Delito De Legitimación De Capitales
luciasolorzanoom5 de Junio de 2015
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DEFINICIÓN DEL DELITO DE LEGITIMACIÓN DE CAPITALES
Se entiende por Legitimación de capitales, "blanqueo" o "lavado" de dinero al conjunto de actividades u operaciones bancarias, comerciales, de inversión o de otra índole -aparentemente lícitas - realizadas con el dinero, los activos y demás bienes provenientes tanto del financiamiento como de la comercialización que realiza la industria transnacional ilícita de las drogas.
La Organización de las Naciones Unidas, en su informe de la Junta Internacional de Fiscalización de Estupefacientes de 1985 (Nueva York), define la legitimación de capitales como la "Ocultación o encubrimiento de la verdadera naturaleza, fuente, disposición, traslado o propiedad del producto relacionado o vinculado con cualquiera de los delitos mencionados en el artículo 36 de la Convención Única de 1961 o en el artículo 22 del Convenio Sobre Sustancias Psicotrópicas, o del producto derivado de esos delitos: se considerará que el blanqueo incluye el traslado o la conversión de haberes o del producto por cualquier medio, incluida la transmisión electrónica".
Esta definición primaria fue modificada y superada en la Convención de la ONU de 1988 (Viena), al diferenciar la "conversión o transferencia", la "ocultación o encubrimiento" y la "adquisición y utilización" de bienes. La citada convención constituye un instrumento jurídico internacional idóneo que establece lineamientos para ser adoptados por los países, pero carece de cuerpo operacional que oriente acciones concretas.
DENOMINACIONES DEL LAVADO DE ACTIVOS
Las legislaciones de los países han empleado múltiples denominaciones para referirse al delito de lavado de activos.
Así por ejemplo en los siguientes países el lavado de activos recibe diferentes denominaciones:
• Argentina: Lavado de Activos.
• Bolivia: Legitimación de ganancias ilícitas.
• Brasil: Lavado de Bienes, Derechos y Valores.
• Chile: Lavado de Dinero.
• Colombia: Lavado de Activos.
• Costa Rica: Legitimación de Capitales procedentes del narcotráfico.
• Cuba: Lavado de Dinero.
• Ecuador: Conversión o transformación de bienes (Lavado de Dinero).
• El Salvador: Lavado de Activos.
• Guatemala: Transacciones e inversiones ilícitas.
• Honduras: Lavado de Dinero o Activos.
• México: Operaciones con recursos de procedencia ilícita.
• Nicaragua: Lavado de Dinero y Activos de Actividades Ilícitas.
• Panamá: Blanqueo de Capitales.
• Paraguay: Lavado de Dinero o Bienes.
• Perú: Lavado de Activos.
• Republica Dominicana: Lavado de Bienes relacionados con el trafico ilícito de drogas y delitos conexos.
• Uruguay: Blanqueo de Dinero.
• Venezuela: Legitimación de Capitales.
La terminología utilizada no obedece siempre a criterios estrictamente jurídicos, la mayoría de las veces de neologismos utilizados o sinónimos de palabras extranjeras, veamos:
- Lavado: Expresión utilizada de la traducción en ingles de "money laudering", o del alemán "gledwasche". La expresión "lavado" es utilizada por el Reglamento Modelo de la CICAD-OEA.
- Blanqueo: Del francés "blanchiment" y del portugués "branqueamiento"
- Reciclaje: Este término deriva del italiano "reciclaggio".
CARACTERISTICAS DE LA LEGITIMACIÓN DE CAPITALES:
• Es un delito financiero.
• Se basa en ficciones.
• Es un conjunto de operaciones complejas y poco comunes.
• Es un delito Transnacional.
• Se sirve de la vulnerabilidad del sector financiero y de sus avances tecnológicos.
• Asume perfiles de clientes normales.
• El lavado de activos tratará de asumir perfiles que no levanten sospechas. Trata de mostrase como el "cliente ideal".
• "Profesionalismo" y complejidad de los métodos.
• Las organizaciones criminales han "profesionalizado" al lavador de activos quien es normalmente un experto en materias financieras quien confunde el verdadero origen ilícito de los bienes objeto del lavado. Su finalidad es reducir la posibilidad de vincular los activos con su origen ilícito.
• Para ello utiliza sofisticados modelos o métodos de lavado para ocultar el origen ilícito de su riqueza. Crean empresas ficticias o de papel, adquieren empresas lícitas con problemas económicos; manejan múltiples cuentas en diversas oficinas o entidades, buscan mezclar su dinero sucio con una actividad aparentemente lícita, etc.
• Globalización de las actividades del lavado de activos.
• Es un fenómeno de dimensiones internacionales, sobrepasa fronteras con los cambios de soberanía y jurisdicción que ello implica.
• El desarrollo tecnológico de las telecomunicaciones facilita la transferencia de riqueza a través del planeta y permite a la delincuencia operar internacionalmente.
• El lavador tratara de acudir o utilizar países que no tienen adecuadas políticas de prevención y a aquellos que no ofrecen cooperación judicial internacional e intercambio de información para perseguir el lavado de dinero.
• Aprovecha sectores o actividades vulnerables.
• El sector financiero es uno de los más vulnerables para ser utilizados por las organizaciones criminales, recibe y canaliza la mayor parte de los dineros. Pero no es único que es normalmente utilizado por los delincuentes.
ETAPAS DE LA LEGITIMACIÓN DE CAPITALES:
Aunque es imposible catalogar la totalidad de los métodos utilizados en las operaciones de legitimación de capitales por la dificultad de prever el inagotable número de técnicas y procedimientos por los cuales los fondos procedentes de actividades se convierten en otros bienes o son transferidos de forma tal que se oculte o encumbra su naturaleza, origen, ubicación, destino, movimiento o propiedad real; no obstante existen tres factores comunes en todos ellos:
• Los Sujetos Activos de la actividad delictual deben ocultar la verdadera propiedad y origen del dinero.
• Deben mantener simultáneamente el control de ese dinero.
• La forma de dinero debe ser cambiada para disminuir el volumen físico de las grandes cantidades que genera la venta callejera (convertir los billetes de escaso valor en billetes de mayor poder adquisitivo).
Entonces, se determinan específicamente las siguientes etapas:
1. Colocación. Consiste en inyectar el dinero proveniente de actividades ilícitas en el sistema financiero a como dé lugar, siendo que los delincuentes reciben muchas cantidades de dinero en efectivo. Por este motivo, se han promulgado leyes que exigen a las Instituciones Financieras informar sobre la recepción de cantidades sustanciales en efectivo.
2. Procesamiento. Consiste en la transferencia de los fondos o bienes a través de una o varias instituciones financieras, con la finalidad de ocultar la colocación inicial y destino final de los mismos.
3. Integración. De los capitales ilícitos, incorporando el dinero disfrazado como ahora licito. Esta integración de los fondos se efectúa de varias maneras: realizando transacciones de importación y exportación, ya sean ficticias o de valor exagerado; mediante pagos por servicios imaginarios y a través del pago de intereses sobre préstamos ficticios además, mediante toda una serie interminable de otros procesos.
OBJETIVOS DE LA LEGITIMACION DE CAPITALES
El lavado de activos busca a través de operaciones bancarias o comerciales aparentemente normales, evadir los controles de las autoridades para realizar sus operaciones ilícitas a través del sector financiero u otras actividades económicas.
Para realizar las operaciones ilícitas el lavador emplea diversos métodos que se van sofisticando, a través de la ejecución de los mismos, con el fin de lograr burlar el control de las autoridades.
TECNICAS DE LA LEGITIMACION DE CAPITALES
a.- Estructurar, o Hacer "Trabajo de Pitufo" o "Trabajo de Hormiga": En la estructuración, uno o varios individuos ("pitufos") hacen múltiples transacciones con fondos ilegales por cierto período de tiempo, en la misma institución o en varias instituciones financieras. Las grandes sumas de dinero en efectivo, que son el resultado de actividades criminales, son "estructuradas" o divididas en cantidades inferiores al límite de dólares a partir del cual las transacciones son reportadas a las autoridades competentes. Los fondos pueden ser depositados, transferidos telegráficamente, o usados para adquirir otros instrumentos monetarios.
b.- Complicidad de un Funcionario u Organización: Individualmente, o de común acuerdo, puede suceder que uno o varios empleados inescrupulosos o negligentes de algunas instituciones financieras o comerciales faciliten la legitimación de capitales al aceptar a sabiendas grandes depósitos en efectivo, sin solicitar la información necesaria para procesar este tipo de transacciones o colocando en éstos datos falsos o exceptuando incorrectamente a los clientes de llenar los formularios requeridos, etc.
Esta técnica permite al legitimador evitar la detección asociándose con la primera línea de defensa contra la legitimación de capitales, esto es, con un empleado inescrupuloso o negligente de una institución financiera.
c.- Mezclar: En esta técnica, el legitimador de capitales
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