Comercializadora
mapita236 de Enero de 2014
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Administración General de Aduanas
Administración Central de Operación Aduanera
Administración de Aduana de Cancún
Subadministración de Operación Aduanera
800-48-00-01-01-2013-5963
SAT-326-01-06
Asunto: Se solicita brinde todas las facilidades necesarias
para los efectos que se indican.
Cancún, Quintana Roo, 19 de Septiembre de 2013
“2013, Año de la Lealtad Institucional y Centenario del Ejército Mexicano”.
Lic. Benito Alejandro Marcos Cuevas
Gerente General de Caribbean Logistics S.A. de C.V.
Aeropuerto Internacional de Cancún
Cancún, Quintana Roo, C.P. 77565
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 1; 2, primer párrafo; 4; 7, primer párrafo, fracciones II, VII y XVIII de la Ley del Servicio de Administración Tributaria, publicada en el diario Oficial de la Federación el 15 de diciembre de 1995, en vigor a partir del primero de julio de 1997, y su modificación publicada en el mismo órgano de difusión oficial, el 04 de enero de 1999, 12 de junio de 2003 y 06 de mayo de 2009 , todas vigentes a partir del siguiente día de su publicación; 1 ; 2, primer y tercer párrafo; 9 fracciones VIII y XXXVII y L, en relación con los artículos 10, primer párrafo, fracción I y último párrafo, y 11, fracciones VIII, X, XI, XII, XVI, XXI, XXXIII, XXXVII, XXXIX, LX, y penúltimo párrafo, en relación con el artículo 13 del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de octubre de 2007, en vigor en un plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a su publicación, según lo establece el artículo Primero Transitorio de dicho Decreto; y sus modificaciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 29 de abril de 2010 y 13 de julio de 2012, ésta última vigente en un plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación, así como por lo dispuesto en los artículos 1, segundo párrafo; 25; 144, primer párrafo, fracciones VIII, IX y XXXII de la Ley Aduanera, esta Unidad Administrativa se encuentra facultada para inspeccionar, controlar y vigilar las mercancías de comercio exterior que se encuentren en los recintos fiscalizados, por tal motivo, se solicita su apoyo a efecto de que brinde todas las facilidades necesarias para que la C. Yanet Estela Arango Gutiérrez, personal adscrito a esta Aduana plenamente identificado, proceda a inspeccionar lo siguiente:
La mercancía que se encuentra declarada con el número de expediente 038/13T2 que consta de: 3 CAJAS CON MEDICAMENTO.
Por lo anterior, se le solicita que realice el posicionamiento de la mercancía antes señalada en el área del recinto fiscalizado a que se refiere la regla 2.3.8 fracción IX de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior vigentes.
Se reserva el documento de conformidad con lo dispuesto por el artículo 67 y 69 del Código Fiscal de la Federación y el artículo 14 fracción I, II y XV de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental
No se omite mencionar que la citada mercancía continuará en todo momento bajo guarda y custodia del recinto fiscalizado a su cargo, por lo que al momento de la inspección invariablemente deberá estar presente personal del almacén plenamente identificado para la supervisión de la mercancía.
Así mismo, es importante señalar que bajo este procedimiento de inspección el personal de la aduana no podrá tomar muestras de la mercancía, salvo que se trate de mercancías de difícil identificación que por su presentación en forma de polvos, líquidos, gases, o formas farmacéuticas
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