Contrato De Auditor Esterno
BLAES17 de Febrero de 2013
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Contrato de Prestación de Servicios Profesionales Independientes para la realización de Auditorías Externas y Dictaminar Estados Financieros con Dictamen de carácter financiero, así como para la realización y validación de toma física de los inventarios de las áreas empresariales de servicios sociales y filiales, que celebran, por una parte, el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado de Zacatecas a quien en lo sucesivo se le denominará “EL ISSSTEZAC”, por conducto de los CC. PROFR. ARTEMIO ULTRERAS CABRAL, PRESIDENTE DE LA H. JUNTA DIRECTIVA, DIRECTOR GENERAL Y REPRESENTANTE LEGAL y por la otra parte, el Despacho Rodríguez Brito y Asociados, S.C. a través de su Representante Legal Persona Física L.C.R. Raúl Brito Berúmen, a quien en lo sucesivo se le denominará “EL PRESTADOR DE SERVICIOS”, rigiéndose ambas partes al tenor de las siguientes declaraciones y cláusulas:
DECLARACIONES
I.- “EL ISSSTEZAC” declara:
I.1.Que es un Organismo Público Descentralizado de la Administración Pública Estatal, con personalidad jurídica y patrimonio propio, en los términos de los artículos 35 y 36 fracción XIII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Estatal.
I.2.Que la Ley de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado de Zacatecas, establece en sus Artículos 101 Fracciones I y II, 102 Fracción I inciso a, 109 Fracción XII y 113, Fracciones I, III, y XVI, las facultades del Director General para realizar actos jurídicos de cualquier naturaleza, incluyendo los convenios y contratos que sean necesarios para cumplir con los objetivos de la ley.
I.3.Que el Director General Profesor Artemio Ultreras Cabral, acredita su personalidad con el nombramiento de fecha 12 de septiembre del año 2010, que en su favor otorgó el Gobernador del Estado de Zacatecas Lic. Miguel Alejandro Alonso Reyes en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 82, fracción XI de la Constitución Política del Estado, y 15 de la Ley Orgánica de la Administración Publica con el Poder General para Pleitos y Cobranzas, Actos de Administración y Riguroso Dominio que le fuera otorgado por la H. Junta Directiva del ISSSTEZAC y que se encuentra asentado en el acta número 13944 del Volumen DLVIII del protocolo del Lic. LIC. JAIME SANTOYO CASTRO, Notario Público Número 30 en ejercicio en esta Ciudad de Zacatecas e inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio bajo el número 17, folios 246-251, del Volumen número 1007, Libro Segundo Sección Primera.
I.4.Que de conformidad con lo establecido en el artículo 109 fracción XII de la Ley de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado de Zacatecas y aunado a la designación realizada por la H. Junta Directiva, se considera pertinente contratar los servicios de auditoría externa objeto de este contrato a "EL PRESTADOR DE SERVICIOS”.
I.5.Que señala como domicilio legal el ubicado en Av. Hidalgo, número 610, colonia Centro, de esta ciudad de Zacatecas, mismo que señala para todos los efectos que se deriven del presente contrato.
I.6.Que la H. Junta Directiva de “EL ISSSTEZAC”, en ejercicio de las facultades que le confiere la Ley de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado de Zacatecas, mediante acuerdo número HJD/259/3077/2011 tomado en Sesión Extraordinaria de fecha 08 de julio del año 2011, autorizó la celebración de este contrato.
I.7.Que cuenta con la asignación presupuestal y con la disponibilidad de recursos asignados para el pago de la Auditoria Externa objeto de este contrato.
I.8Que el MIA. Jorge Rodríguez Márquez Subdirector de Finanzas del “ISSSTEZAC”, fungirá como enlace para atender el desarrollo de los trabajos de Auditoria Externa y proporcionar la información y documentación que le requiera por escrito “EL PRESTADOR DE SERVICIOS”.
II. “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” declara:
II.1 Que se encuentra la Persona Física, L.C.R. RAUL BRITO BERUMEN debidamente registrado ante la Secretaria de Hacienda y Crédito Público, con registro federal de contribuyentes, BIBR720224A65, y cuenta con registro de autorización para dictaminar ante la misma con el no. 17059, que es profesional y asume las responsabilidades y principios éticos de su profesión, en forma personal de las opiniones y dictámenes financieros, así como la realización y validación de toma física de los inventarios de las áreas empresariales de servicios sociales y filiales, que emita como resultado de la auditoria externa realizada y el dictamen de estados financieros, materia de este contrato.
II.2 El L.C.R. Raúl Brito Berúmen manifiesta, bajo protesta de decir verdad, que no desempeña un empleo, cargo o comisión en el servicio público, ni se encuentra inhabilitado para ello.
II.3 Que conoce las disposiciones de tipo administrativo, técnico y legal que norman la celebración y ejecución del presente contrato y acepta someterse a las mismas sin reserva alguna, disponiendo para ello de los elementos técnicos, humanos y materiales necesarios para el desarrollo eficaz de los trabajos de auditoria externa objeto de este contrato y de acuerdo con la propuesta de trabajo presentada a “EL ISSSTEZAC” en fecha 15 de julio del año 2011 y que se anexa al presente contrato.
II.4 Que para los efectos legales de este contrato, señala como su domicilio el ubicado en Calle Orquídeas No. 23, Fraccionamiento Los Geranios, Guadalupe, Zacatecas, y que tiene el Registro Federal de Contribuyentes BIBR720224A65.
III. DECLARACIONES CONJUNTAS:
III.1 Que ambas partes reconocen que la estipulación de obligaciones a cargo de “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” y su cumplimiento en favor de "EL ISSSTEZAC", bajo las condiciones de este contrato, constituyen aspectos que de acuerdo con la esfera legal de competencia de "EL ISSSTEZAC", le permiten, por una parte, conocer si los Estados Financieros reflejan en forma razonable la situación financiera de "EL ISSSTEZAC", y “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” conforme a las normas de auditoria aplicables, la de proponer las acciones que fueren necesarias para coadyuvar en los procesos administrativos y el mejoramiento de la eficiencia, en la economía, operaciones, la efectividad y logro de sus objetivos.
III.2 Que en virtud de lo expresado en la declaración que antecede, “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” y "EL ISSSTEZAC" manifiestan su consentimiento para que se verifique el eficaz y oportuno cumplimiento de las obligaciones asumidas por “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” al tenor del presente contrato, aceptando ambas partes que podrá en cualquier momento "EL ISSSTEZAC" adoptar las determinaciones que bajo las condiciones de este contrato y las disposiciones legales aplicables le permitan hacer frente al incumplimiento de las obligaciones en que pudiera incurrir "ELDESPACHO".
Vistas las declaraciones que anteceden, las partes convienen en celebrar el presente contrato al tenor de las siguientes:
C L Á U S U L A S
PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO. "EL ISSSTEZAC" en atención a lo previsto en la declaración III.1 de este contrato, encomienda a “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” y éste se obliga a prestar los servicios de auditoría externa, para la emisión de Dictamen Financiero 2011 y de la realización y validación de toma física de los inventarios de las áreas empresariales de Servicios Sociales y Filiales al 31 de diciembre de 2011, que se realizarán de acuerdo al Programa de Trabajo presentado a "EL ISSSTEZAC" ( anexo 1) y que forma parte integrante del presente contrato.
SEGUNDA.- MONTO DEL CONTRATO. Ambas partes convienen que el monto de los honorarios correspondientes a la auditoría externa y para la emisión de los Dictámenes Financieros a que se refiere la cláusula anterior, tendrá un precio de $300,000.00 (Trescientos mil pesos 00/100 MN.) más el Impuesto al Valor Agregado correspondiente, menos las retenciones previstas en las Leyes Fiscales correspondientes.
La toma física de inventarios de las áreas empresariales de las Subdirecciones de Servicios Sociales y Filiales tendrá un precio de $100,000.00 (Cien mil pesos 00/100 MN.) más el Impuesto al Valor Agregado correspondiente, menos las retenciones previstas en las Leyes Fiscales correspondientes.
El monto total de honorarios especificados cubren la totalidad de las erogaciones que por necesidad se requieran en la ejecución de los trabajos señalados, quedando liberado el ISSSTEZAC de cubrir cualquier costo adicional por concepto de viáticos, gastos de oficina, adquisiciones de equipo de computo, combustibles, arrendamientos de inmuebles y equipos de trasporte y oficina, maquinaria, gastos de alimentación, gastos de representación, etc.
TERCERA.- PAGO DE HONORARIOS. El monto de honorarios señalados en la cláusula anterior le serán cubiertos a “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” de la siguiente forma:
La cantidad de $300,000.00 (Trescientos mil pesos 00/100 MN.) más IVA, menos las retenciones previstas en las Leyes Fiscales correspondientes a la auditoría y los estados financieros se pagará el 50% en fecha 30 de noviembre del año 2011 y el restante 50% será cubierto una vez que se concluya y se reciban a satisfacción del "EL ISSSTEZAC", la totalidad de los trabajos a que se refiere la cláusula
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