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Resumen Capitulo V Administrativo


Enviado por   •  12 de Septiembre de 2014  •  1.170 Palabras (5 Páginas)  •  474 Visitas

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RESUMEN DEL CAPITULO V.

LA COMPETENCIA Y LA JERARQUIA:

La competencia administrativa es la única forma por la cual los órganos de la administración pública pueden ejercer la voluntad, del estado, pues un órgano que actué sin competencia cae dentro de la figura jurídica del abuso de poder.

Algunas de sus características de la competencia es que es otorgada por la ley: la competencia debe ser otorgada por la ley, por ser establecida en interés público y surge de una norma y no de la voluntad, de los particulares ni del órgano que4 la ejerce.

También es irrenunciable: la competencia es irrenunciable, por ser establecida en el interés público y establecida por una norma, por lo que la competencia es obligatoria y ejercida de forma independiente de la voluntad del funcionario público.

Es improrrogable: esto también significa que la competencia no puede ser trasladada de un órgano a otro órgano administrativo salvo en los supuestos de avocación y delegación, de oraos administrativos que pertenecen a una misma jerarquía administrativa es decir que pertenecen a una misma competencia. Es importante modificar por contrato la competencia tal como resulta determinada por la ley, al igual que la excepción de incompetencia puede ser planteada de oficio por el juez aun cuando la parte requirente haya sido negligente en su presentación, la razón de urgencia no excusan la incompetencia, un agente no puede renunciar válidamente a su competencia en favor de un subordinado, salvo que se opere una delegación regular en las condiciones previstas por la ley.

LA EXCEPCION A LA IMPRERROGABILIDAD DE LA COMPETENCIA ADMINISTRATIVA:

Como lo dice Meza: la competencia es improrrogable por cuanto el interés público así lo demanda, salvo aquellos casos excepcionales de avocación y delegación.

Ahora hablaremos de la delegación de la competencia: es el acto procesal por el cual el órgano superior traslada su competencia normal a un órgano inferir en un caso determinado. La avocación de la competencia de firma y representación: es el acto procesal en virtud del cual el órgano superior, sin que medie recurso alguno, atrae hacia si el asunto pendiente de resolución y que debe ser resuelto por el órgano inferior, aunque hemos de insistir, que no se trata de un acto procesal, la definición es correcta, aunque en este caso también hay que recordar las excepciones a la avocación y la delegación, cuando la misma es exclusa. Los elementos son la ley: es la que le otorga a los órganos de la administración pública, la esfera de las atribuciones, poderes o facultades, siempre está determinada por el derecho objetivo, no puede existir competencia sin una regla jurídica que la establezca; las potestades facultades o poderes: significa los límites que el órgano tiene para poder actuar, la competencia es eso una serie o conjunto de la facultades que tiene el órgano administrativo, hay que recordar que la competencia pertenece al órgano, solo los órganos administrativos pueden ejercer competencia. El cual existen varias clases: entre ellos están en razón de la materia o contenido: es decir teniendo en cuenta que se refiera a determinados asuntos administrativos; en razón del territorio: dentro del cual el órgano ejerce su competencia (municipal, provincial, nacional. Etc. Los órganos administrativos tienen dividida la competencia en razón del territorio en donde deben ejercitada; en razón del tiempo: según que la competencia sea temporaria o permanente. Existen órganos administrativos que son creados para ejercer determinada competencia o cuando se reúnen ejercer determinada competencia. Estás clases de competencia lo divide Cermesoni. Al igual dice

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