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Agencia De Aduana


Enviado por   •  1 de Octubre de 2014  •  1.904 Palabras (8 Páginas)  •  263 Visitas

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AGENCIA DE ADUANA

DEFINICION:

Según el decreto 2883 de 2008 las agencias de aduanas son: “Personas jurídicas autorizadas por la DIAN para ejercer el agenciamiento aduanero, actividad auxiliar de la función pública aduanera de naturaleza mercantil y de servicio, orientada a garantizar que los usuarios de comercio exterior que utilicen sus servicios cumplan con las normas legales existentes en materia de importación, exportación y tránsito aduanero y cualquier operación o procedimiento aduanero inherente a dichas actividades”. Conforme con los parámetros establecidos en este decreto, las agencias de aduanas se clasifican en cuatros niveles según el patrimonio líquido que posean y puedan soportar contablemente.

La aduana es una oficina pública gubernamental, aparte de ser una constitución fiscal, situada en puntos estratégicos, por lo general en costas, fronteras o terminales internacionales de transporte de mercancía o personas como aeropuertos o terminales ferroviales, siendo esta oficina la encargada del control de operaciones de comercio exterior, con el objetivo de registrar el tráfico internacional de mercancías que se importan y exportan desde un país concreto, y cobrar los impuestos que establezcan las aduanas, se podría afirmar que las aduanas fueron creadas para recaudar dicho tributo, y por otro lado regular mercancías cuya naturaleza pudiera afectar la producción nacional, la salud publica, la paz o la seguridad de una nacion.

¿Cuál es la función principal o prioritaria de los agentes de aduana?

La función principal de las agencias de aduanas es actuar como colaboradores ante las autoridades aduaneras en el cumplimiento de las normas legales relacionadas con los procedimientos aduaneros y las actividades de comercio exterior.

COMO INTERVIENE EL COMERCIO EXTERIOR

la participación del Agente de Aduana comprende todas las fases del traslado de la mercancía comercializada. Siendo así, resulta comprensible la importancia de su labor en la logística de comercio exterior, entendida ésta como el conjunto de actos que deberán ejecutarse para lograr el traslado de la mercancía de un lugar a otro, procurando que su ejecución se realice generando menores tiempos costos y riesgos.

Es por eso que la facilitación del comercio exterior requerirá de un Agente de Aduana cuya profesionalidad esté a la altura de los encargos, esto es, que cuente con una organización técnica adecuada para disponer de recursos humanos dotados de conocimientos para atender los servicios aduaneros que le corresponda, superando cualquier incidente cotidiano.

En nuestros días, apreciamos un mayor número de Agencias de Aduana que han optado por asociarse o formar parte de las denominadas Empresas Operadoras Multilogísticas, pasando de ser intermediarios entre la Administración Aduanera y sus comitentes exportadores o importadores. De ese modo, les ofrece a éstos últimos un conjunto de actividades cada vez más integral e integrada de servicios que comprenden las fases del comercio exterior.

• Según el Artículo 14 del Decreto 2883 algunos de los requisitos para ser considerado como Agencias de Aduana son:

• 1. Estar debidamente constituida como sociedad de naturaleza mercantil o sucursal de sociedad extranjera domiciliada en el país.

• 2. Tener como objeto social exclusivo el agenciamiento aduanero, excepto en el caso de los almacenes generales de depósito.

• 3. Estar debidamente inscrita en el Registro Único Tributario, RUT.

• 4. Poseer y soportar contablemente el patrimonio líquido mínimo exigido para el respectivo nivel de agencia de aduanas.

• 5. No tener deudas exigibles por concepto de impuestos, anticipos, retenciones, derechos de aduana, intereses, sanciones o cualquier otro concepto administrado por la DIAN, salvo que exista acuerdo de pago vigente.

6. Contratar personas idóneas profesionalmente, con conocimientos específicos o experiencia relacionada con la actividad de comercio exterior

• El pasado 6 de agosto de 2008 el Ministerio de Hacienda expidió el decreto 2883 a través del cual se introdujeron importantes modificaciones al Estatuto Aduanero en relación con los requisitos que se han de exigir a las hasta ahora llamadas “Sociedades de Intermediación Aduanera” (SIA) y que desde septiembre 6 de 2008 (cuando entre en vigencia el decreto) tendrán que empezar a ser llamadas únicamente como “Agencias Aduaneras” (ver artículos 10 y 13 del decreto 2883).

La principal razón por la cual el Gobierno decidió adelantar esta profunda modificación en relación con los requisitos que se exigirán a estas entidades estriba en el hecho de que varias de las más de 200 Sociedades de Intermediación Aduanera existentes hasta la fecha han terminado participando en constantes operaciones de contrabando (véase comentario de Oscar Franco Charry, Director de la DIAN, en noticia relacionada con la revaluación y publicada en julio 29 de 2008).

De acuerdo con el Estatuto Aduanero, es obligatorio utilizar a las “Agencias aduaneras”, entre otras, para las operaciones de importación que las personas jurídicas o naturales (que no sean altamente exportadoras ni usuarias aduaneras) pretendan hacer por bienes que superen los US$1.000 de valor FOB, algo que no cambió con las modificaciones hechas por el decreto 2883.

Igualmente, y luego de los cambios hechos por el decreto 2883, para las exportaciones que pretendan hacer las personas naturales o jurídicas (que no sean altamente exportadoras ni usuarias aduaneras) será obligatorio utilizar los servicios de las Agencias Aduaneras si la exportación superará los US$10.000 de valor FOB, algo que antes de la modificación se exigía si la exportación superaba los US$1.000 de valor FOB (ver artículo 11 del Estatuto Aduanero luego de ser modificado por el decreto 2883 de 2008).

Se les exigirá tener más patrimonios netos y hasta Código de Ética

Como consecuencia de estas modificaciones, las personas jurídicas que pretendan actuar como “Agencias Aduaneras” tendrán que tener como objeto social exclusivo el de prestar servicios de intermediación aduanera e incluir entre sus estatutos todo un código de ética.

Antes de la modificación, ese objeto

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