Impacto De Las TIC En Los métodos De Enseñanza Y De Aprendizaje Del Derecho Y Estrategias
Jorge30 de Septiembre de 2011
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El profesor universitario no puede quedar al margen de la progresiva aplicación de la tecnología a todos los ámbitos de la sociedad y, en concreto, al de la enseñanza, pero, al mismo tiempo, ello implica que ha de ser capaz de amoldarse a la continua evolución que experimenta el sector de las TICs.
En este contexto, la implementación de las TICs en el ámbito educativo, en general, supone la necesidad de replantearse algunos de los aspectos fundamentales de la enseñanza, tales como la organización y planificación de los procesos educativos, el diseño y desarrollo de actividades y materiales de formación, así como de herramientas y métodos de evaluación, y, por último, la comunicación y las relaciones personales y profesionales entre profesores y estudiantes en un entorno virtual de aprendizaje
En concreto, el impacto y uso de las TICs en la docencia del Derecho provoca una serie de modificaciones en los métodos de enseñanza y de aprendizaje universitarios, entre las que destacan los cambios producidos tanto en la labor del profesor universitario como en la del estudiante; con todo, no son los únicos que se dan en este ámbito, ya que adquieren una gran importancia los materiales docentes y tiene lugar un nuevo planteamiento de la evaluación
Capítulo 2. Diagnostico
La simple pero enorme dificultad que representa el llegar a una definición del derecho muestra, de entrada, la necesidad de utilizar instrumentos pluridisciplinarios para su estudio. Por ello, consideramos que una de las disciplinas que permite un análisis más completo de los fenómenos jurídicos es la antropología jurídica. Hija de la antropología social, la antropología jurídica no es muy diferente de aquella, pues tiene también como objeto el estudio de los discursos, prácticas y representaciones esenciales para el funcionamiento de cada sociedad, pero privilegia, como es obvio, el aspecto jurídico. Sin embargo, esta disciplina no considera al derecho como un elemento autónomo y aislado, sino como uno más de los elementos de un sistema cultural y social.
De hecho, en el momento que se constituyeron los fundamentos de la antropología actual, en la segunda mitad del siglo XIX, una buena parte de los grandes antropólogos era jurista o había estudiado derecho; pero los problemas que plantea la definición misma del derecho y la identificación del derecho y el Estado aunados a elementos propios del conservadurismo de los juristas (la reverencia al Estado, la sobrevaloración del orden y la seguridad, el temor al conflicto, etc.) fueron minando el interés del derecho por las “sociedades primitivas” y acentuaron el idealismo de un derecho aislado que se reduce a una simple técnica. La apertura propia de la antropología, al menos desde Malinowski (1884-1942), hubiese podido aportar mucho al derecho, sencillamente porque el antropólogo tiene que sumergirse en la sociedad que pretende observar y no puede dejar de lado sus demás aspectos.
En el siglo XVIII, la antropología se vuelve epistemológicamente posible, y de entre los juristas destaca el nombre de Montesquieu. Sin embargo, como ya lo mencionamos, será hasta la segunda mitad del siglo XIX cuando se escriban las grandes obras de la antropología jurídica.
En 1861, aparecen, en Londres y Stuttgart, dos libros considerados hoy como clásicos en la materia: Ancient Law de H. J. Sumner-Maine (1822-1888) y Das Mutterrecht de J. J. Bachofen (1815-1887). Lo que interesa a Sumner-Maine es entender cuáles son las bases que sostienen a los sistemas jurídicos y establecer los criterios de comparación necesarios para su análisis. Tanto él como Bachofen se sitúan en una perspectiva evolucionista y hay que resaltar, sobre todo, el aporte metodológico de este último en el análisis de obras de arte y de la mitología en particular. Otro texto clásico fue Ancient Society (1877) del abogado neoyorquino Lewis H. Morgan (1818-1881), gran especialista de los indios norteamericanos, cuyo trabajo fue fundamental para los análisis posteriores de la teoría marxista.
La antropología jurídica de Marx y Engels aborda de frente uno de los problemas clave de la materia: la relación entre el derecho y el Estado; independientemente de las críticas y debilidades que se les han señalado, sus textos fueron determinantes para la historia de la antropología jurídica. Lo apretado del resumen nos obliga a pasar por encima de diversas corrientes (otros evolucionistas, neo-evolucionistas, etc.) para señalar brevemente a quien se acerca por primera vez a la realidad jurídica: Malinowski, creador del funcionalismo y para quien el derecho no se limita únicamente a los principios abstractos plasmados en los diversos códigos, sino que se manifiesta igualmente en fenómenos más concretos y, sobre todo, susceptibles de ser estudiados a través de la observación directa. Así, después de arrancar con la visión histórico-normativa del derecho, propia del evolucionismo, la antropología jurídica continúa con el funcionalismo, el análisis procesal y el pluralismo jurídico, pero independientemente del método, como lo señala Norbert Rouland: “El verdadero rigor consiste (…) en tomar conciencia de que lo real está oculto, lo que implica de nuestra parte de múltiples ensayos para intentar captarlo
2.1-Estudio del caso
Análisis del programa curricular de la UBV: Antropología jurídica en esta unidad curricular el cursante tendrá la oportunidad de conocer cuáles son los aspectos esenciales que fundamentan el enfoque propio de la antropología jurídica como un campo de acción epistemológico con pertinencia sociopolítica. Para lo cual se reconoce la importancia de concebir la construcción del conocimiento desde las prácticas locales de participación, esto es, desde las comunidades donde el educando y el educador formalizan sus respectivas prácticas culturales, considerando que dichas prácticas son legitimadas por el orden social existente, desde la naturaleza propia del sistema jurídico y social de la sociedad y desde el Estado de Derecho que disfruta como miembro de una nación pluriétnica.
Para establecer tal formalización la unidad curricular “Antropología Jurídica” se ha diseñado en seis fases: 1. Conocer el campo de acción de la Antropología Jurídica; 2. Fundamentos teóricos de la Antropología Jurídica; 3. El proceso de evolución orgánica de la familia y la propiedad privada, 4. Establecer las diferencia entre el derecho positivo y el derecho consuetudinario; 5. La Constitución Bolivariana y los derechos de las “minorías étnicas”; 6. Jurisdicción Internacional y participación política
JUSTIFICACIÓN:
Esta unidad curricular se presenta como parte esencial de la formación integral que ofrece a sus estudiantes el Programa de Formación de Grado de Estudios Jurídicos. Siendo relevante su inclusión dentro de dicho programa, al estar sesgados los campos académicos tradicionales, donde la materia jurídica se olvida de la importancia de conocer el enfoque antropológico, y viceversa, además son pocos los centros académicos donde se imparte dicho enfoque. La trascendencia de lo que aquí se propone, prevé la inclusión de la participación de los actores culturales como investigadores dentro de las comunidades, como también la comprensión que ellos mismos realizarán como futuros juristas de los fenómenos culturales en una sociedad denominada y legitimada por sus propios ciudadanos como multicultural, pluriétnica y multilingüe.
2. 1. Estudio del caso
2.2. Diagnóstico Inicial
2.3 Contenidos curriculares contemplando de TICs en los ejes curriculares del programa formación de grado de estudio jurídico.
2.4. Espacio Tecnológico.
2.5. La comunicación y la computadora como herramienta tecnológica básica
2.6. La relación Hombre máquina, el impacto de la tecnología (Específicamente de la Tecnología de la Información y la Comunicación.
2.7 Conclusiones
ACCIONES EN LA ESTRATEGIA
Habilitar
Potenciar, empoderar a los actores (estudiantes, profesores, padres, gestores de servicios educativos, etc.) a través de la capacitación y el desarrollo de habilidades y competencias. Esto incluye promover:
• Razonamiento Crítico.
• Creatividad.
• Habilidades asociativas.
• Habilidades comunicativas.
• Habilidades participativas.
• Habilidades colaborativas.
• Valores y Ética.
• Competencias laborales
(en la educación media y superior).
Brindar Opciones
Alternativas de aprender y crecer como individuos, alternativas dónde acudir en momentos críticos. Incluyendo:
• Laboratorios y Talleres Especializados.
• Diversidad de Cursos y Programas de Capacitación.
• Diversidad de Metodologías.
• Estructura de soporte para dar respuesta a las necesidades e intereses de los individuos en las distintas etapas de su desarrollo (ciclo biológico, social, etc.), en particular en sus momentos críticos.
Brindar Oportunidades
Que los individuos puedan aplicar las habilidades desarrolladas, crecer y continuar creciendo.
• Acceso a recursos, fondos, servicios, asesoría.
• Experiencia para estudiantes (pasantías, etc.).
• Fuentes de ingreso para educadores (directas e indirectas).
• Apoyo a la investigación, innovación, acción.
• Apoyo al emprendimiento comunitario, social, científico, cultural y empresarial.
Vincular
Promover en los actores del
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