ser elaborado y modificado según un procedimiento especial, distinto de aquel que se observa para la legislación común.

Según Andueza (2007), es la parte del derecho público que estudia la organización superior de los poderes del Estado y las bases sustanciales de éste, así como sus limitaciones frente a los particulares y las fuentes de la Constitución". Según el Dr. Andueza (Ob. Cit), el Derecho Constitucional nos permite:

1. Actuar como ciudadanos en nuestro suelo patrio, y no como extranjeros.

2. Examinar toda la estructura legal del Estado.

3. Determinar cómo están creados los órganos superiores del Estado y sus competencias.

4. Regular la relación existente entre los gobernantes y los gobernados.

5. Determinar hasta dónde puede llegar la acción de la administración pública y los derechos fundamentales y deberes de cada ciudadano para facilitar la convivencia pacífica a la vez que armónica de los hombres mediante las relaciones entre el Poder y aquellos que le dieron tales facultades, basados siempre en las ideas que persigue toda la sociedad: La Justicia y el Derecho.

Reseña, origen del Derecho Constitucional

Origen: En el mundo antiguo en Grecia, particularmente en Atenas y Esparta, surgen los primeros antecedentes del constitucionalismo moderno, como consecuencia de la distinción entre leyes fundamentales o constitución y las leyes ordinarias. El derecho constitucional moderno nace, para García-Pelayo, con la teoría clásica de la ley fundamental, así como la aparición de varios tratados sobre constituciones estatales, publicados en Francia, Alemania, Inglaterra y Holanda, principalmente. Pero como hecho histórico que dio origen al moderno estudio del derecho constitucional, debe señalarse la constitución inglesa del siglo XVIII. De ella partió el barón de Montesquieu para exponer sus tesis sobre el funcionamiento de una Constitución tendentes a buscar principios de validez general.

La aparición del derecho constitucional entre las disciplinas jurídicas autónomas, es relativamente nueva. Al descender Bonaparte de los Alpes sobre el suelo de Italia en 1796, su ejército llevaba consigo los principios de libertad y de individualismo con que la Revolución Francesa acababa de sustituir al gobierno absoluto. Para ser enseñados sistemáticamente, esos principios hallaron lugar propicio en la tierra que había fecundado la tradición jurídica de Roma, y por eso fue que en Italia se fundaron entonces, antes que en ningún otro país, las primeras cátedras de derecho constitucional.

No obstante este despertar inmediato de la teoría constitucional, su investigación y enseñanza no alcanzaron durante el siglo XIX el auge que merecía la nueva rama del derecho, como técnica llamada a organizar la creencia entusiasta en el orden constitucional. En Francia se creó una cátedra de derecho constitucional en 1835, que fue suprimida en 1851, después del golpe de estado de Napoleón III. Restablecida por la República en 79, todavía en 85 se quejaba Boutmy de que la rama más importante del derecho público estuviese abandonada en Francia y de que no la enseñase ningún autor reconocido.

La explicación del fenómeno por el que se disoció de la enseñanza metódica la intensa vida política, estriba acaso en la influencia, superviviente y poderosa, de los grandes teorizantes del siglo XVIII. En ellos hallaron su inspiración las realizaciones revolucionarias, y más que organizar a éstas, se trataba de desenvolver las doctrinas de Montesquieu y de Rousseau.

El colapso del régimen monárquico, la necesidad de organizar a la república sobre bases nuevas y las experiencias inglesa y norteamericana como ejemplos prácticos, todo eso hizo resurgir en Francia los estudios del derecho constitucional, a partir del último tercio de la centuria pasada. Finalizaba el siglo (1895) cuando Esmein publicaba la primera edición de sus Elementos de derecho constitucional francés y comparado.

La América es, quizá, la única parte del mundo, después de la abolición de la esclavitud en los Estados Unidos, donde el derecho constitucional se ha adoptado en toda su extensión, con todas sus consecuencias, cargando con el riesgo del abuso con tal de disfrutar de las ventajas, de las garantías, y del progreso de sus doctrinas. Es necesario que pasen algunos siglos para encontrar en un pueblo anglosajón el principio del derecho constitucional, perdido con la destrucción de las Repúblicas griegas, con la decadencia del Imperio romano, y con los horrores y la barbarie de las conquistas.

Un rey, como muchos de su época, era el azote de su nación. Prohibió la caza, destruyó los linderos levantados por los propietarios, confiscó sus tierras, quitó la honra a muchas familias e hizo otras cosas más, que refiere la historia de su tiempo. Este rey era Juan sin Tierra. Los que sufrían se cansaron, se revistieron de resolución y arrancaron al rey una Constitución que en sustancia garantizaba hasta donde era posible, su libertad

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (18 Kb)
Leer 10 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com