CUENTAS E INSTRUMENTOS FINANCIEROS POR COBRAR
viridianajonasTesis28 de Mayo de 2013
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NIF C-3
CUENTAS E INSTRUMENTOS FINANCIEROS POR COBRAR
10 OBJETIVO
10.1 El objetivo de esta Norma de Información Financiera (NIF) es establecer las normas
relativas al reconocimiento de los rubros de cuentas e instrumentos financieros por
cobrar (en adelante IFC) dentro del estado de posición financiera de una entidad y de
sus efectos en el estado de resultados. Estos se integran por instrumentos financieros
que:
a) la entidad genera dentro del curso normal de sus operaciones por:
• ventas de bienes o servicios, que originan las cuentas por cobrar
comerciales;
• préstamos otorgados por instituciones de crédito y otras entidades; y
• otras transacciones, tales como préstamos a empleados, reclamaciones
derivadas de derechos contractuales y otras partidas similares; y
b) instrumentos financieros de deuda adquiridos en el mercado, con el objeto de
obtener un rendimiento sobre su principal.
10.2 Uno de los principales objetivos de esta norma es establecer la clasificación de los
instrumentos financieros con base en la estrategia de negocio de la entidad y las
características contractuales de sus flujos de efectivo futuros. Una estrategia puede ser
el de mantener los instrumentos financieros hasta su vencimiento para recuperar el
principal y, en su caso, el rendimiento contractual; otra estrategia puede ser mantenerlos
para negociación con el propósito de obtener una utilidad entre el precio de compra y el
de venta. Esta clasificación determina como se valúan los instrumentos financieros.
10.3 Una entidad puede tener simultáneamente los dos estrategias de negocio, tal como un
banco que tiene una unidad de crédito al consumo o hipotecario, en donde tiene
instrumentos por cobrar (con características de préstamo) y una de banca de inversión,
donde tiene instrumentos financieros para negociación, o como una entidad comercial o
industrial, que tiene tanto cuentas por cobrar generadas por sus ventas como
instrumentos financieros negociables, adquiridos temporalmente con sus excedentes de
efectivo. NORMAS DE INFORMACIÓN FINANCIERA 2011 – ABRIL 2011
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10.5 Esta norma trata los IFC que la entidad tiene con el objetivo de recuperar el principal y,
en su caso, el interés contractual.
20 ALCANCE
20.1 Las disposiciones de esta NIF son aplicables a todos los IFC de entidades que emiten
estados financieros en los términos establecidos en la NIF A-3, Necesidades de los
usuarios de los estados financieros.
20.2 Las disposiciones de esta NIF no son aplicables a:
a) las cuentas por cobrar derivadas de operaciones de arrendamiento capitalizable,
dado que se tratan en la NIF relativa a arrendamientos;
b) las transacciones de transferencia y baja de IFC, debido a que este tema es materia
de otra NIF particular;
c) los pagos anticipados, que se tratan en la norma de pagos anticipados;
d) los instrumentos financieros derivados por cobrar, dado que se tratan en otra norma;
y
e) La valuación del impuesto a la utilidad por recuperar, dado que se trata en otra
norma.
30 DEFINICIÓN DE TÉRMINOS
30.1 Los términos que se listan a continuación se utilizan en esta NIF con los siguientes
significados:
a) activo financiero – es cualquier activo que sea efectivo, equivalente de efectivo, o
instrumentos financieros generados por un contrato, tales como, inversión en un
instrumento financiero de capital de otra entidad, un derecho contractual que puede
ser intercambiado por efectivo o por cualquier instrumento financiero de otra entidad,
un derecho contractual a intercambiar activos financieros o pasivos financieros con
otra entidad en condiciones favorables para la entidad o un contrato que será
liquidado con instrumentos de capital de la entidad bajo ciertas circunstancias, ya sea
en un mercado organizado o por las disposiciones que regulan el contrato del cual
surge un instrumento financiero;
b) bienes genéricos (commodities) – son activos no financieros del tipo agrícola,
pecuario, metalúrgico o energético, cuyos precios se cotizan en mercados NIF C-3, CUENTAS E INSTRUMENTOS FINANCIEROS POR COBRAR
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reconocidos o se derivan de índices de los mismos.
c) clases y categorías de inversiones en instrumentos financieros – las clases son las
de IFC e instrumentos financieros negociables. Pueden existir varias categorías en
una clase, tal como las de préstamos hipotecarios, comerciales, de consumo y otros,
en la clase de IFC;
d) contrato – se refiere al acuerdo entre dos o más partes que tiene consecuencias
económicas claras, que las partes no pueden o tienen pocas posibilidades de evitar,
debido principalmente a que contiene cláusulas que pueden ejecutarse por acciones
legales. Los contratos y, consecuentemente, los instrumentos financieros que éstos
contienen, pueden ser de distinta índole y crean derechos y obligaciones que deben
cumplirse;
e) contrato de garantía financiera – es un contrato que requiere que el emisor
reembolse al tenedor del mismo las pérdidas incurridas por el incumplimiento de un
deudor en hacer los pagos especificados en un instrumento financiero de deuda;
f) contrato regular – es aquel cuyas disposiciones de pago y de entrega de los
instrumentos financieros se apegan a los usos y costumbres del mercado en que
será ejecutado,
g) costo amortizado – es el monto al cual el activo financiero es valuado en su
reconocimiento inicial, restando los pagos de principal y adicionando o restando la
amortización acumulada utilizando el método de interés efectivo de cualquier
diferencia entre el monto inicial y el monto a vencimiento;
h) costo de adquisición – es la cantidad de efectivo o su equivalente entregada a
cambio de una inversión en un instrumento financiero. Los gastos de compra, primas
o descuentos son parte integrante del costo de adquisición;
i) costos de transacción – son costos incrementales directamente atribuibles a la
adquisición, emisión o enajenación de un instrumento financiero. Un costo
incremental es aquel en que no se hubiera incurrido si la entidad no hubiera
adquirido, emitido o enajenado el instrumento financiero. Incluye honorarios y
comisiones pagados a agentes, asesores e intermediarios, derechos pagados a
autoridades regulatorias y a mercados de valores, así como impuestos sobre
transferencia del activo. No incluye premios o descuentos de la deuda, quitas de
deuda, ni costos financieros, costos de administración o de tenencia;
j) cuentas por cobrar comerciales – son derechos de cobro a favor de una entidad que
se originan principalmente por la venta de bienes y prestación de servicios, que lleva
a cabo la entidad como parte de sus actividades primarias que representan su
principal fuente de ingresos; NORMAS DE INFORMACIÓN FINANCIERA 2011 – ABRIL 2011
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k) deterioro de instrumentos financieros – es la condición existente cuando los flujos de
efectivo futuros a recibir de un instrumento financiero valuado a costo amortizado,
tanto por principal como por interés, son menores al costo amortizado en libros del
mismo, debido a un incremento del riesgo de crédito del deudor.
l) instrumento financiero – es cualquier contrato que dé origen tanto a un activo
financiero en una entidad, como a un pasivo financiero o un instrumento financiero de
capital en la contraparte. Al respecto:
• un derecho u obligación contractual de recibir, entregar o intercambiar
instrumentos financieros es en sí un instrumento financiero. Una cadena de
derechos u obligaciones contractuales es también un instrumento financiero si
en última instancia se recibirá o pagará efectivo o se adquirirá o emitirá un
instrumento financiero; o
• la habilidad de ejecutar un derecho contractual o satisfacer una obligación
contractual puede ser absoluta o contingente, si se basa en un evento futuro,
tal como en el caso de una garantía financiera. Se considera que un derecho
u obligación contingente contractual cumple con la definición de activo
financiero o pasivo financiero, aún cuando no siempre se reconocen en los
estados financieros.
m) Instrumento financiero de deuda – es el que se genera por contratos en los cuales
una entidad se obliga a entregar efectivo u otros activos financieros de acuerdo con
las condiciones establecidas para liquidarlos en el contrato respectivo. En algunos
casos pueden liquidarse a través de la emisión de instrumentos financieros del capital
de la propia entidad;
n) interés – es la contraprestación por el valor del dinero en el tiempo y por el riesgo de
crédito asociado con el monto del principal pendiente de pago, durante un periodo
determinado;
o) método de interés efectivo – es el utilizado para calcular el
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