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Derecho De Pruebas


Enviado por   •  12 de Junio de 2013  •  4.163 Palabras (17 Páginas)  •  255 Visitas

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LA PRUEBA: Son todos aquellos hechos controvertidos, que las partes aleguen en el proceso

FUENTES LEGALES:

CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA:

Artículo 49, del debido proceso."Toda persona tiene derecho a ser notificada de los cargos por los cuales se le investiga, de acceder a las pruebas y de disponer del tiempo y de los medios adecuados para ejercer su defensa".

EL CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL.

Artículo 388. "Al día siguiente del vencimiento del lapso del emplazamiento para la contestación de la demanda, sin haberse logrado la conciliación ni el convenimiento del demandado, quedará el juicio abierto a pruebas, sin necesidad de decreto o providencia del Juez, a menos que, por deberse decidir el asunto sin pruebas, el Juez lo declare así en el día siguiente a dicho lapso".

EL CODIGO CIVIL: Artículo 1.354 "Quien pida la ejecución de una obligación debe probarla, y quien pretenda que ha sido libertado de ella debe por su parte probar el pago o el hecho que ha producido la extinción de su obligación".

EL CODIGO DE COMERCIO: Artículo 124°. Las obligaciones mercantiles y su liberación se prueban: Con documentos públicos y privados. Con los extractos de los libros de los corredores, firmados por las partes. Con facturas aceptadas. Con los libros mercantiles de las partes contratantes. Con declaraciones de testigos.

TEMA N° II. OBJETO DE LA PRUEBA

OBJETO DE LA PRUEBA: Serán todos aquellos hechos que deben verificarse y donde puede recaer la prueba.

JUICIOS DE HECHOS Y DE DERECHOS:

HECHOS: Son todos aquellos procesos de juicio en los cuales hay actividad probatoria.

DERECHO: La controversia es en entorno a la norma jurídica que se intenta aplicar.

LA PRUEBA DE LOS HECHOS: Son todos aquellos hechos que si no están dentro de las excepciones que impiden la actividad probatoria serán objeto de prueba.

TEMA N° III. EL OBJETO DE LA PRUEBA EN EL DERECHO POSITIVO VENEZOLANO

HECHOS QUE NO SON OBJETOS DE PRUEBA:

EL DERECHO: Este se alega y no necesita probarse, excepcionalmente se prueba cuando se discute la existencia, validez o vigencia de una norma jurídica.

EL HECHO IMPERTINENTE: No es objeto de prueba porqué no tiene nada que ver con lo que intenta probarse.

EL HECHO CONVENIDO O NO CONTROVERTIDO: El hecho acordado o aceptado no es objeto de prueba tiene que ser un hecho controvertido.

EL HECHO IMPOSIBLE: No es objeto de pruebas ya que a la fecha en que se plantea, no existe la posibilidad de demostrarlo.

EL HECHO NEGATIVO: Cuando en la expresión de negación se usa una afirmación.

HECHOS EVIDENTES: No son hechos de prueba ya que por su propia normalidad, se sobreentiende que el mismo se produce por causas naturales.

HECHOS NOTORIOS: Será notorio cuando es del conocimiento de un gran número de personas.

HECHOS CUYA PRUEBA PROHÍBE LA LEY: Son aquellos hechos que la ley taxativamente prohíbe la realización de las pruebas.

NECESIDAD DE LAS PRUEBAS: Específicamente se trata de lo que se debe demostrar o probarse en el proceso, y en función de eso el demandado podrá elaborar sus alegatos y formule su defensa.

TEMA Nº IV. CLASES DE PRUEBA

CLASES DE PRUEBA:

A) PRUEBA DIRECTA O INMEDIATA: Se da cuando el medio probatorio le permite al juez a través de sus sentidos ver la situación que se pretende demostrar.

B) PRUEBA INDIRECTA O MEDIATA: Se da cuando el medio probatorio le permite al juez adquirir el conocimiento no a simple vista sino a través de otra persona o intermediario.

C) PRUEBAS DE PARTE: Son aquellas que aportan las partes al proceso por medio de la promoción y evacuación.

D) PRUEBAS DE OFICIO: Son las ordenadas por el juez en determinadas situaciones.

E) PRUEBAS JUDICIALES: Es aquella que se logra conformar con ocasión a un proceso particular, destinada a demostrar el hecho debatido.

F) PRUEBAS EXTRAJUDICIALES: Son pruebas que surgen fuera de un proceso, que pueden integrarse a este y hacerlas valer dentro del mismo proceso.

CONCURSOS DE PRUEBAS: Es la concurrencia en un mismo hecho de diferentes medios probatorios.

LA CONTRA PRUEBA: Es aquella prueba que tiende a demostrar la ineficacia o inexactitud de otra prueba anterior.

MEDIO DE PRUEBA: Es el conjunto de instrumentos que el legislador pone a disposición de los jueces para desarrollar la actividad probatoria.

SISTEMA SOBRE LAS PRUEBA:

1. MEDIOS DE PRUEBA:

TARIFA LEGAL: Es cuando el legislador establece a través de la norma cuales son los medios de prueba a utilizar.

PRUEBA LIBRE: Es la libertad absoluta de utilizar cualquier medio probatorio, a excepción de las prohibidas por la ley.

MIXTO: Menciona cuales son los medios probatorios, que no están prohibidos por la ley, no los limitaba.

2. VALORACION DE LA PRUEBA: Es la apreciación y la ponderación que hace el juez de los medios probatorios aportados por las partes al proceso.

TARIFA LEGAL: El juez no valora nada, lo valora el legislador y juez lo aplica por su forma y valoración contenida en la norma.

LIBRE CONVICCION: El juez es quien valora las pruebas.

SANA CRITICA: El juez está limitado por el razonamiento colectivo general sin infringir la lógica.

TEMA N° V. LA PROPOSICION DE LA PRUEBA

PRINCIPIOS QUE RIGEN LA PRÁCTICA DE LAS PRUEBAS:

PRINCIPIO DE COMPETENCIA: Se refiere a la competencia práctica del principio de inmediación del medio idóneo.

PRINCIPIO DE PRECLUSIÓN: Cada acto tiene su oportunidad concreta de desarrollarlos, ya sean en lapsos

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