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OBJETIVOS DEL JUICIO DE AMPARO


Enviado por   •  22 de Abril de 2013  •  1.550 Palabras (7 Páginas)  •  1.651 Visitas

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1. Nombre

Tarea activa 1.1.2

2. Instrucciones

Fundamento y principios

Descripción:

Explicar en un documento en Word, de 2 hojas mínimo y máximo 3 hojas, cuáles son los fundamentos y principios del Amparo fiscal en nuestro país, así como la naturaleza jurídica.

Puntos: 5 puntos

Fecha de vencimiento: 4 de abril, 2013

Recursos de apoyo:

• Principios fundamentales del juicio de amparo

• Naturaleza jurídica

Ver video:

Lección general de derecho de amparo: http://www.youtube.com/watch?v=Ry3qrmf2L1M

1.1. Objeto del juicio de amparo.

El juicio de amparo es un medio de defensa que permite al gobernado enfrentarse a las arbitrariedades del poder público y obligarlo a que respete los mandatos constitucionales. El juicio de amparo es el guardián del Derecho y de la Constitución.

En consecuencia, el objeto del juicio de amparo es proteger al gobernado contra leyes o actos de autoridad que violen sus garantías individuales.

Del referido objeto se pueden desprender algunas de las principales reglas del juicio de amparo:

1. Sólo el gobernado puede promoverlo.

2. Únicamente las leyes y los actos que emanen de las autoridades pueden ser objeto de control constitucional.

3. Mediante el juicio de amparo se protegen “garantías individuales”.

En relación con la última regla, cabe precisar que la violación a la Constitución puede revestir dos modalidades:

a) Mediata o indirecta. Cuando no se aplica exactamente la ley secundaria en los actos judiciales, según lo dispone el artículo 14 constitucional.

b) Inmediata o directa, cuando se infringen directamente las garantías individuales consagradas en el texto constitucional.

Algunos autores señalan que el objeto del juicio de amparo es la propia Constitución. Existen posiciones contrarias que le niegan al juicio de amparo el carácter de medio de control constitucional.

Trueba Olivares sostiene que la jurisdicción tiene por objeto no la defensa de la ley, sino de los bienes que la ley garantiza.

Alfredo Rocco afirma que el fin inmediato de la jurisdicción es remover los obstáculos (incertidumbre y renuencia) que se oponen a la satisfacción de un interés jurídicamente protegido, a fin de que éste obtenga plena realización.

El ministro Gudiño Pelayo refiere que el amparo es un instrumento reparador de agravios, es decir, su fin primario e inmediato es proteger al individuo de los perjuicios que en su esfera jurídica pueda ocasionarle la actuación inconstitucional de los órganos del Estado o de quienes actúan como si lo fueran.

1.2 Preceptos legales de los que se desprende el objeto del juicio de garantías.

Artículo 103 de la Constitución Federal y 1º de la Ley de Amparo.

Art. 103.- Los tribunales de la Federación resolverán toda controversia que se suscite:

I.- Por leyes o actos de la autoridad que viole las garantías individuales.

II.- Por leyes o actos de la autoridad federal que vulneren o restrinjan la soberanía de los Estados o la esfera de competencia del Distrito Federal, y

III.- Por leyes o actos de las autoridades de los Estados o del Distrito Federal que invadan la esfera de competencia de la autoridad federal.

ARTICULO 1o.- El juicio de amparo tiene por objeto resolver toda controversia que se suscite:

I.- Por leyes o actos de la autoridad que violen las garantías individuales;

II.- Por leyes o actos de la autoridad federal, que vulneren o restrinjan la soberanía de los Estados;

III.- Por leyes o actos de las autoridades de éstos, que invadan la esfera de la autoridad federal.

Artículo 80 de la Ley de Amparo

ARTICULO 80.- La sentencia que conceda el amparo tendrá por objeto restituir al agraviado en el pleno goce de la garantía individual violada, restableciendo las cosas al estado que guardaban antes de la violación, cuando el acto reclamado sea de carácter positivo; y cuando sea de carácter negativo, el efecto del amparo será obligar a la autoridad responsable a que obre en el sentido de respetar la garantía de que se trate y a cumplir, por su parte, lo que la misma garantía exija.

1.2 Naturaleza jurídica de la acción de amparo.

El amparo es un proceso jurisdiccional, según se desprende de los artículos 103 y 107 de la Constitución y de la respectiva ley reglamentaria. Se trata de un proceso que posee características propias.

Algunos autores (entre ellos Briseño Sierra y Noriega Cantú) sostienen que no se trata propiamente de un proceso, en tanto que no existe principio de contradicción (proyectividad o dialecticidad).

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