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Derecho Bancario Y Bursatil


Enviado por   •  11 de Septiembre de 2014  •  864 Palabras (4 Páginas)  •  701 Visitas

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.1 Ubicación y concepto del derecho bancario y bursátil. Según Joaquín Rodríguez Rodríguez “el derecho bancario es el derecho de las empresas bancarias que realizan en masa la intermediación en operaciones de crédito”. Esta concepción elimina la autonomía del derecho bancario ya que al establecerlo como un derecho de las empresas, lo circunscribe al derecho mercantil. Por su parte, miguel Acosta Romero, establece que “el derecho bancario es el conjunto de normas jurídicas reguladoras de las relaciones entre particulares y entre las autoridades, nacidas del ejercicio de la actividad crediticia y bancaria, o asimiladas a éstas y aquellas, en cuanto a su disciplina jurídica y ejecución judicial y administrativa”. Por lo tanto, Acosta romero, lo concibe como un subsistema del sistema financiero mexicano integrado por las autoridades que vigilan la conformación y el funcionamiento de las entidades financieras para proteger a los usuarios de dichas entidades. Rogelio Guzmán Olguín, olvidándose también de definir al derecho bursátil, dice que el derecho bancario “es la rama del derecho público que regula la intermediación profesional en el comercio del dinero y el crédito, así como la organización, estructura y funcionamiento del sistema bancario y la forma en que el Estado ejerce la rectoría de dicho sistema” Así, podemos definir el derecho bancario y bursátil (DByB) como la parte del derecho financiero privado que estructura sistemáticamente las normas jurídicas que regulan los términos y condiciones en que la autoridad financiera competente, autoriza, supervisa y vigila la constitución, organización y funcionamiento de las entidades bancarias y bursátiles en beneficio y protección directa del público usuario e indirectamente de la sociedad.

1.2 Regulación por normas del derecho público y privado. El derecho bancario y bursátil tiene, como el derecho financiero, convivencia de normas de derecho público (autorizaciones, revocaciones, escisiones, funciones, delitos, supervisión, prohibiciones) y privado (constitución de las instituciones bancarias y bursátiles como sociedades anónimas <LGSM>, y realizan actos de comercio <Código de Comercio>) en ordenamientos de carácter sectorial (sector del mercado financiero: sector bancario y sector bursátil.

1.2.1 Normas de carácter público. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) es la máxima autoridad en el sistema financiero mexicano, por lo que puede otorgar o revocar la autorización para que las entidades financieras puedan funcionar. La Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) interviene administrativa o gerencialmente a las entidades que tengan problemas de capitalización. Esas cuestiones tienen que regularse por normas de derecho público en la medida en que las actividades de dichos entes trascienden las relaciones entre particulares y redundan en el público ahorrador o inversionista. También, por medio de estas normas se

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