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Derecho Comercial


Enviado por   •  31 de Julio de 2013  •  39.727 Palabras (159 Páginas)  •  314 Visitas

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DERECHO COMERCIAL

UNIDAD 1

 Evolución histórica

La materia que hoy conocemos como derecho comercial nace en los siglos XII y XIII. Aunque el intercambio de bienes es muy anterior, a partir de ese momento histórico recién se desarrolla un específico grupo de normas para regular la actividad comercial. La existencia de códigos de comercio independiente del código civil se da recién a mitad del siglo XX.

Las primeras normas fueron consuetudinarias. Nacen, ante los requerimientos del tráfico mercantil insatisfechos por la legislación común. Con el paso de tiempo estas reglas fueron compiladas en estatutos, adquiriendo de esta forma certeza y seguridad.

Durante la Edad Media, se advierte un notable florecimiento del comercio, impulsado muy especialmente por las ciudades italianas. A consecuencia de la caída de Roma, cada región y ciudad tuvo que hacer frente a la situación con sus propios recursos; y en muchas de estas ciudades el gobierno quedó en manos de corporaciones gremiales. El espíritu comercial que las animaba las impulsó a acometer grandes empresas de carácter mercantil. Estas nuevas relaciones y negocios jurídicos exigen nuevas normas jurídicas, por lo que las corporaciones comienzan a interesarse en la regulación de los negocios mercantiles. Nace y se afirma el Derecho Comercial como derecho autónomo.

Pero toda esta legislación se aplicó al principio únicamente a la clase de los comerciantes; es decir, tuvo un carácter esencialmente profesional. La disciplina de los estatutos y la competencia de los jueces no se extendían a quienes no formaban parte de las corporaciones de mercaderes.

Pero ya según los estatutos, no bastaba para determinar la competencia de los cónsules la sola calidad comercial profesional de los litigantes. Era preciso, además, que la controversia fuese atinente al ejercicio de la profesión; y con el propósito de delimitar el ámbito de la jurisdicción de las magistraturas consulares, los estatutos comienzan a establecer algunos elementos conceptuales relativos a los actos y operaciones que han de considerarse mercantiles.

Luego el comercio comenzó a generalizarse (sXVIII) y la jurisdicción consular comenzó a extenderse. Dichos tribunales comenzaron a entender paulatinamente en asuntos en los que intervenían personas que no eran comerciantes, y que ocasionalmente habían contraído vínculos comerciales con mercaderes. Se inicia con ésta práctica el tránsito de los criterios de comercialidad subjetivos hacia los criterios objetivos que aparecen consagrados en la mayoría de las legislaciones modernas. El paso decisivo lo da el código de comercio francés de 1808.

 Contenido actual del Derecho Comercial.

El incremento de los negocios provocó la aparición del crédito y la consecuente constitución de una serie de instrumentos o títulos de crédito que han ido paulatinamente independizándose de las causas que les dieron origen para transformarse en valores autónomos y aptos para originar por sí nuevas operaciones.

Esto trajo como consecuencia la creación de Bancos y otras instituciones crediticias. La complejidad creciente de las industrias y de los seguros, el nacimiento de nuevos tipos de sociedades (anónimas, de responsabilidad limitada, de economía mixta), ha requerido disposiciones legales adecuadas a su naturaleza.

En los años que corren puede observarse una nueva fase de la evolución del Derecho mercantil. La conjunción del llamado “derecho social” con el derecho mercantil, va imprimiendo a éste último su fisonomía actual. La tendencia corporativa manifestada en muchos países durante esto últimos años determina un regreso al sistema subjetivo del orden mercantil profesional. Hoy ya se haba francamente del derecho comercial como del “derecho de la economía organizada” y de la empresa.

La intervención creciente del Estado en la economía privada, con el aumento de los monopolios, la creación de empresas estaduales y la competencia a las empresas privadas y, finalmente, la política de planificación seguida por muchos gobiernos, contribuyen a dar la nueva fisonomía al moderno derecho comercial.

 La especialidad y universalidad del der comercial

El der comercial es especial en cuanto a sus fuentes, sus principios que se estructuran orientados a facilitar el comercio, asegurar el cumplimiento de las transacciones, liberarlas de las pesadas reglas comunes, proteger el crédito, etc.

Un derecho especial, esto es, un conjunto orgánico de principios y normas aplicables a determinadas relaciones, surge cuando las peculiaridades técnicas de las relaciones regulables exigen la implantación de principios jurídicos distintos de los imperantes sobre las relaciones comunes. Pero muchas veces ocurre que la fuerza de las cosas provoca su expansión, y de tal modo comienzan a regir fuera de su campo primitivo, hasta convertirse en normas generales.

Pero a su vez tiende a la universalidad, ya que busca que las reglas jurídicas que lo regulan se extiendan de manera uniforme.

Estas dos características estaban presentes ya desde su origen.

 La unidad del derecho privado y la unificación legislativa.

- El derecho privado y su unidad.

El der civil y el der comercial son las ramas constitutivas del derecho privado, que a diferencia del der publico, se ocupa de regir relaciones jurídicas privadas.

Si bien ambas ramas son especiales con relación al derecho privado, son a la vez generales en el sentido de que constituyen complejos orgánicos de principios y normas aplicables a relaciones bien determinadas.

- La autonomía del Derecho Comercial.

En tres sentidos puede hablarse de autonomía de una rama del derecho:

a) Científica y didáctica: en cuanto el estudio de esa rama pueda o deba constituir una materia especial de investigación y de enseñanza.

b) Jurídica: en cuanto las normas atinentes a esa materia forman un sistema que, si bien queda encuadrado dentro del sistema general del derecho, presenta rasgos peculiares y distintivos.

c) Legislativa: en cuanto las leyes relativas a dicha materia deban ser coordinadas en un cuerpo separado de normas.

No siempre las tres acepciones se manifiestan coincidentes.

En

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