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Ensayo de los delitos y de las penas

Lizeth AraqueTrabajo16 de Noviembre de 2015

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TEORIA DEL DELITO

LIZETH JOHANA LIZARAZO ARAQUE

UNIVERSIDAD LIBRE  DE COLOMBIA- SECCIONAL CÚCUTA

FACULTAD DE DERECHO CIENCIA POLITICA Y SOCIALES

SAN JOSÉ DE CÚCUTA

2015

TEORIA DEL DELITO

LIZETH JOHANA LIZARAZO ARAQUE

Ensayo de los delitos y de las penas de CESARE B BECCARIA

Profesor – JOSE MARIA PELAEZ MEJIA

UNIVERSIDAD LIBRE  DE COLOMBIA- SECCIONAL CÚCUTA

FACULTAD DE DERECHO  CIENCIA POLITICA Y SOCIALES

SAN JOSÉ DE CÚCUTA

2015

Introducción

 En el siguiente ensayo de los delitos y las penas los temas a tratar son de suma importancia ya que nos habla sobre diferentes temas como el origen de las penas, como se castiga las penas, sus consecuencias, la interpretación entre otros temas más, también nos enseña que las leyes son pactos considerados de hombres libres.

 Becaria es un bienhechor de la humanidad, por lo tanto es un libro humano y con un conocimiento de justicia y no como manual para la legislación, también nos explica cómo puede ser beneficio la pena y no castigo encontrando preguntas como:

Cuál es el origen de la pena?, ¿cuáles son los castigos para la pena?, ¿son justos? ¿La pena es útil sin importar tiempos? ¿Cómo se puede impedir un delito? Y la que considero útil ¿se toma en cuenta la readaptación como tal?

Beccaria en el primer capítulo hace referencia de que los hombres cansados de vivir un mundo de guerra, y en condición de mejorar la convivencia crearon leyes pero para poder llegar a eso sacrificaron una parte de ella para gozar de su tranquilidad, no solo bastaba de formar estas leyes si no también era necesario defenderlo de las suplantaciones privadas de cada hombre en particular y era necesario de que todos cumplieran las leyes establecidas y formar un estado soberano en su administración y legitimo deposito , fueron así establecidas penas contra los factores de aquellas leyes para evitar las suplantaciones  de las leyes , llamándolos motivos sensibles siendo estos los motivos que inmediatamente hieran en los sentidos y que continuo se presenten al entendimiento, para contrabalancear las fuertes presiones de los ímpetus parciales.

Derecho a castigar: el gran Montesquieu dice que toda pena no se deriva de la absoluta necesidad, de que todo acto de autoridad que vaya de hombre a hombre que no sea derivado de la absoluta  necesidad es tiránico, más  justas serán las penas en cuanto sean más sagradas e inviolable la seguridad  y mayor la libertad que el soberano conserve a sus súbditos, la pena es el derecho a castigar el que no cumpliere con las leyes.

Ningún hombre habría dado gratuitamente parte de su libertad propia solo con la mira del bien público, la multiplicación del género humano era peque pero así mismo era muy superior a los medio del cual la naturaleza abandonada y estéril ofrecían para así poder satisfacer las  necesidades que se aumentaban cada vez más entre ellos, la multiplicación del género humano reunió a los primeros salvajes.

Estas uniones produjeron la formación de otras para resistirlas, creando guerras, fue pues la necesidad quien obligo a los hombres a ceder parte de su libertad propia, así tratando cada uno de que esa parte sea la más pequeña llevando así a formar el DERECHO DE CASTIGAR, todo lo demás es abuso, y no justicia. Es claro que la palabra DERECHO no es contradictoria de la palabra fuerza

Las consecuencias según explicadas por Beccaria son tres donde se explica: que los jueces criminales no pueden interpretar las leyes penales, porque no son legisladores.

De que solo las leyes pueden decretar las penas de los delitos siendo recibida únicamente por el legislador que representa toda sociedad unida por el contrato social, no se puede aumentar la pena establecida contra un ciudadano delincuente.

Beccaria opina que todo delito debe hacerse por el juez siendo un silogismo perfecto,  cuando un juez quiere hacer más de un silogismo, se abre la puerta a la incertidumbre.

Habla de  que debido a la imparcialidad de los jueces, muchos delitos eran castigados con distintas penas, se podía únicamente formar leyes generales donde se obligaba a todos los miembros a cumplirlas pero aun así no juzgar cuando alguno hubiese violado el contrato social, los jueces no pueden interpretar la ley en forma perfecta, pero deben hacerlo lo mejor y más imparcialmente posible.

"El que quiera proponer la innovación de una ley, había de presentarse en la asamblea del pueblo, con el cordel al cuello.", lógico si no la aceptan cuello. 

El soberano podía formar leyes formar leyes generales que sean obligatorias para todos los habitantes; pero cuando alguna persona no cumpla con alguna de esas leyes, el soberano no puede juzgarlo, le correspondería ese deber a un magistrado cuyas sentencias sean inapelables. Todo magistrado debe manejar el sentido a la justicia y no tomando en cuanto si es el del trono o el de la choza más humilde. Ante la ley no debe de existir diferencia alguna debido a que está pactado un contrato social entre HUMANOS.

Si es un mal la interpretación de las leyes, dice Beccaria que al inicio se explica de que es grave que las leyes estén escritas de manera diferente en una lengua extraña al pueblo , colocando en la dependencia de algunos pocos y así sin poder juzgar por si mismo cual sería el éxito de su libertad o de sus miembros en una lengua que forma de un libro público y solemne uno casi privado y doméstico, es por eso que dicen ¿que deberemos pensar de los hombres, sabiendo que en una buena parte de la cultura iluminada europea es esta costumbre inveterada?, Pero esta pregunta no salva a aquel de cometer un delito alegando una falta de entendimiento de las leyes.

Cuando más grande sea el número de los que entienden las leyes, menor será la cantidad de delitos cometidos. "una estado sin leyes no tomara jamás una forma fija de gobierno". Si la ley es para todo el pueblo, debemos de enseñarlo a comprenderla y aplicarla, una reflexión seria de que sin leyes escritas jamás tomara un sociedad como forma fija de gobierno, en donde la fuerza sea aun efecto del todo  y no de las partes, y en donde las leyes, inalterables sin la general voluntad, no se corrompan pasando por el tropel de los intereses particulares.

Proporción entre los delitos y las penas: explica que debe existir una "proporción entre los delitos y las penas". Lo que en capítulos anteriores nos demuestran que la imparcialidad de los jueces requiere una proporción JUSTA que se debe a que no todos los delitos dañan de igual manera a la sociedad; entonces cuanto mayor sea el delito, mayor deberá ser la pena correspondiente.

Existe una escala de delitos, cuyo primer grado consiste en aquellos que destruyen inmediatamente la sociedad, y el último en la más pequeña injusticia posible cometida contra los miembros particulares de ella. Por ese motivo, también debe existir una escala de penas, que deben ser proporcionales a los delitos cometidos.

Pero el pueblo debe de estar en un mutuo acuerdo de la pena, para poder nombrar un estado justo y no atacar al mismo por su supuesta imparcialidad.

Si se destina una pena igual  a los delitos que ofenden desigualmente la sociedad, los hombres no encontraran un estorbo muy fuerte para cometer el mayor, cuando hallen en el unida mayor ventaja.

Según Cesare Beccaria, la verdadera medida de los delitos es el daño hecho a la sociedad. Hay distintos tipos de delitos, podríamos decir que se dividen en:

  • Los más graves.- que son aquellos que destruyen inmediatamente a la sociedad o a quien la representa.
  • delitos más personales.- se encontrarían los delitos que ofenden la privada seguridad de un ciudadano en la vida, en los bienes o en el honor. (garantías individuales).
  • Obligaciones.- las acciones contrarias a lo que cada uno está obligado a hacer o no hacer. 


La opinión que cualquiera de estos debe tener de poder hacer todo aquello que no es contrario a las leyes, sin temer otro inconveniente que el que puede nacer de la acción misma.

 

Habla de que entre los delitos de la tercera especie se encuentran aquellos que turban la tranquilidad pública de los ciudadanos.

Tenemos las inconformidades del pueblo, las cuales se manifiestan en agrupaciones, manifestaciones, cartelones, etc. Siempre demostrando sus inconformidades para que el soberano las escuche, pero siempre deben de ser en PAZ y con una razón justa.

La función de los policías es prevenir, por eso le llaman policía preventiva pero que pasa cuando se turba la tranquilidad pública? Los policías no pueden obrar con leyes arbitrarias, ya que si eso sucediera se abriría una puerta a la tiranía. Se deben manejarse con un código que circule entre las manos de todos los ciudadanos, de modo, que los ciudadanos sepan cuando son culpables, y cuando son inocentes.

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