Posibles soluciones a la violacion de derechos humanos
Luis RiosEnsayo13 de Octubre de 2016
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UNIDAD ACADEMICA DE CIENCIAS SOCIALES-DERECHO
MATERIA: DERECHOS HUMANOS
PROFESOR: JESUS DIAZ JAIMES
ALUMNO: LUIS FELIPE RIOS MARTINEZ
GRUPO: 507
TURNO: VESPERTINO
ENSAYO SOBRE EL TEMA:
LA REFORMA DEL 10 DE JUNIO DEL 2011 SOBRE LOS DERECHOS HUMANOS.
“CUALES SERIAN LAS POSIBLES FORMAS DE SOLUCION A LA VIOLACION DE DERECHOS HUMANOS?, CONFORME A LA REFORMA DEL 10 DE JUNIO DEL 2011.”
FECHA: 03/10/16
Introducción
En este ensayo se hablara sobre la reforma que se dio en la constitución sobre derechos humanos, los puntos principales de la reforma del 10 de junio del 2011, sobre las violaciones que se le dan a los derechos humanos en México y las posibles soluciones que podría haber para que se dejen de violar los derechos humanos.
Pero antes de hablar de la reforma, se hablara sobre los antecedentes de los derechos humanos, cuáles fueron los pilares de los derechos humanos. De igual manera se hablara sobre la definición de los derechos humanos y porque surgieron.
Antecedentes De Los Derechos Humanos
Observamos que uno de los principios se encuentra en el código de Hammurabi, primero en regular la conocida ley del talión, en el cual establece una proporcionalidad de la venganza, de la agresión y la respuesta.
Los diez mandamientos del antiguo testamento son otro antecedente, que al establecer prohibiciones se reconocían valores fundamentales para los seres humanos.
Una herencia que el imperio romano nos ha dejado es el Derecho Romano, legado cultural para las generaciones posteriores. En el año 449 A.C., se expusieron las doce tabletas, por las cuales se podían reclamar derechos y defenderse ante los tribuales.
La Carta Magna se le considera como la base tradicional de las instituciones inglesas, el respeto del rey hacia los derechos feudales, de los nobles y las libertades de la iglesia, se planteaba dos importantes principios: uno destinado a evitar los abusos judiciales por el que se obligaba al rey y a sus funcionarios a respetar en la aplicación de justicia. El otro principio se refería al establecimiento de los tributos por el que estaba prohibido exigir contribuciones a los vasallos sin su previo consentimiento. La Carta Magna desarrollo un importante papel en la evolución política de Inglaterra; el de la ilegibilidad de todo impuesto no consentido libremente por el pueblo.
En la declaración de independencia de los Estados Unidos se expresa de una manera muy bien lograda que todos los hombres son creados iguales.
Montesquieu critico severamente los abusos de la iglesia y del Estado, dio formas precisas a la teoría del gobierno democrático parlamentario con la separación de los tres poderes, legislativo, ejecutivo y judicial, como mecanismo de control reciproco entre los mismos. Jacobo Rousseau, denuncio vigorosamente las injusticias y miserias resultantes de la desigualdad social de su época.
Concluida la primera guerra mundial se firmaba entre las potencias aliadas vencedores y Alemania el tratado de Versalles con el cual se declaraba a Alemania responsable de la guerra. Este documento pretendía regir la política europea de posguerra y preservar la paz entre los estados.
La sociedad de naciones es una agrupación de países que fue establecida a propuesta por el presidente Wilson, para evitar guerras en el futuro. Sin embargo, fracaso porque carecía de medios para hacer valer sus decisiones.
ONU, concebido por el presidente de los Estados Unidos Franklin Roosevelt y se empleó por vez primera en la declaración de las naciones unidas, del 1 de enero de 1942 durante la segunda guerra mundial, la carta de las naciones unidas fue redactada por los representantes de 50 países. Las naciones unidas adquirieron existencia oficial el 24 de octubre de 1945.
El arma más importante que las ONG´S poseen es la información. Las ONG¨S son una gran ayuda para la toma de decisiones en la ONU. Las ONG´S pueden participar en la redacción de convenciones, declaraciones y otro tipo de documentación referente a las naciones unidas, se ocupan de presionar a los gobiernos para que ratifiquen las convenciones y para que se lleve a cabo su cumplimiento en caso de ser deficientes estos dos mecanismos.
La Comisión Económica de los Derechos Humanos es un organismo no gubernamental cuya misión es velar por la vigencia de los Derechos Humanos y la creación de una conciencia de respeto a la dignidad de todas las personas.
Derechos Humanos
Antes de poder hablar de Derechos Humanos, primero se debe entender que son los Derechos Humanos.
Los derechos humanos son derechos inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o étnico, color, religión, lengua, o cualquier otra condición. Todos tenemos los mismos derechos humanos, sin discriminación alguna. Estos derechos son interrelacionados, interdependientes e indivisibles.
Los derechos humanos universales están a menudo contemplados en la ley y garantizados por ella, a través de los tratados, el derecho internacional consuetudinario, los principios generales y otras fuentes del derecho internacional. El derecho internacional de los derechos humanos establece las obligaciones que tienen los gobiernos de tomar medidas en determinadas situaciones, o de abstenerse de actuar de determinada forma en otras, a fin de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales de los individuos o grupos.[1]
A pesar de que se sabe que están reconocidos, los derechos humanos son violados, llega a ver discriminación, explotación, esclavitud, además los gobiernos anti democráticos son los que más violan los derechos, ya que no les respeta los derechos que tienen los ciudadano.
En concreto, los derechos humanos se crearon con el afán de proteger a las personas para que lleven una vida estable, que sean respetados, no sean explotados.
LOS DERECHOS HUMANOS EN MÉXICO
Los derechos humanos en México son el conjunto de derechos fundamentales de las y los ciudadanos mexicanos, garantizados en diversos ordenamientos jurídicos del país, como la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y disposiciones en la materia en las 32 entidades federativas del país. Desde 2011, debido a la Reforma Constitucional en Materia de Derechos Humanos tienen rango constitucional los derechos humanos contenidos en los tratados internacionales de los que México es parte. A pesar de dichas reformas y organismos, en consideración de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en el país los derechos humanos se violan de manera grave debido a fallas estructurales e históricas sin solución y en algunos estados se realiza de manera sistemática y en complicidad con autoridades de distintos niveles de gobierno.[2]
La Reforma Del 10 De Junio Del 2011 Sobre Los Derechos Humanos
La reforma constitucional en materia de derechos humanos, publicada en el Diario Oficial de la Federación del 10 de junio de 2011, ofrece varias novedades importantes, las cuales pueden cambiar de manera profunda la forma de concebir, interpretar y aplicar tales derechos en México.
Las principales novedades, dicho de forma telegráfica, son las siguientes:
1) La denominación del Capítulo I del Título Primero de la Constitución cambia, dejando atrás (al menos en parte) el anticuado concepto de “garantías individuales”. A partir de la reforma se llama “De los derechos humanos y sus garantías”. La expresión derechos humanos es mucho más moderna que la de garantías individuales y es la que se suele utilizar en el ámbito del derecho internacional, si bien es cierto que lo más pertinente desde un punto de vista doctrinal hubiera sido adoptar la denominación de “derechos fundamentales”.
2) El artículo primero constitucional, en vez de “otorgar” los derechos, ahora simplemente los “reconoce”. A partir de la reforma se reconoce que toda persona “goza” de los derechos y de los mecanismos de garantía reconocidos tanto por la Constitución como por los tratados internacionales. La Constitución se abre de forma clara y contundente al derecho internacional de los derechos humanos, demostrando de esa manera una vocación cosmopolita muy apreciable.
3) En el mismo artículo primero constitucional se recoge la figura de la “interpretación conforme”, al señalarse que todas las normas relativas a derechos humanos (del rango jerárquico que sea) se deberán interpretar a la luz de la propia Constitución y de los tratados internacionales. Esto implica la creación de una especie de bloque de constitucionalidad (integrada no solamente por la carta magna, sino también por los tratados internacionales), a la luz del cual se deberá interpretar el conjunto del ordenamiento jurídico mexicano.
4) Se incorpora en el párrafo segundo del artículo primero constitucional el principio de interpretación “pro personae”, muy conocido en el derecho internacional de los derechos humanos y en la práctica de los tribunales internacionales encargados de la protección y tutela de los mismos derechos. Este principio supone que, cuando existan distintas interpretaciones posibles de una norma jurídica, se deberá elegir aquella que más proteja al titular de un derecho humano. Y también significa que, cuando en un caso concreto se puedan aplicar dos o más normas jurídicas, el intérprete debe elegir aquella que (igualmente) proteja de mejor manera a los titulares de un derecho humano.
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