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RESUMEN REFORMA LABORl

Maria QuintanillaInforme27 de Noviembre de 2017

5.547 Palabras (23 Páginas)286 Visitas

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PROTECCIÓN DE LA MATERNIDAD Y PATERNIDAD EN CHILE

ENFOQUE “LEY SANNA”

REALIZADO POR:[pic 3]

Iska Aedo Cortes. Priscilla Guajardo Illanes. María Paz Quintanilla P. Jocelyn Aracena Sosa.

CARRERA:

Técnico Auditor Contable y Tributario. Nivel 120.

PROFESOR (A):

Vanessa Arrieta. FECHA DE ENTREGA:

28 de noviembre de 2017.


ÍNDICE

Portada _        Página 01

Índice _        Página 02

Introducción _        Página 03 Normas de protección a la maternidad / paternidad _        Página 04

  1. Derechos reconocidos por la ley laboral para proteger la maternidad de la mujer trabajadora.
  2. El fuero maternal.
  3. Descansos y permisos por maternidad.
  4. Pago de subsidios por maternidad.
  5. El derecho de la mujer trabajadora para dar alimento a su hija o hijo.
  6. El derecho a sala cuna.
  7. Limitaciones y prohibiciones para el trabajo de la mujer en estado de embarazo.
  8. Los derechos del padre en razón de la maternidad.
  9. Descanso, permiso y subsidio del o la trabajadora que, por resolución judicial, tiene la tuición o cuidado personal de un niño o niña menor de un año, por enfermedad grave que requiera atención en el hogar.

Ley Sanna 21.010 _        Página 19

  1. ¿En qué consiste la Ley Sanna?
  2. ¿Qué se entiende por condición grave de salud?
  3. ¿A cuánta gente beneficiará?
  4. ¿Cómo se financiará?

Conclusión _        _ Página 22

Bibliografía _        _ Página 23


INTRODUCCIÓN

Iniciando el informe sobre la protección de la maternidad y paternidad en Chile de acuerdo a las leyes vigentes, podemos decir que, como todo ciudadano chileno, tenemos conocimientos básicos y vagos de fueros, permisos, etc. Sin tener claro el horizonte legal de cada beneficio, derecho u obligación que tenemos como padres ante una situación presentada tales como el embazo, nacimiento o enfermedad de un hijo.

También la ignorancia nos lleva muchas veces a pensar que la ley va encaminada directamente a la madre, pero en el desarrollo del trabajo podremos observar distintos aspectos legales establecidos por el código del trabajo que el padre puede optar.

Cabe señalar que haremos una mirada profunda al proyecto de “Ley Sanna”, interiorizando esta hermosa iniciativa en que se fundó para ser presentada ante la cámara de diputados y senadores, los artículos que serán modificados en el código del trabajo, etc.

Los invitamos a seguir leyendo e informarse con este pequeño resumen y análisis, que desarrollamos para entender y tener conocimiento de una rama legal, normada por nuestra dirección del trabajo que nos protege como padres.

[pic 4]


NORMAS  DE   PROTECCIÓN A LA MATERNIDAD / PATERNIDAD

La protección a la maternidad se encuentra regulada en el Título II, Libro 1, del Código del Trabajo, de la Protección a los Trabajadores Las normas están incluidas en los artículos 194 a 208 y establecen una serie de derechos en favor de la madre y, en algunas situaciones, en beneficio del padre.

  1. DERECHOS RECONOCIDOS POR LA LEY LABORAL PARA PROTEGER LA MATERNIDAD DE LA MUJER TRABAJADORA

La ley protege la maternidad reconociendo una serie de derechos a la mujer que se encuentra en estado de embarazo por un tiempo determinado, ya sea durante dicho estado o bien después del nacimiento de un hijo o hija. En algunos casos, la ley también concede derechos por maternidad al hombre.

¿Quiénes son los beneficiarios de los derechos por maternidad?

Los beneficiarios de los derechos por maternidad son: La mujer, el hombre, la niña o niño, el trabajador o la trabajadora que tiene a su cuidado a un menor

¿Quiénes son los titulares de estos derechos?

Nuestra legislación estipula que son titulares de los derechos de protección a la maternidad tanto la trabajadora o trabajador dependiente que esté acogido a algún sistema previsional.

¿Cuáles son los derechos por maternidad en a favor de la mujer?

Fuero Maternal - Permisos - Subsidios - Sala Cuna - Derecho a dar alimento a la hija o hijo - Pago de pasajes a la mujer para el traslado a la sala cuna - Prohibición de desarrollar determinados trabajos. Ningún empleador podrá exigir certificado o exámenes para verificar si la trabajadora se encuentra o no en estado de gravidez


  1. EL FUERO MATERNAL

El fuero maternal es el derecho que tiene la mujer que se encuentra protegida por los beneficios por maternidad. Consiste en la imposibilidad, por un período determinado, de ser despedida de su trabajo o que el empleador o quien lo represente ponga término a la relación laboral, sin una autorización judicial previa.

¿Qué tipo de contrato permite ejercer este derecho?

Para que una mujer tenga derecho al fuero maternal no es necesario un tipo especificó de contrato de trabajo. Es decir, la trabajadora puede estar bajo un contrato de plazo indefinido, de plazo fijo, o bien uno por obra o faena determinada.

¿Quién otorga la autorización para terminar el contrato a una mujer con fuero laboral?

Un juez es el único que puede autorizar el término del contrato a una trabajadora con fuero laboral.

¿En qué casos procede la autorización judicial?

El Artículo 174 del Código del Trabajo dispone que un juez puede autorizar al empleador para poner término al contrato de una mujer que se encuentra protegida por el fuero maternal.

¿Qué sucede con la remuneración de la trabajadora si el juez concede la separación previsional?

Si el juez accede a la separación provisional de la trabajadora de sus labores, ésta puede ser con o sin derecho a remuneraciones, según la solicitud efectuada por el empleador.

¿Qué plazo existe para reclamar por la separación de labores sin autorización judicial?


Si la mujer es separada de su trabajo por el empleador sin una respectiva autorización judicial, la trabajadora tiene un plazo de 60 días hábiles para reclamar, a partir de la fecha de la separación.

¿Cuánto dura el fuero maternal?

De acuerdo con el Artículo 201 del Código del Trabajo, la mujer tiene fuero por maternidad desde el momento de la concepción, es decir desde el inicio de su embarazo, hasta un año después de expirado el periodo postnatal o el período postnatal suplementario.

¿Se puede renunciar al derecho a fuero maternal?

El fuero maternal es un derecho irrenunciable, lo cual significa que la mujer no puede legalmente acordar con su empleador la renuncia a dicho beneficio. Si llegara a hacerlo, tal pacto quedará nulo.

¿Qué pasa con el fuero maternal de una mujer que renuncia a su trabajo y luego es recontratada?

Si una mujer renuncia a su trabajo y, posteriormente, es recontratada por el mismo empleador o por otro, conserva todos los derechos que le corresponden por maternidad, entre ellos, el fuero.

¿Se puede condicionar la contratación de una mujer al estado de embarazo?

Según la legislación laboral chilena, es improcedente condicionar la contratación de una mujer a la presencia o ausencia de embarazo.

¿Qué sucede con el fuero maternal si se interrumpe el embarazo o el hijo recién nacido fallece?

En ambos casos la mujer pierde el derecho al fuero maternal porque este beneficio está instituido en razón de la maternidad, es decir al faltar uno de sus elementos, el hijo o hija, el fuero termina.


¿Qué ocurre con el fuero y con el subsidio maternal si la madre muere en el parto o en el período del permiso posterior a este?

Le corresponderá al padre el cuidado del menor, quien gozará del fuero y del permiso o del resto que faltare del mismo.

¿Las mujeres, hombres solteros o viudos que adoptan un hijo en conformidad a las disposiciones de la ley de Adopciones tienen fuero?

Sí, con la precisión que el plazo de un año de expirado el descanso de maternidad establecido en la ley, se cuenta desde la fecha en que el juez, mediante resolución dictada al efecto, confíe a estos trabajadores el cuidado personal del menor.

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