Psicología Del Mexicano
anagiss7 de Septiembre de 2014
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Haciendo frente a la difícil situación económica global, el presente trabajo ha incursionado en un área de vital importancia para la vida de las corporaciones tanto nacionales como extranjeras, como lo es el incumplimiento generalizado de las obligaciones, particularmente la falta de pago, a través de la implementación de los medios legales necesarios para reducir el impacto económico que este tipo de problemáticas acarrea, es por ello que posteriormente se describen los antecedentes, las características, el proceso, la función y la importancias del concurso mercantil así como señalar su principal objetivo de esté, no dejando a un lado la cuantía de la Ley de Concursos Mercantiles, pues equivocadamente el concurso mercantil, antes declaración de quiebra y suspensión de pagos, comúnmente se ha entendido únicamente como una sanción al comerciante incumplido, por tal motivo a través de la gente especializada en la materia se procura concienciar al cliente de que el concurso mercantil puede ser utilizado como una medida preventiva y no sólo como una medida correctiva, a fin de evitar llevar al comerciante a la quiebra.
La principal función de esta área está encaminada a proporcionar a los clientes la posibilidad de reencausar sus negocios mediante la obtención de acuerdos con sus acreedores que les permitan cumplir con sus obligaciones o, en su caso, lograr la liquidación de la negociación mercantil de una forma satisfactoria y, por otra parte, lograr la mayor cantidad de recuperación de los créditos adeudados a los acreedores.
1. Antecedentes
Ley de concursos mercantiles
La crisis económica de 1995 trajo al medio empresarial, financiero, laboral y económico la necesidad de hacer una reflexión a fondo respecto a muchos de los entornos en los que se desarrollaba la vida productiva del país.
La ley de quiebras y suspensión de pagos que había sido una buena ley cuando fue concebida a principios de los años cuarenta, cuando las condiciones sociales, económicas y empresariales eran muy distintas, había dejado de ser una buena solución, por el contrario, se convertía en una herramienta de la “cultura del no pago”.
Una nueva legislación se construye, con el criterio de:
a) Maximizar el valor social de la empresa;
b) Conservar el equilibrio entre deudor y acreedores
c) Inducir el flujo de información que permita a los interesados participar constructivamente.
d) Respetar las relaciones contractuales preexistentes.
e) Adecuar los incentivos para facilitar un arreglo voluntario entre deudores y acreedores.
f) Propiciar las soluciones extrajudiciales.
g) Apoyar a los jueces en aspectos técnicos y administrativos del procedimiento para que puedan enfocar sus esfuerzos a las tareas jurisdiccionales y
h) Simplificar los trámites judiciales y procedimientos administrativos para hacerlos más transparentes y expeditos, reduciendo oportunidades e incentivos para litigios frívolos.
El "concurso mercantil" es la denominación que la ley mexicana otorga a un proceso judicial que se le conoce (comúnmente y dependiendo del país iberoamericano en donde nos encontremos) como una quiebra, concordato, bancarrota o insolvencia.
En el caso de personas que no son comerciantes, existen procedimientos análogos regulados en los códigos civiles de cada estado.
A través de este procedimiento, las personas físicas o morales, pueden tratar de sacar a flote su empresa cuando se encuentran en una profunda crisis financiera.
Por ello, en México, la Ley de Concursos Mercantiles, señala que su principal objetivo es conservar las compañías y evitar que el incumplimiento generalizado de sus obligaciones de pago ponga en riesgo la viabilidad de las mismas y de las demás con las que mantenga relación de negocios.
2. Concepto de concurso mercantil
“El Concurso Mercantil es un estado jurídico formal de los Comerciantes. Es formal, en el sentido de que requiere ser declarado por el Juez, una vez que se acredita que el Comerciante ha incumplido generalizadamente en el pago de sus obligaciones”
2.1. Elementos del concepto
a) Procedimiento jurisdiccional: Se da con un juez federal que es le que decide la situación y futuro de la empresa.
b) Comerciante.
c) Incumplimiento generalizado en el pago de las obligaciones.
d) Fin del procedimiento: Se decide si se conserva la empresa o se liquida.
El incumplimiento se da cuando las empresas tengan vencidas más del 35% de sus obligaciones, o que no tengan activos para cubrir el 80% de sus obligaciones vencidas, para afrontar situaciones de crisis.
Se presumirá que un comerciante ha incumplido generalizadamente con los pagos de sus obligaciones crediticias en los supuestos siguientes:
“I. Inexistencia o insuficiencia de bienes en qué trabar ejecución al practicarse un embargo por el incumplimiento de una obligación o al pretender ejecutar una sentencia en su contra con autoridad de cosa juzgada;
II. Incumplimiento en el pago de obligaciones a dos o más acreedores distintos;
III. Ocultación o ausencia, sin dejar al frente de la administración u operación de su empresa a alguien que pueda cumplir con sus obligaciones;
IV. En iguales circunstancias que en el caso anterior, el cierre de los locales de su empresa;
V. Acudir a prácticas ruinosas, fraudulentas o ficticias para atender o dejar de cumplir sus obligaciones;
VI. Incumplimiento de obligaciones pecuniarias contenidas en un convenio celebrado en términos del Título Quinto de esta Ley, y
VII. En cualesquiera otros casos de naturaleza análoga.”
2.2. Etapas del concurso mercantil
La Ley de Concursos Mercantiles es una Ley Federal que se aplica a toda la federación, y de interés público que tiene por objeto conservar vivas las empresas, y evitar que el incumplimiento generalizado de las obligaciones de pago ponga en riesgo la vialidad de las demás con las que mantenga una relación de negocios, la cual contiene, básicamente, dos etapas:
Comerciante
De acuerdo con lo establecido por el Código de Comercio, Comerciante puede ser una persona física o moral. Incluso puede ser un pequeño Comerciante en cuanto acepte, de manera voluntaria y por escrito, la Ley de Concursos Mercantiles y cuyas obligaciones vigentes y vencidas, en conjunto, no excedan de 400 mil UDIS al momento de la solicitud o demanda.
UDIS: Unidades de Inversión, instrumentos financieros que fijan su valor de acuerdo con los incrementos que acontecen en la economía. Comprende al patrimonio fideicomitido cuando afecte la realización de actividades empresa-riales y sociedades mercantiles controladoras o controladas de acuerdo con lo previsto por la Ley. Las empresas de participación estatal. Miembros de una sociedad en la que respondan de manera solidaria e ilimitada.
Juez de Distrito
Es la autoridad que se encarga de llevar el procedimiento de concurso mercantil. (Cuando se niega la sentencia, se apela ante un Tribunal Unitario de Circuito, si se vuelve a negar puede irse a amparo indirecto del que otro Tribunal Unitario de Circuito tendrá conocimiento.)
Instituto Federal de Especialistas en Concursos Mercantiles
Dentro de sus funciones se encuentran la de auxiliar al Juez; autoriza la inscripción de registros para que los órganos que intervienen en el procedimiento concursal cumplan con sus requisitos y se encuentren debidamente capacitados (visitador, conciliador, síndico). También debe informar, cada seis meses, su desempeño de funciones al Congreso de la Unión.
El visitador es la persona que vigilará al Comerciante, sus libros de contabilidad, estados financieros, etc., e informará al Juez la situación en que se encuentra para que este último dicte las medidas necesarias.
El conciliador buscará que el deudor y acreedor lleguen a un convenio que evite la quiebra. El síndico se encargará de la enajenación de la empresa y de todos los trámites necesarios para terminar con el proceso de quiebra.
Interventores
Velarán por los intereses de los acreedores y vigilarán al conciliador y al síndico.
Acreedores reconocidos
Son aquellos a los que el Juez califica el grado y prelación de su crédito. (Deben llevar a cabo, ante el Juez de Distrito, un juicio de reconocimiento de créditos.)
4. ETAPA PREVIA
El órgano jurisdiccional para conocer del concurso mercantil será, tal y como lo establece la ley de concursos mercantiles, el juez de distrito con jurisdicción en el lugar en donde el comerciante tenga su domicilio.
La visita de verificación tiene una doble finalidad. Por un lado es indispensable para determinar si el comerciante está en estado de concurso mercantil por medio del dictamen que el visitador rinda ante el juez, respecto de si el comerciante incurrió en el presupuesto objetivo previsto en el art. 10 LCM, y por el otro, para la protección de la masa, por medio de la recomendación que haga el visitador relativa a la conveniencia de dictar medidas cautelares para la protección de la masa (arts. 30 y 37 Ley de Concursos Mercantiles).
Como resultado de la visita, el visitador debe elaborar un acta y un dictamen (arts. 36,39, 40 y 41 Ley de Concursos Mercantiles). En el acta debe hacer constar en forma circunstanciada los hechos y omisiones que hubiere conocido durante la visita (art.36 LCM) y asentar si se está en los supuestos de una sociedad controladora o controlada (art. 30
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