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Posesion Precaria


Enviado por   •  4 de Octubre de 2013  •  1.183 Palabras (5 Páginas)  •  625 Visitas

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Introducción

Antes que nada debo decir que la posesión ilegítima y la posesión precaria constituyen temas controvertidos y polémicos en el Derecho Civil peruano. Ello hace posible la existencia en la doctrina de diversos conceptos respecto y algunas similitudes que causan confusión y discusión en esta variedad de la forma de poseer bienes, expresamente regulada en nuestra norma sustantiva civil.

En materia posesoria nuestro país se afilió, desde 1936, a la teoría objetiva de la posesión sostenida por Rudolf von Ihering, apartándose, desde ese momento, de la influencia de Savigny y su teoría del animus, presente en el Código Civil peruano de 1852.

Posesión precaria

En la doctrina nacional hay autores que identifican posesión precaria con posesión ilegítima. Así, Cuadros Villena dice que cuando la norma del art. 911 "se refiere a la ausencia de título posesorio, se trata de poseedor ilegítimo, del que carece absolutamente de título, quien entró de hecho en la posesión o quien tiene un título nulo o ineficiente para la transmisión posesoria. Este poseedor puede ser de buena fe, si por error o ignorancia de hecho o de derecho desconoce su falta de título, o el vicio que lo invalida o le priva de eficacia".

Nuestro Código Civil establece, en la posesión precaria dos supuestos: 1) cuando se ejerce sin título y 2) cuando el que se tenía feneció.

El poseedor precario carece de título, contrario sensu, el poseedor ilegítimo cuenta con un título, aun cuando éste es inválido.

Son causales de la posesión precaria:

-La falta de título porque nunca existió; y

- El título que generó la posesión ha fenecido.

El Código civil diferencia entre posesión ilegítima y posesión precaria de modo que no se pueden confundir ambas instituciones.

La posesión ilegítima requiere de un título que adolece de un vicio, de forma o de fondo, que conlleva la nulidad o anulabilidad, en cambio, en la posesión precaria no existe título alguno o cuando el que se tenía ha fenecido. Consiguientemente, no es lo mismo posesión ilegítima y posesión precaria. Si se está frente a una posesión sustentada en un título nulo o anulable (las dos manifestaciones de invalidez que reconoce nuestro ordenamiento jurídico) por adolecer de un vicio de forma o de fondo, se trata de una posesión ilegítima, en cambio si la posesión no tiene título que los sustente, nos encontramos frente a una posesión precaria.

Como se aprecia, el poseedor ilegítimo de buena fe tiene un título, si bien inválido por defectos formales o de fondo, en cambio, el poseedor precario carece de título, porque nunca lo tuvo o el que tenía ha fenecido. No es precario quien ostente un título vigente, conste o no de instrumento público o privado, que justifique su posesión, no pudiendo debatirse en un proceso sumarísimo de desalojo la validez o no de dicho título. Precario es quien no acredita tener título para poseer un bien o cuando el que tenía ha fenecido. La posesión precaria es una variedad de posesión ilegítima, y se encuentra vinculada, especialmente, con la posesión ilegítima de mala fe.

No estoy de acuerdo con el pleno jurisdiccional y considero que existe de su parte un error al diferenciar las instituciones de posesión ilegitima y precaria por la sencilla razón de que no se puede considerar a la posesión precaria como una variación de la posesión ilegitima , hacerlo implicaría que no tendría sentido regular la posesión precaria y además la validez o invalidez de un título no puede ser cuestionado en un proceso sumario bajo el argumento arbitrario de que el título es manifiestamente nulo por no derivar del propietario, por cuanto si se quiere seguir dicho lineamiento se tendría que demandar acumulativamente la nulidad o anulabilidad del título y la reivindicación

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