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DERECHO COMERCIAL


Enviado por   •  12 de Abril de 2013  •  6.047 Palabras (25 Páginas)  •  351 Visitas

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INTRODUCCION.

Dentro de todas las ramas del derecho, el derecho comercial ha sido de los más importantes tanto ahora como en el transcurso de los tiempos ya que el mundo se mueve de acuerdo al intercambio económico y por ende el comercio, aunque hay que tener en cuenta que la historia del derecho comercial y la historia del comercio son total mente diferentes. Trae por consiguientes leyes, derechos, y deberes que se deben tener en cuenta por tal motivo se quiere dar un ensayo de la evolución histórica del derecho comercial en Colombia y a nivel global y los cambios que se han presentado en el.

Para la realización de este ensayo se han realizado varias lecturas que tienen referencia al derecho comercial y especial en lo referente a la historia de esta rama jurídica recolectando información analizándola y dando un punto de vista del comportamiento de este al pasar de los tiempos.

Se pretende con este trabajo plasmar información general y de gran importancia de la historia del derecho comercial y las etapas que ha tenido tanto a nivel mundial como en Colombia y la importancia de su evolución.

HISTORIA DEL DERECHO COMERCIAL A NIVEL MUNDIAL.

La historia del derecho comercial no debe ser confundida con la historia del comercio, pues esta última nace desde que se evidencia en el hombre la necesidad de intercambiar productos con otros semejantes, para satisfacer sus necesidades y el surgimiento del Derecho Comercial como disciplina autónoma se presenta en la edad media; razón por la cual la existencia de algunas normas jurídicas que aparecieron, inclusive siglos antes del surgimiento del Imperio Romano, pueden llegar a constituir a lo sumo sus remotos antecedentes, pero de ninguna manera constituyen un sistema de normas y principios que permitan inferir que se trate de una disciplina homogénea y autónoma.

El Derecho Comercial vigente es el resultado de una evolución histórica. Para comprenderlo mejor es necesario conocer en qué forma nació, como fue cambiando su contenido y como evolucionaron sus institutos hasta llegar a su estado actual. Las normas vigentes encuentran su explicación analizando sus orígenes históricos.

En la antigüedad no existió un Derecho especializado para regular la materia comercial. Si bien existía tráfico mercantil, este era regido por normas jurídicas indiferenciadas. A lo largo de la historia podemos observar la participación del derecho comercia por ejemplo en las civilizaciones antiguas existieron normas jurídicas que regularon actividades comerciales y no configuraban, sin embargo, un derecho especializado, una rama separada del Derecho Común.

Relaciones mercantiles en la antigüedad

Está debidamente comprobado que los pueblos de la antigüedad tales como los egipcios, babilonios, asirios, fenicios y griegos, debieron adoptar normas reguladoras en las que es posible encontrar rudimentos de instituciones del Derecho Comercial.

En Egipto no se han encontrado vestigios de instituciones comerciales a pesar de que su pueblo sostuvo un intenso intercambio con la India. Las actividades primordiales de los egipcios eran el pastoreo y la agricultura. El comercio era ejercido por extranjeros caldeos, judíos y Griegos.

En la Civilización que floreció en las márgenes del Tigris y el Éufrates , no hay duda de que con anterioridad al siglo XX antes de Cristo, había una actividad comercial muy activa y avanzada. En el código de Hamurabi (promulgado veinte siglos antes de Cristo, en tanto que el Decálogo de Moisés data del siglo catorce antes de Cristo) se encuentran disposiciones sobre préstamo a interés, el depósito, algunas formas de comisión, arrendamiento de barcos, responsabilidad del dueño de la nave y del barquero y el abordaje.

A partir del S.XI A.C. , insurgieron los semitas que poblaban a Siria y Palestina, entre los cuales se destacaron los fenicios, navegantes y mercaderes que fundaron ciudades en las costas del Mediterráneo, pero se desconocen sus instituciones jurídicas. En la isla de Rodas colonizada por ellos, se promulgaron las leyes Rodias algunas de cuyas disposiciones incorporaron los romanos en el Digesto (Lex Rodia iactu). En ellas se han encontrado estudios sobre averías marítimas pues el cargador y el armador de un buque debían contribuir para reparar al promotor de una expedición cuyas mercaderías habían sido arrojadas al mar para aligerar la nave y salvarla .

La accidentada geografía de la Península Helénica facilitó la división política de puertos y plazas donde se llevaba a cabo un intenso intercambio comercial. En ellos se crearon instituciones como el nauticum foenus, consistente en una modalidad de préstamo vinculado a la suerte que corriera una expedición marítima, gérmen de lo que posteriormente vino a llamarse préstamo a la gruesa ventura. Pero los griegos no legaron esquemas jurídicos sino relatos de operaciones mercantiles.

Por otro lado se puede tocar el tema de ROMA; donde los romanos crearon un sistema jurídico muy evolucionado que continúa siendo fundamento de diversas instituciones del Derecho Privado, pero no tuvieron un cuerpo especial de reglas de carácter comercial por cuanto la clase patricia detentadora del poder desde los orígenes de Roma hasta su extinción, se integraba mayoritariamente por terratenientes que daban especial importancia a la agricultura, considerando que el comercio y la industria eran actividades propias de esclavos y libertos; porque en el régimen esclavista las relaciones entre el amo y el esclavo no eran jurídicas sino de hecho circunscritas a aspectos administrativos y de contabilidad; porque las relaciones entre los romanos y los extranjeros eran reguladas por el IUS GENTIUM, dotado de flexibilidad y adaptabilidad que le permitían satisfacer los requerimientos de simplicidad y rapidez del tráfico mercantil; porque fueron características del Derecho Romano la prevalencia de la buena fe, el reconocimiento de los usos mercantiles, el riguroso procedimiento de ejecución por deudas, y por sobre todas, el Pretor fue revestido de facultades legislativas que le permitieron adaptar las instituciones jurídicas a las exigencias del tráfico comercial y a la evolución de necesidades de la vida social, formándose así el IUS PRAETORIUM u HONORARIUM.

Fue tiempo después de ejercer la Roma Imperial su dominio sobre toda la cuenca del Mediterráneo cuando se estructuraron los contratos de representación , las reglamentaciones marítimas, las instituciones bancarias y de cuentas como el receptum argentarían, contrato en virtud del cual el banquero se comprometía a pagar las deudas de su cliente,

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