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DERECHO BANCARIO Y BURSATIL


Enviado por   •  6 de Marzo de 2014  •  3.335 Palabras (14 Páginas)  •  1.773 Visitas

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INDICE

I.- INTRODUCCIÓN.

II.- CUADRO COMPARATIVO DONDE EXPLIQUE DIFERENCIAS SUBSTANCIALES ENTRE BANCA DE DESARROLLO Y LA BANCA MULTIPLE, INCLUUYENDO LOS SERVICIOS QUE PRESTA CADA UNO.

III.- CUADRO COMPARATIVO DONDE SEÑALE LAS SEMEJANZAS Y DIFERENCIAS ENTRE LAS DIVERSAS ORGANIZACIONS AUXILIARES DE CRÉDITO (ALMACENES GENERALES DE DEPÓSITO, ARRENDADORAS FINANCIERAS, EMPRESAS DE FACTORAJE FINAncIerO, UNIONES DE CRÉDITO, SOCIEDADES DE AHORRO, PRESTAMOS Y CASAS DE CAMBIO).

IV.- Explicara Ampliamente como opera la oferta y la demanda en la bolsa mexicana de valores.

I.- INTRODUCCIÓN.

Primeramente y a manera de introducción, debemos señalar que un banco es un establecimiento que se dedica principalmente a captar recursos del público para realizar operaciones activas de crédito; en ese sentido, se establece que el servicio de banca y crédito, es la actividad principal que realizan los bancos como instituciones de intermediación financiera y conforme a la Ley de Instituciones de Crédito, y esto se refiere a los créditos que las instituciones de crédito le otorgan a las personas, empresas y al Gobierno, que demandan recursos en el mercado y están dispuestos a pagar los intereses correspondientes. El servicio de banca y crédito sólo puede prestarse por instituciones de crédito, que pueden ser las Instituciones de banca múltiple y las Instituciones de banca de desarrollo, entre otras, integrantes del Sistema Bancario Mexicano.

Del mismo modo, las organizaciones auxiliares del crédito, son aquellas instituciones de crédito que participan en la actividad financiera facilitando las operaciones de crédito y coadyuvando a un mejor funcionamiento del sistema financiero en general.

Así también la Bolsa de Valores representa el Juego Financiero más popular dentro de la economía mundial en donde, en cuestión de minutos, se puede convertir en un millonario o en el hombre más pobre, material o económicamente hablando. Este es el Mercado Bursátil, sin más preámbulo, procedemos a analizar de manera general lo anteriormente señalado.

II.- CUADRO COMPARATIVO DONDE EXPLIQUE DIFERENCIAS SUBSTANCIALES ENTRE BANCA DE DESARROLLO Y LA BANCA MULTIPLE, INCLUUYENDO LOS SERVICIOS QUE PRESTA CADA UNO.

BANCA MÚLTIPLE BANCA DE DESARROLLO

Las instituciones de banca múltiple son sociedades anónimas facultadas para realizar operaciones de captación de recursos del público y de colocación de éstos en el propio público. Estas operaciones se denominan servicios de banca y crédito. A estas instituciones se les conoce también como bancos comerciales. Las instituciones de Banca de Desarrollo son entidades de la Administración Pública Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propios, constituidas con el carácter de sociedades nacionales de crédito, cuyo objetivo fundamental es el de facilitar el acceso al financiamiento a personas físicas y morales; así como proporcionarles asistencia técnica y capacitación en los términos de sus respectivas leyes orgánicas..

Se rige por sus estatutos. Se rige por su ley orgánica y el reglamento

Es llamada banca privada. Es la banca de primer piso Banca comercial. Es la banca de segundo piso

Pueden realizar todas las actividades conforme a la ley de instituciones del crédito. Art. 46 Pueden realizar todas las actividades conforme a la ley de instituciones del crédito. Art. 46 además de las contenidas en su ley orgánica

Se crea por acuerdo de voluntades Se crea por voluntad del congreso de la unión.

Necesita autorización de la CNBV, SHCP además de la opinión del Banco de México. No necesita autorizaciones.

Su capital social está representado por títulos de crédito. La SHCP es la encargada de realizar la interpretación de la ley aplicable en ambos casos.

Se lleva un registro en la banca múltiple, el libro de registro de acciones y la banca de desarrollo, el libro de de registro de CAPS. Su capital mínimo se debe encontrar íntegramente pagados

Existe un limitativa en cuanto a la adquisición de acciones; banca múltiple (más del 2% necesita autorización y de igual manera el 5 % permiso de la CNBV y oyendo al Banco de México, de igual manera el 20%).en el caso de la banca múltiple existe restricción en cuánto adquirir más del 34% y este no podrá exceder más del 5 %.

LEGISLACIÓN APLICABLE.

Art. 6 En lo no previsto por la presente Ley y por la Ley Orgánica del Banco de México, por otro lado a las Instituciones de Banca Múltiple se les aplicará la legislación en el orden siguiente: I. La legislación mercantil; II. Los usos y prácticas bancarios y mercantiles, y III. La legislación civil federal. IV. La Ley Federal de Procedimiento Administrativo respecto de la tramitación de los recursos a que se refiere esta Ley, y V. El Código Fiscal de la Federación respecto de la actualización de multas. LEGISLACIÓN APLICABLE .

Ley de instituciones de crédito y por la Ley Orgánica del Banco de México .

Las instituciones de banca de desarrollo, se regirán por su respectiva ley orgánica.

REGULACIÓN Y AUTORIDADES QUE SANCIONAN A LA BANCA MÚLTIPLE .

La Comisión Nacional Bancaria y de Valores, con aprobación de su Junta de Gobierno, después de escuchar a la institución de banca múltiple afectada, así como la opinión del Banco de México y del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario, podrá declarar la revocación de la autorización que le haya otorgado a aquélla para organizarse y operar con tal carácter.

La banca de desarrollo se integra actualmente por seis sociedades nacionales de crédito y la Financiera Rural: -Nacional Financiera, S.N.C. (NAFIN). -Banco Nacional de Comercio Exterior, S.N.C. (BANCOMEXT). -Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, S.N.C. (BANOBRAS). -Banco Nacional del Ejército, Fuerza Aérea y Armada, S.N.C. (BANJERCITO). -Sociedad Hipotecaria Nacional, S.N.C. (SHF). -Banco del Ahorro Nacional y Servicios Financieros, S.N.C. (BANSEFI). -Financiera Rural.

Las instituciones de Banca Múltiple de acuerdo a la LIC, sólo pueden realizar las siguientes operaciones pasivas:

Recepción de depósitos bancarios de dinero a la vista, depósitos retirables en días preestablecidos, depósitos de ahorro y a plazo o con previo

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