Blanqueo de capital
Marjorie MezaDocumentos de Investigación12 de Noviembre de 2016
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TEORIA DEL CASO
La teoría del caso es la herramienta más importante para PLANEAR la actuación en el proceso, VERIFICAR el desempeño durante el desarrollo del juicio y TERMINAR adecuadamente en el argumento de conclusión.
Una buena planeación y preparación del juicio, evita inconsistencias e incongruencia cuando se está alegando de apertura o cierre y cuando se está interrogando, contrainterrogando o haciendo oposiciones.
Siempre debe ser flexible.
¿Qué es la teoría del caso?
Es el planeamiento que la acusación o la defensa hace sobre los hechos penalmente relevantes, las pruebas que los sustentan y los fundamentos jurídicos que lo apoyan.
Es la teoría que cada una de las partes plantea sobre la forma como ocurrieron los hechos y la responsabilidad o no del acusado, según las pruebas que se presentarán durante el juicio.
Es el guion de lo que se presentará en el juicio a través de las pruebas.
¿Cuándo construir una teoría del caso?
- La teoría del caso se empieza a construir desde el primer momento que se tiene conocimiento de los hechos.
- La improvisación no tiene cabida en el SPA.
- Recordemos bien que se trata de Teorías del Caso y no de Hipótesis.
- La teoría del caso es el resultado de la verificación o comprobación de las hipótesis planteadas en su momento.
Características de la teoría del caso.
- Sencillez
- Lógica
- Credibilidad
- Suficiencia jurídica
- Flexibilidad
¿Para qué sirve la teoría del caso?
Planear y organizar la alegación inicial.
Organizar las pruebas que se presentarán.
Preparar el alegato de conclusión.
Adoptar y desechar estrategias de acusación y defensa.
Elementos de la teoría del caso.
Jurídico, es el punto de partida, todo gira alrededor de esto.
Fáctico, sustenta lo jurídico.
Probatorio, sustenta lo fáctico.
Observaciones y Recomendaciones para el Alegato inicial, fiscal.
Observaciones: Tiene deber de probar los elementos del caso (carga de la prueba)
Posee la primera oportunidad de presentar los hechos y la norma(s) vulneradas (teoría del caso).
Recomendaciones: Ir al grano, luego orden cronológico.
Debe establecer su tema “La mato por celos” (estilo periodístico)
Empezar con lo más importante, haciendo un recuento de los hechos, cómo lo voy a probar y la norma vulnerada.
Recomendaciones para la presentación inicial, defensa.
Observaciones: No tiene deber de probar nada.
Propósito: crear una duda razonable.
Recomendaciones:
Se recomienda que tenga una teoría del caso.
Subraya las fallas del fiscal.
Enfatizar, lo que NO PRESENTARÁ EL FISCAL.
Credibilidad de testigos e investigación inicial.
Falta de evidencia técnica o científica.
Problemas de investigación e identificación.
CASO COLÓN: HOMICIDIO EN LA CINTA COSTERA.
Presentación
Nombre, Fiscalía,
Representa al pueblo, comunidad.
INTRODUCCIÓN Y TEORÍA DEL CASO
Responsabilidad de acusar a Diego Colón.
Acusación consiste en: Causar la muerte a Juana Peña
Con un arma 9mm, 5 tiros: 4 pecho, 1 cabeza
Con intención de matarla
Infringiendo la ley penal
Debe dejarse sentado que demostrará sin duda razonable alguna que Colón causó la muerte a Peña.
Plena confianza en elementos probatorios.
Presenta su teoría del caso.
Concluye: pidiendo la condena a la pena por el delito que son sus agravantes le corresponde.
Presentación Inicial: Alegato de Apertura.
Presentación de la teoría del Caso.
Promesa sobre los hechos que quedarán acreditados.
Enunciar la historia y señalar cómo la va a probar. (Obligación)
Defensa: Presentación por temas indicando deficiencias en investigación o hechos que desvirtúan la teoría del MP.
Finalidad:
- Exponer su punto de vista sobre la forma en que ocurrieron los hechos.
- Anticipar el orden y contenido de la prueba que va a presentar.
- Proveer al juez de un mapa de la información que se obtendrá en el juicio.
Estructura:
- Introducción, presentación del tema central.
- Presentación de los hechos, pruebas que se practicarán para sustentar la teoría y lo que logrará probarse.
- Presentación de los fundamentos jurídicos.
- Conclusión-petición concreta.
Recomendaciones:
- Concisa, clara y organizada.
- Escuche con atención la teoría del caso de la contraparte, para establecer fortalezas y debilidades.
- Utilice apoyos técnicos visuales.
- Anticipe las debilidades y explíquelas razonablemente.
- Es presentación de hechos no de conclusiones.
- Precise cada hecho relevante frente a cada medio de conocimiento.
- Eleve una petición clara, concreta y completa para el fallo.
- No haga promesas incumplibles desde el punto de vista probatorio.
- No realice exposiciones inconducentes. No es un alegato político ni emocional.
- No es un ejercicio argumentativo.
- No valore ni critique pruebas.
- No especule sobre hechos no probados.
- No ofrezca demasiados detalles.
- No de opiniones personales.
LA PRUEBA TESTIMONIAL:
Individualización del testigo (art.394 CPP)
Interrogatorio (arts.397, 398, 400, 401 y 403).
Contrainterrogatorio (arts.399 y 400).
- Examen Directo o Interrogatorio,
Llevar al conocimiento del juez la forma cómo ocurrieron los hechos.
Destacar hechos e ideas importantes que apoyen la teoría del caso.
Dar claridad y credibilidad al testimonio y al testigo.
Acreditar las proposiciones fácticas de la teoría del caso.
Preguntas: Deben versar sobre hechos específicos.
¿Quién?, ¿Cómo?, ¿Cuándo?, ¿Dónde?, ¿Por qué?, Describa, explique, etc.
Permitidas | Prohibidas | |
De seguimiento | Sugestivas | |
Abiertas | Irrelevantes o conducentes | |
Cerradas | Solicita opinión a testigo no calificado | |
Narrativas | Ofenden al testigo | |
Conducentes | Compuestas | |
Conclusivas | ||
Confusas | ||
Capciosas | ||
Repetidas |
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