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CASO NOPAGO


Enviado por   •  11 de Mayo de 2021  •  Exámen  •  1.293 Palabras (6 Páginas)  •  579 Visitas

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CASO NOPAGO

1. Calculo de la indemnización:

ACLARACIÓN: Entiendo que estamos en 2020, por ello 2020 - 5 años trabajados= 2015, entonces serán 33 días por año trabajado.

Período de 2015 hasta 2020:

Días trabajados en la empresa:

33 días x 5 años= 165 días

(33 días x 7 meses) / 12 meses= 19,25 días

Salario= 1.000€ (x 15 pagas)+ 110€(x 12 meses) + 50€(x 12 meses)= 16.920€ /12 meses= 1.410€

Salario diario= 1.410€ /30 días de mes= 47€

Indemnización= (165 días + 19,25 días) x 47€ = 8.671,50€

Respuesta: Le compensa laopción que le ofrece la emoresa ya que además de que es mayor cuantía, está exenta en la declaraión del IRPF ya que no supera los 720 días de año trabajado, ni rel límite de 180.000€ que fija la ley en el art. 7.e) del IRPF, por lo que está exenta en su totalidad.

En el siguiente caso que la empresa le ofrece 11.900€, le sigue compensando aceptarla.

1. La indemnización ya está calculada y te dice cuál es.

Lo que te están diciendo es que digas cuál es el tratamiento, cualitativo y cuantitativo en el IRPF de cada una delas tres cantidades.

2. Es residente en terriotorio español, debe declarar por el IRPF, independientemente de la provincia donde reside.

2. Claro que es residente en territorio español, pero:

En este periodo impositivo su residencia será Burgos, CA de Castilla León, ya que ha residido en ella más de 183 días.

3. Respuesta:

RENDIMIENTO DEL TRABAJO:

Retribuciones dinerarias

- Salario..........................................................16.920€

- Indemnización..............................................0€

- Beca.............................................................0€

TOTAL RETRIBUCIONES.............................................................................16.920€

Reducción 40% por rendimientos >2 años o irregulares art.18L..................6.768€

Rendimiento íntegro................................................................................10.152€

Gastos deducibles.....................................................................................1.230€

- Cotizaciones a la seguridad social..................950€

- Cuota sindical...............................................280€

Rendimiento neto....................................................................................8.922€

RENDIMIENTO NETO REDUCIDO...................................................................8.922€

3. ¿Cómo has llegado a esa cifra de rtos. íntegros?, ¿ Y cómo has obtenido el valor de la renta irregular?

Y además:

Artículo 19. Rendimiento neto del trabajo.

1. El rendimiento neto del trabajo será el resultado de disminuir el rendimiento íntegro en el importe de los gastos deducibles.

.........................................................

f) En concepto de otros gastos distintos de los anteriores, 2.000 euros anuales

CASO INMOBILIARIO

Local A

Rendimientos íntegros =  5.160€  (430€ x 12 meses)

Gastos deducibles =  6.060 € (250€ + 780€ + 420€ + 4.000€ + 260€ + 350€)

Rendimiento neto = 900 €

Local B

No se puede deducir nada ya que el local no está arrendado.

La vivienda NO habitual

Rendimientos íntegros = 3.480€ (290€ x 12 meses)

Gastos deducibles = 2.560€ (300€ + 450€ + 420€ + 190€+ 1.200€)

Rendimiento neto sin reducción = 920€

Reducción = 60%

Rendimiento neto = 368€

3. VIVIENDA

Error conceptual importante: En una vivienda no habitual no se puede aplicar la reducción del 60%.

CASO PALENQUELUQUERA

A)

Personal asalariado:

Una persona a cuatro horas: 0.5  

Una persona a 6 horas = 6/8 = 0.75

Una persona a jornada completa = 1

Persona no asalariada = 0.5

Electricidad = 12.000/100= 120 x 55,43€ = 6.651,60 €

M2 = 100 x 8.18€ = 8.818€

Minoración al empleo:

No hay incremento de plantilla y se puede aplicar el incentivo por mantenimiento de empleo.

Coeficiente

Personas

Coeficiente

Módulo

Cuantía

0.1

1

0.1

1.788,80

178,88

0.15

1.25

0.19

1.788,80

335,40

TOTAL

514,28

Se aplica el módulo por empleo: 1.788,80€ x 0.29 = 518,75€

No hay que aplicar ningún corrector ya que no supera el importe máximo establecido por ley, no podemos aplicarle el coeficiente por ser de reducida dimensión, ya que tiene más de dos trabajadores.

No cumple ningún requisito para aplicar coeficientes reductores.

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