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Manual Del Juicio Oral (Reforma Judicial Federal)

Dianitabanana6 de Marzo de 2014

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Manual del Juicio Oral (Reforma Judicial Federal)

1 PARTE GENERAL

° ¿Por qué un juicio oral? °

Las legislaciones penales sustantivas, adjetivas o ejecutivas son inadecuadas represivas, lentas y obsoletas. Aunada a que las instituciones procesales han producido rezago, corrupción y desconfianza respecto a las autoridades. Hay una exagerada carga de trabajo, controversias carentes de derecho material por el Estado e intereses en conflicto que incitan a todo el aparato jurisdiccional. La adopción del juicio oral se ha extendido en Latinoamérica, por ello hay que analizar los motivos por los que se introdujo al continente:

A) Democratización creciente y mayor conciencia sobre los derechos humanos

La revalorización del sistema democrático de gobierno mejora el funcionamiento de los sistemas judiciales. Las violaciones de los derechos fundamentales, sirvió para replantear los mecanismos internos de control sobre la actividad gubernamental, especialmente la del poder judicial, a fin de garantizar su desempeño eficiente.

B) Gobernabilidad, desarrollo económico

El desarrollo experimentado por la economía evidencio las debilidades institucionales en los países del área y las trabas que implicaba un sistema jurídico y de justicia arcaica y lento, causante de la inestabilidad en las relaciones jurídicas y del aumento de los costos de transacción.

C) Aumento de los problemas de seguridad pública

Los sistemas restrictivos de gobierno que dan paso a modos democráticos y la evolución económica, traen aparejados fenómenos de violencia y criminalidad urbana. Las demanda surgidas de allí hacían el sistema de represión penal estatal son crecientes. La herramienta tradicional de alzar las penas ha terminado por desacreditarse como ineficiente, e incluso como contraproducente.

D) Colapso de los sistemas judiciales, en un contexto de reforma y modernización del Estado

El sistema judicial es percibido por los ciudadanos como lejano, oscuro e ineficaz. Se les presenta como una estructura burocrática que utiliza un lenguaje, una tecnología y una forma de obrar inadecuados. Todo los cual alienta procesos de reestructura del sector.

E) Intentos de unificación jurídica

Otro motor del cambio hacia sistemas más transparentes y eficaces son los esfuerzos de reunificación jurídica en el continente, liderados en el área procesal por el Instituto Iberoamericano de Derecho Procesal. Los especialistas del área se han acercado a las más modernas teorías y acordado legislaciones tipo, Códigos Procesal Civil y Penal Modelos para Iberoamérica.

F) Presencia y participación de entidades de cooperación internacional

Un común denominador en los esfuerzos de estas entidades de cooperación ha sido contribuir a los esfuerzos nacionales por introducir la oralidad en sus sistemas procesales. Eso ha provocado un acercamiento entre los poderes judiciales, los ministerios de justicia, las organizaciones y expertos en la materia.

°De los sistemas°

Sistema acusatorio

a) Es de única instancia

b) La jurisdicción es ejercida por una asamblea o tribunal popular

c) En los delitos de acción pública, ésta puede ser ejercida por cualquier ciudadano

d) No se concibe el proceso sino a instancia de parte. No hay actuación de oficio por el tribunal

e) El proceso se centra en la acusación

f) El acusado se defiende en un marco de paridad de derechos con la contraparte

g) Las pruebas son aportadas por las parte

h) El proceso se limita al análisis de dichas pruebas

i) Todo proceso es público y continuo

j) La sentencia dictada no admite recursos

k) Por su naturales y características de este tipo de proceso, el acusado generalmente se mantiene en libertad

Sistema inquisitivo

a) La jurisdicción es ejercida por jueces permanentes

b) Hay doble instancia, a la que se arriba por recursos

c) La acción puede ser promovida de oficio por el juez

d) El juez es el director del proceso

e) El derecho de defensa del acusado es limitado en general

f) El procedimiento es totalmente escrito, secreto y no contradictorio

g) La prueba se valora mediante el sistema de las pruebas legales

h) La prisión preventiva y la incomunicación del acusado son reglas de aplicación permanente.

Sistema mixto

El sistema mixto toma elementos de los sistemas mencionados. Francesco Carrara lo refiere así: “El juicio penal mixto es un término medio entre el proceso meramente acusatorio y el inquisitivo, así como la monarquía constitucional es el término medio entre la república y el gobierno despótico”.

° Principios que rigen el juicio oral °

La oralidad, cuya nota primordial es que solo el material procesal aportado oralmente es fundamento de la sentencia. La oralidad aumenta la transparencia.

La inmediación: los intervinientes en un proceso deben estar presentes en forma simultánea, a fin de que puedan intercambiar de manera oral sus posiciones.

La identidad del juzgador, el juez que resuelve el asunto principal tiene la obligación de estar presente en la exhibición de los diversos actos procesales.

La concentración o necesidad de agrupar en una sola audiencia, o en un número reducido, el debate previo a la sentencia. Implica que la expresión de los fundamentos de la acusación y la defensa, el desahogo de las pruebas de ambas partes, las conclusiones y el veredicto de la sentencia se llevarán a cabo en una sola audiencia.

Publicidad de la causa, para asegurar el control de la actividad jurisdiccional de manera transparente ante las partes interesadas en el proceso y ante la opinión pública.

La elasticidad, por la cual el sistema oral permite a las partes disponer oportunamente de lo que consideren necesario para un desarrollo flexible del proceso, sin que deban someterse a términos perentorios de preclusión.

La inmediatez implica que las partes, Ministerio Público, acusado, defensor y juez estén necesariamente presentes en toda la audiencia.

La imparcialidad del juzgador se garantiza porque conocerá por primera vez de los hechos, de los cuales no se ha manifestado, y porque debe adoptar una posición pasiva respecto a las pruebas.

La contradicción en el juicio significa que si una parte expresa en la audiencia un argumento, la otra debe ser escuchada para refutar. También implica que los testigos o peritos pueden ser interrogados por la contraparte.

Valoración de las pruebas: la practicada sobre las orales produce un resultado más rico: genera un acercamiento a la verdad jurídica objetiva que no se logra con la escritura.

La centralidad de un juicio consiste en que el tribunal puede considerar únicamente lo acontecido en la audiencia del juicio para decidir sobre la culpabilidad o la inocencia del acusado.

El juez es el único que por su capacidad puede equilibrar el proceso. Debe limitarse que intervengan los mecanógrafos o secretarios, carentes de autoridad.

En los juicios orales toda la audiencia podrá presenciarla quien lo desee. El debate y las alegaciones se producen frente al público; hay transparencia y democracia.

Se garantiza la seguridad jurídica a que todo ciudadano tiene derecho.

El juicio oral es un procedimiento práctico y ágil, desde la investigación hasta la ejecución de la sentencia.

El costo elevado que puede representar un proceso oral se limitaría a la etapa de transición.

° Criterios para la eficacia en el juicio oral °

El juicio oral se ha aplicado en sistemas democráticos consolidados, donde se respetan los derechos fundamentales de la persona y las garantías del debido proceso. Por lo que se refiere al tiempo, considérese la afirmación de Giuseppe Chiovenda: en general, un proceso escrito dura tres o cuatro veces más que uno de carácter oral.

° Derechos humanos °

El debido proceso y la observancia de los derechos humanos del imputado son fundamentales en el juicio oral. Ambos factores cuentan en relación con los compromisos internacionales asumidos por un país, como los principios del derecho penal democrático, los tratados internacionales o las declaraciones sobre los derechos humanos. En dichas declaraciones y sistemas están implícita o explícitamente las notas características del juicio oral; la publicidad, que permite el control interno de toda la actividad procesal; la oralidad, que comporta la inmediación y la concentración de la instrucción probatoria; la legalidad de los procedimientos, la cual exige que todas las actividades judiciales se desarrollen bajo u rito formalmente establecido. En un Estado constitucional de derecho, la preocupación primordial de las tres funciones de Estado, debe ser la protección de los derechos fundamentales connaturales a la dignidad de la persona.

° Fases del juicio oral °

Fase de instrucción

Los fiscales del Ministerio Público, quienes una vez recibidos los antecedentes, con el auxilio de la policía y de otros organismos especializados, deberán investigar los hechos denunciados y recolectar los medios de prueba utilizaran para respaldar su acusación frente al tribunal que dicte sentencia.

Fase intermedia o de preparación

El agente del Ministerio Público decidirá si solicita el sobreseimiento temporal o definitivo del caso o si el mérito de los antecedentes reunidos le permite formular acusación contra el procesado. El juez de garantías deberá disponer la realización de la audiencia de preparación.

Fase de desarrollo del juicio oral

El

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