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Derecho Comercial.


Enviado por   •  24 de Mayo de 2013  •  1.350 Palabras (6 Páginas)  •  1.364 Visitas

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Definición, concepto y actos de comercio.

1. Definición del Derecho Comercial.

El Derecho mercantil o Derecho comercial es una rama del Derecho privado que regula el conjunto de normas relativas a los comerciantes en el ejercicio de su profesión, a los actos de comercio legalmente calificados como tales y a las relaciones jurídicas derivadas de la realización de estos. Esto es, en términos amplios, es la rama del Derecho que regula el ejercicio del comercio.

Se entiende por Derecho Comercial a los reglamentos y estatutos que rigen a toda persona, natural o jurídica que desarrolle alguna actividad que reporte algún bien económico, esto último se entiende que es al acercamiento de los bienes del productor hacia el consumidor, a cambio de algo que tenga valor económico, este acercamiento es conocido como COMERCIO.

2. Objeto del Derecho Comercial.

Se trata, por lo tanto, de una rama del Derecho Privado (frente a la cual el Derecho civil se erige como Derecho común) cuyo objeto puede definirse según un criterio objetivo o un criterio subjetivo. El criterio objetivo hace referencia al comercio o a los actos de comercio, mientras que el criterio subjetivo es el que se refiere a la persona que tiene la calidad de comerciante.

En la mayoría de las legislaciones, una relación se considera comercial, y por tanto sujeta al Derecho mercantil, si es un acto de comercio. El Derecho mercantil actual se refiere a estos actos, de los que lo son intrínsecamente, aunque en muchos casos el sujeto que los realiza no tenga la calidad de comerciante (sistema objetivo); sin perjuicio de ello, existen ordenamientos jurídicos en que el sistema es subjetivo, con base en la empresa, regulando tanto su estatuto jurídico, como el ejercicio de la actividad económica, en sus relaciones contractuales que mantienen los empresarios entre ellos y con terceros.

En la actualidad el Derecho comercial sufre una importante evolución con las nuevas formas de contratación, dando más amplitud a las definiciones de Derecho comercial al abarcar otros negocios jurídicos (compra on line) y otras formas de contratación (contratación en masa o en serie, también conocida como contratación en cadena).

3. Carácter objetivo y subjetivo del Derecho comercial.

• Derecho mercantil subjetivo sujeto del derecho que realiza ciertas actividades características o al acto de comercio, es la facultad que tiene una persona para exigirle a otra una determinada conducta. El acto subjetivo de comercio es la noción de la cual se vale el sistema jurídico para completar el proceso de delimitación de la materia mercantil, asentada principalmente en el acto objetivo de comercio.

• Derecho mercantil objetivo es el conjunto de normas, preceptos, atributivos e imperativos, reglas que además de imponer deberes, conceden facultades, para garantizarle al hombre y a la comunidad el logro de sus fines.

4. Concepto de actos de comercio.

Un acto de comercio es un concepto jurídico utilizado para deslindar el campo de actuación del Derecho mercantil con respecto al Derecho civil (como Derecho común).

Son todos los actos de naturaleza privada que tiene por objeto crear, transferir, modificar o extinguir derechos u obligaciones y que tiene como objetivo principal obtener un lucro.

5. Noción general de actos de comercio.

Antes de abordar lo que es el acto de comercio es importante recordar que como tal, no es otra cosa que un acto jurídico, por lo que se mencionará brevemente lo que es el Acto Jurídico, para posteriormente entrar de lleno a la materia que nos ocupa.

El acto jurídico es la exteriorización de la voluntad para producir consecuencias de derecho estando presente el ser humano para producirlas.

De lo anterior, se concluye que el acto de comercio no es otra cosa que una acto jurídico enfocado en el ámbito mercantil. Para lo cual distintos autores nos dan su opinión al respecto. Felipe de J. Tena (1977) dice que:

"El acto de comercio serán los actos que pertenecen a dicha industria y habrán de consistir en operaciones de interposición o mediación, por las que se adquiere de una persona para transmitirlo a otra, un bien en donde se ve que el concepto de interposición son dos operaciones diversas: una inicial de adquisición y otra final de enajenación, siendo tan comercial la una como la

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