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Proyecto De Derecho

Violeticama26 de Diciembre de 2014

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INTRODUCCION

La presente nota constituye un reflejo respecto del actual proceso de reforma constitucional que se viene dando en el Perú y particularmente en el Congreso de la República, la misma que espera de algún modo generar una línea de apoyo por cuanto la perspectiva final se acerca a un mantenimiento del status quo actual que podría generar una situación de ingobernabilidad por una falta de limitaciones funcionales al Tribunal Constitucional, por el descrédito del Poder Judicial y Ministerio Público y la falta de recursos económicos y humanos que requiere a el primer poder público de un Estado de Derecho: el servicio de impartición de justicia.

El contenido de la asignatura, se encuentra distribuido en dos bimestres; en el primero se analizarán El contenido de la asignatura, se encuentra distribuido en dos bimestres; en el primero se analizarán En el segundo bimestre se estudiarán temas como: Los diferentes conflictos y problemas que existen en la aplicación de las normas jurídicas; Las formas de interpretar e integrar el Derecho; La aplicación jurídica de las normas; La técnica jurídica, tanto legislativa como judicial; y, La deontología jurídica, que nos presenta una visión de lo que es la abogacía desde el contexto ético.

Estimado estudiante: mi nombre es Verónica Granda González y seré su tutora en la presente asignatura. Estoy segura que vamos a iniciar el estudio del Derecho con paso firme. Recuerde que soy su amiga y que, a partir de este momento, cualquier dificultad que encuentre en el proceso de aprendizaje, estaré lista para procurarle la solución idónea.

Le deseo la mejor de las suertes:

PALABRAS CLAVE

- Reforma Constitucional en el ámbito judicial en el Perú.

- Situación política en el Perú en el 2006.

- Partido Aprista Peruano

- Sistema de Impartición de Justicia en el Perú.

ANTECECEDENTES

Desde la instalación del Congreso de la República en su período 2006-2011 y la asunción de la Presidencia de Alan García Pérez se ha generado un debate doctrinario y político respecto de la vigencia de la actual Constitución o de la restitución de la Constitución de 1979.

Se desarrollaron en este sentido tres posiciones marcadas. El Congresista Javier Valle Riestra sobre la base del artículo 307 de la Constitución de 1979, propone la restitución completa de la mencionada norma, sin considerar la evolución legislativa e institucional generada por la Constitución de 1993, en particular en aquellas vinculadas al régimen económico, social, jurisdiccional y de garantías constitucionales.

La segunda posición es la modificación parcial de la Constitución, sin plantear la instalación de una Asamblea Constituyente. Posición que si bien tiene la mejor alternativa coyuntural, no considera el hecho que la modificación parcial propuesta tiene elementos de fondo y forma que terminarían desvirtuando finalmente a la misma norma modificada, generando finalmente en la práctica y realidad una nueva Constitución. De esta posición es el actual Presidente de la Comisión de Constitución, Aurelio Pastor de las filas parlamentarias del oficialismo.

La tercera posición es la que materializó la necesidad de adecuar la norma máxima de nuestra legislación a los contextos actuales a través de la instalación de una Asamblea Constituyente, para que esta proponga una Nueva Constitución, la cual sería ratificada por la población a través de un Referéndum, para que le surta la legitimidad debida. Esta posición fue planteada primero por la tendencia Nacionalista de Ollanta Humala en las últimas elecciones presidenciales y también por el entonces candidato presidencial y hoy Presidente de la República, Alan García Pérez.

Sin embargo esta posición no es novedosa, por cuanto durante el período de ejercicio Presidencial de Valentín Paniagua, se ordenó a una Comisión de Estudio, integrado por los más connotados constitucionalistas peruanos, a elaborar una propuesta de una Reforma Constitucional, la cual debería haber generado la corriente de la instalación de una Asamblea Constituyente. En las actuales circunstancias, casi la gran mayoría de los mencionados miembros de la Comisión de Estudio han variado su posición y apoyan la segunda posición.

Las tres posiciones sin embargo han generado varios puntos de encuentro y de conflicto y para el caso concreto del presente trabajo en el ámbito de la Justicia, han encontrado la necesidad de coordinar esfuerzos para materializar una expectativa social y de gobernabilidad necesaria para el país: la reforma del Sistema Integral de Justicia.

Esta propuesta tiene como principio rector, modificar la actual Constitución para generar una verdadera institucionalidad entre los entes que conforma el sistema de impartición de justicia, así como brindarle los mecanismos tanto de gestión administrativa interna y autonomía institucional frente al Poder Ejecutivo y Poder Legislativo.

La propuesta tiene como antecedente principal la creación de la Comisión Especial para la Reforma Integral del Sistema de Administración de Justicia CERIAJUS, creada durante el gobierno de Alejandro Toledo Manrique.

Esta CERIAJUS tuvo una mayor legitimidad para sus acciones porque en el ámbito de la reforma del sistema de justicia, tanto la sociedad civil (integrada sobre todo por ONGs vinculadas al tema) y diferentes Universidad Públicas y Privadas promovieron una serie de acciones que tuvieron eco en el Poder Judicial y Ministerio Público.

Se materializaron por este apoyo coordinado la creación y promulgación del Primer Código Procesal Constitucional, el cual es un referente en el ámbito constitucional regional y la conformación del Grupo de Trabajo de Alto Nivel para la Modernización del Sistema Judicial (GTAN).

Las acciones para una verdadera reforma de la justicia estaban generándose y se complementó con las cercanas elecciones presidenciales de 2006, muestra de ello fue que los principales candidatos políticos planteaban la necesidad de una verdadera reforma judicial, la necesidad de una nueva institucionalidad de estos entes jurisdiccionales así como un verdadero equilibrio de funciones públicas.

Adicional a los hechos comentados, el 4 de septiembre del 2006, un caso de corrupción de funcionarios remeció los cimientos de los tres poderes del Estado, al descubrirse que un Vocal Supremo de la Corte Suprema, Dr. Enrique Palacios, fue sorprendido in fraganti, recibiendo una suma de dinero para la realización de una gestión judicial. Este hecho originó la reacción inmediata de todas las instancias administrativas del Estado, al nivel de celeridad marcadamente político, por cuanto se obviaron procedimientos judiciales y políticos.

Cambios constitucionales del Ecuador

En 1978 se inició la fase constitucional más larga de la historia de la República del Ecuador. Surgió de un proceso inédito organizado por el Consejo Supremo de Gobierno, dictadura militar que gobernó entre 1976 y 1979. En lugar de convocar a una asamblea constituyente conforme lo exigían los sectores políticos tradicionales, la dictadura integró tres comisiones: una para preparar el proyecto de Nueva Constitución; otra para realizar reformas a la Constitución de 1945; y la tercera para que proponga la nueva Ley de Elecciones y Partidos Políticos que organice el proceso de retorno a la constitucionalidad.

En el referéndum de enero de 1978 triunfó el proyecto de Nueva Constitución. Inmediatamente se organizó el proceso electoral para elegir presidente, diputados y autoridades de los organismos seccionales. Por primera vez en la historia nacional se realizó un proceso electoral de doble vuelta para elegir en binomio, al presidente y vicepresidente de la república. También por primera vez participaron como candidatos solamente los afiliados a los partidos políticos. La nueva Ley de Elecciones estableció aquello, además de exigir la inscripción de los partidos en el Tribunal Supremo Electoral, con declaración de principios y programa de acción, demostrando tener una estructura nacional y un mínimo de afiliados. Se inscribieron, por entonces, una veintena de partidos.

En la segunda vuelta triunfó Jaime Roldós y su posesión como Presidente de la República fue el 10 de agosto de 1979. Así se iniciaron los gobiernos constitucionales, al mismo tiempo que entró a regir la Constitución aprobada en referéndum.

La Constitución de 1979 trajo una serie de innovaciones en la vida política del Ecuador. Ante todo, no fue fruto exclusivo de un concilio de abogados y legisladores que la redactaran y aprobaran, como había ocurrido con las diecisiete constituciones anteriores del Ecuador desde que se separara de la Gran Colombia en 1830 para constituirse como Estado independiente. La Constitución de 1979 se originó en un grupo reducido de personas que la redactaron, y su contenido resultó ser progresista para los momentos históricos que vivía el Ecuador al salir de la dictadura. Pero, sobre todo, fue aprobada en referéndum, lo cual le dio una legitimidad social innegable frente a todas las Constituciones anteriores del país. La Constitución de 1869 también había merecido un referéndum aprobatorio, aunque en circunstancias absolutamente distintas, pues durante la época garciana (por el caudillo conservador Gabriel García Moreno, quien predominó en la vida política del Ecuador entre 1860-1875) la ciudadanía estaba severamente

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