TRATADOS DE LOS DELITOS Y LAS PENAS
fragoso2713 de Noviembre de 2014
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SINOPSIS
CAPITULO I
Origen de las penas
Este capítulo se refiere a que los hombres, cansados de vivir en un continuo estado de guerra, crearon las leyes, buscando mejorar la convivencia, sacrificando por eso una parte de ella para gozar la restante en segura tranquilidad.
Pero para que la convivencia mejorara era necesario que todos cumplieran las leyes establecidas y bastaba formar un estado soberano en su administración y legitimo deposito, por ese motivo se establecieron penas contra los infractores de las leyes, para evitar usurpaciones de los bienes. Tomando los motivos sensibles, los cuales se basan en teorías de que inmediatamente hieran en los sentidos.
CAPITULO II
Derecho de castigar
En este capítulo se explica que la pena sólo debe existir si se deriva de la absoluta necesidad. Mientras sea más sagrada e inviolable la seguridad, y mayor la libertad que el soberano conserve a sus súbditos, más justas serán las penas. La pena es el derecho a castigar al que no cumpliere con las leyes.
La multiplicación del género humano reunió a los primeros salvajes. Estas uniones produjeron la formación de otras para resistirlas, creando guerras, la necesidad obligó a los hombres a ceder parte de su libertad propia; cada uno trata que esa parte sea lo más pequeña posible. Pero la suma de esas pequeñas partes de libertad forma el derecho de castigar, pero el agregado de todas estas pequeñas porciones de libertad posibles forma eso. Todo lo demás es abuso, y no justicia. Es claro que la palabra Derecho no es contradictoria de la palabra fuerza.
CAPITULO III
Consecuencias
Beccaria en este capítulo explica las tres consecuencias de las penas.
La primera consecuencia es que las penas de los delitos sólo pueden ser decretadas por las leyes; y esta autoridad debe residir únicamente en el legislador. Ningún magistrado puede decretar a su voluntad penas contra otro habitante de la Nación; como tampoco puede modificarla si la considera injusta o extenderla más allá del límite pactado, ni castigar por bien público y celo. También de aumentar la pena establecida; la segunda consecuencia establece que el soberano puede formar leyes generales que sean obligatorias para todos los habitantes; La tercera consecuencia es que si se probase la atrocidad de las penas, sería contraria a la justicia. Por qué el estado prefiere tener un hombre feliz, que tener esclavos salvajes con los cuales ya no se logra un bien en la sociedad rompiendo una cláusula del contrato que seríauna igualdad valida. Siendo que se quiere dejar la guerra para una mejor vida.
CAPITULO IV
Interpretación de las leyes
Explica que los jueces criminales no pueden interpretar las leyes penales, porque no son legisladores. Los jueces no recibieron las leyes como una tradición o un testamento, sino como la legítima voluntad de la sociedad viviente. C. Beccaria opina que en todo delito debe hacerse por el juez un silogismo perfecto. Cuando un juez quiere hacer más de un silogismo, se abre la puerta a la incertidumbre.
La justicia no es del todo perfecta; ya que sus intérpretes son humanos. Por ese motivo, los jueces no pueden interpretar la ley en forma perfecta, pero deben hacerlo lo mejor y más imparcialmente posible. “El que quiera proponer la innovación de una ley, había de presentarse en la asamblea del pueblo, con el cordel al cuello.”, lógico si no la aceptan cuello.
CAPITULO V
Oscuridad de las leyes
En este este capítulo se explica que es grave que las leyes estén escritas en una lengua extraña al pueblo, o no extraña pero seamos directos, no existe una gran cultura en el pueblo.
Cuando más grande sea el número de los que entienden las leyes, menor será la cantidad de delitos cometidos. “una estado sin leyes no tomara jamás una forma fija de gobierno”. Si la ley es para todo el pueblo, debemos de enseñarlo a comprenderla y aplicarla.
CAPITULO VI
Proporción entre los delitos y las penas
Este capítulo explica que debe existir una "proporción entre los delitos y las penas". Lo que en capítulos anteriores nos demuestran que la imparcialidad de los jueces requiere una proporción justa que se debe a que no todos los delitos dañan de igual manera a la sociedad; entonces cuanto mayor sea el delito, mayor deberá ser la pena correspondiente.
Existe una escala de delitos, cuyo primer grado consiste en aquellos que destruyen inmediatamente la sociedad, y el último en la más pequeña injusticia posible cometida contra los miembros particulares de ella. Por ese motivo, también debe existir una escala de penas, que deben ser proporcionales a los delitos cometidos.
CAPITULO VII
Errores en la graduación de las penas
Beccaria, en este capítulo, explica antes que nada que el derecho debe ser HOMBRE – HOMBRE y no HOMBRE – DIOS. Dice que la verdadera medida de los delitos es el daño hecho a la nación. Es decir, cuanto más grande daño se halla hecho a la nación, mayor será el delito, y por lo tanto, la pena.
Algunos opinan que la graduación de los delitos debe considerarse según la gravedad del pecado. Eso es un error, ya que un pecado es algo muy personal y el daño nunca será igual al acto humano o la agresión. La gravedad del pecado depende de la malicia del corazón de cada uno; y ningún ser humano puede saber que siente el corazón de otro. El único ser capaz de tener ese conocimiento es DIOS y la ley solo ve al hombre pero nunca toma en cuenta sus creencia religiosas, es por eso que mencionan que si esto fuera así se debería de tener un código por cada delito y otro para cada religión, donde ya entraría el castigo humano y religioso.
CAPITULO VIII
División de los delitos
Según Cesare Beccaria, la verdadera medida de los delitos es el daño hecho a la sociedad. Hay distintos tipos de delitos, podríamos decir que se dividen en:
Los más graves.- que son aquellos que destruyen inmediatamente a la sociedad o a quien la representa.
Delitos más personales.- se encontrarían los delitos que ofenden la privada seguridad de un ciudadano en la vida, en los bienes o en el honor. (Garantías individuales).
Obligaciones.- las acciones contrarias a lo que cada uno está obligado a hacer o no hacer.
CAPITULO IX
Del honor
En este capítulo se explica de una manera muy clara que hay una diferencia entre las leyes civiles y las de honor, si bien es cierto las dos para el hombre, pero tomando distintos aspectos. Las leyes civiles son aquellas que defienden las cosas y bienes de cada ciudadano, que las podemos encontrar en la legislación tanto federal como estatal, así como sus penas que ya hablamos de ellas, mientas más grande el delito mayor la pena.
En cuanto al honor, estas leyes, son aquellas que defienden el mismo honor de las personas. Un claro ejemplo de un delito de honor, es el racismo o discriminación a un individuo por tener otro color de piel, religión, nacionalidad, etcétera. Que son discriminaciones a nivel mundial que nunca terminaran y no son tan sancionadas a pesar del daño.
CAPITULO X
Este capítulo se explica que de la necesidad de los sufragios de otros nacieron los duelos privados. Estos tuvieron su origen en la anarquía de las leyes.
La anarquía tiene tres, NO ESTADO, NO RELIGIÓN, NO GOBIERNO. Pero los duelos nunca terminan y hasta se puede decir que se cambian de nombre para poder evitar una pena mayor.
El duelo si tiene pena en nuestro código, pero la guerra solo tiene muerte y el que pierde nunca logra justicia alguna por su pueblo.
CAPITULO XI
De la tranquilidad pública
Este capítulo nos habla de que entre los delitos de la tercera especie se encuentran aquellos que turban la tranquilidad pública de los ciudadanos. Tenemos las inconformidades del pueblo, las cuales se manifiestan en agrupaciones, manifestaciones, cartelones, etc. Siempre demostrando sus inconformidades para que el soberano las escuche, pero siempre deben de ser en paz y con una razón justa.
La función de los policías es prevenir, por eso le llaman policía preventiva pero que pasa cuando se turba la tranquilidad y ellos no pueden obrar con leyes arbitrarias, ya que si eso sucediera se abriría una puerta a la tiranía. Deben manejarse con un código que circule entre las manos de todos los ciudadanos, de modo, que los ciudadanos sepan cuando son culpables, y cuando son inocentes.
CAPITULO XII
Fin de las penas
En este capítulo,Beccaria comenta que el fin de las penas no es deshacer un delito ya cometido, ya que eso sería imposible de lograr.
La pena es una sanción impuesta por la ley a quien, por haber cometido un delito o falta, ha sido condenado en sentencia firme por el órgano jurisdiccional competente.
Es forzoso que la pena esté establecida por la ley con anterioridad a la comisión del hecho delictivo y obliga a su ejecución una vez haya recaído sentencia firme dictada por el tribunal competente.
Entonces, el fin de las penas es lograr que el individuo que cometió un delito, no vuelva a cometerlo, y tratar que los ciudadanos no cometiesen delitos. Lo que es una readaptación con la sociedad.
CAPITULO XIII
De los testigos
En este capítulo se explica un parte de lo que hoy conocemos como articulo catorce constitucional, "Nadie puede ser privado de la vida, de la libertad o de sus propiedades, sino mediante un juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos". En ese juicio debe comprobarse que el ciudadano cometió el delito por el que
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