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Análisis De La LIGIE.


Enviado por   •  29 de Mayo de 2014  •  1.075 Palabras (5 Páginas)  •  4.944 Visitas

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Introducción.

El trabajo presente tiene por objeto conocer lo relacionado con las disposiciones que contiene la Ley del Impuesto General de Importación y Exportación, además como se encuentra estructurada y de qué forma se clasifican las mercancías que ingresan o que se extraen del país, a fin de determinar el impuesto a pagar. De igual manera podemos encontrar lo relacionado con la clasificación uniforme de mercancías para el comercio internacional, en donde una mercancía puede ser clasificada y reconocida en cualquier parte del mundo sin importar el idioma en un país determinado.

En el mismo orden conoceremos acerca de cómo se da en nuestro país la clasificación arancelaria, partiendo de que éste es con la aplicación estricta de la Ley del Impuesto general de Importación y Exportación, conocida por sus siglas como “LIGIE”.

Además se encontrara el tema referente al origen de la LIGIE, sus antecedentes y reformas que ha tenido, partiendo de que dicha ley se encuentra apegada a los lineamientos marcados por la Organización Mundial de Aduanas, de la cual México forma parte, así como la actualización de su tarifa conforme a la lista arancelaria y a los estándares internacionales.

Ley del Impuesto General de Importación y Exportación.

Todas las mercancías que ingresen o salgan de México están sujetas al pago de impuestos y, en su caso, al cumplimiento de regulaciones y restricciones no arancelarias, los cuales se verifican de acuerdo con su fracción arancelaria.

La fracción arancelaria de una mercancía emana del Sistema Armonizado de Codificación y Designación de Mercancías, que pretende una clasificación uniforme de mercancías para el comercio internacional, en donde una mercancía podrá ser clasificada y reconocida en cualquier parte del mundo sin importar el idioma en un país determinado.

Un punto adicional es que a la LIGIE la complementan las Notas Explicativas, las cuales son de aplicación obligatoria a efecto de lograr una correcta clasificación.

Clasificación Arancelaria.

En nuestro país, la clasificación arancelaria se practica con la aplicación estricta de la LIGIE. La Ley de Impuesto General de Importación y Exportación fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 18 de enero de 2002 y entró en vigor el 1 de abril del mismo año. Tiene sus antecedentes inmediatos en la Ley del Impuesto General de Importación (LIGI) y en la Ley del Impuesto General de Exportación, las cuales estuvieron vigentes hasta el 31 de marzo de 2002, ya que la LIGIE las revoco.

El 18 de junio de 2007 se publico una modificación a esta Ley, y la tarifa que contiene, para apegarse a los lineamientos marcados por la Organización Mundial de Aduanas, de la cual México es parte, actualizando así la tarifa conforme a la relación arancelaria y a los estándares internacionales. La LIGIE se basa en el Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías (Harmonized System of Tariff Nomenclature, HS) el cual entro en vigor el 1 de enero de 1988, este convenio forma parte de la Organización Mundial de Aduanas. Ocurrió otra actualización y modificación a esta ley y a su tarifa, la actualización fue realizada el 9 de febrero del 2010. Y la última actualización aconteció el pasado 23 de noviembre de 2012 y se publico en el Diario Oficial de la Federación. La LIGIE es el ordenamiento legal fiscal más voluminoso pero solo está integrado por dos artículos.

Estructura de la Ley.

El primer artículo contiene a la Tarifa, compuesta por la relación o código del Sistema Armonizado. Esta relación es la clasificación de todas las mercancías que según su composición o función deben ubicarse en un código de identificación universal, a seis dígitos más, que identifican el arancel y requisitos para ingresar o salir de un país.

Se trata de un lenguaje lógico y sistemático aceptado internacionalmente. El primer artículo de la LIGIE se estructura de la siguiente manera: 22 secciones, 38 notas legales y 98 capítulos. La nueva TIGIE (Tarifa de la Ley del Impuesto General de Importación y Exportación) cuenta con 12,450 fracciones arancelarias.

En el artículo 2 se establecen las Reglas Generales y las Complementarias para la aplicación de la tarifa, asimismo, para los efectos de interpretación y aplicación de la Tarifa. Además, complementan a la LIGIE las Notas Explicativas, las cuales son de aplicación obligatoria a efecto de lograr una correcta clasificación, éstas consisten en un compendio enciclopédico en el que se analizan los aspectos científicos y comerciales de todas las mercancías de comercio exterior, los procedimientos para su extracción o elaboración, los usos a los que comúnmente se destinan y la clasificación arancelaria de seis dígitos que les corresponde en todo el mundo. Para ubicar la fracción arancelaria en que se clasifica una mercancía es indispensable conocer todas sus características y preferentemente tenerla físicamente a la vista.

Modificaciones en la TIGIE en el 2010.

Las modificaciones que ocurrieron en dicho año fueron dirigidas al sector del acero, particularmente al rubro de láminas y tubos con la finalidad de aprobar el nivel arancelario y de hacer eficiente sus operaciones de comercio exterior.

Por lo que respecta a dicha tarifa, se dio a conocer las tasas de los impuestos generales de importación y exportación que estuvieron vigentes a partir del 10 de febrero de 2010, fecha misma en que entro en vigor el decreto, por disposiciones transitorias.

MODIFICACIONES EN LA TIGIE PARA EL 2012

El 23 de noviembre de 2012 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el ”Decreto por el que se modifican la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación y el diverso por el que se modifican diversos aranceles de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, del Decreto por el que se establecen diversos Programas de Promoción Sectorial y de los diversos por los que se establece el esquema de importación a la Franja Fronteriza Norte y Región Fronteriza”, que prevé un esquema de desgravación arancelaria gradual, aplicable a diversos sectores de la economía.

Conclusión.

Podemos opinar que la Ley de Impuesto General de Importación y Exportación contiene las disposiciones necesarias para la clasificación de los impuestos que genera la actividad de importar y exportar mercancías. Todas las mercancías que ingresen o salgan de México están sujetas al pago de impuestos y, en su caso, al cumplimiento de regulaciones y restricciones no arancelarias, los cuales se verifican de acuerdo con su fracción arancelaria.

La LIGIE se trata de un lenguaje lógico y con secuencia lo cual no lo hace tan complicado, tan así es que es aceptada internacionalmente.

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