EMPRESAS DE SEGURO PERSONALES Y GENERALES.
Alejandro CallaTrabajo10 de Octubre de 2016
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EMPRESAS DE SEGURO PERSONALES Y GENERALES
Introducción: ........ ¿QUÉ ES UN SEGURO?
El seguro es un mecanismo mediante el cual una empresa autorizada por la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) –denominada o llamada “ASEGURADOR” y especializado en administración de riesgos es obliga a indemnizar un daño o a cumplir con la prestación convenida a una persona natural o jurídica -denominada o llamado “ASEGURADO” o “TOMADOR DEL SEGURO” quien, a cambio de dicha obligación, debe pagar un monto de dinero denominado “PRIMA”.
Principios del seguro: Principio de Solidaridad Humana
La actividad de seguros se basa en el reparto del daño entre un número elevado de personas que están amenazadas por el mismo peligro y que responden ante él de modo solidario.
El pago de una PRIMA de seguro garantiza la protección de personas y bienes ante los daños causados por la ocurrencia de una situación concreta (por ejemplo, un accidente de tráfico), o por darse una determinada circunstancia (por ejemplo, llegar a la edad de jubilación).
La aseguradora recibe primas de distintas personas que se aseguran ante la misma situación; por lo tanto, cuando ocurre la circunstancia prevista todas las personas que han pagado la prima contribuyen a la solución del problema del afectado.
La “eficacia social” del seguro reside en: La recaudación de primas: permite constituir importantes volúmenes de fondos que contribuyen a la generación de riqueza de un país. Las indemnizaciones: permiten, en la medida de lo posible, recuperar el modo de vida que se tenía antes de sufrir una pérdida accidental.
Actividad económica y financiera:
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- La aseguradora percibe unas PRIMAS y a cambio, genera indemnizaciones que son masas económicas.
- Logra una redistribución de capitales, es decir, emplea los recursos económicos generados por todos los asegurados en aquellas situaciones de necesidad individual.
- Invierte sus fondos, bajo control legal, para obtener beneficios, mejorar las prestaciones a los asegurados y tener mayor solidez como empresa. Algunos compromisos de la entidad de seguros son a largo plazo (por ejemplo, proporcionar rentas de jubilación) y tendrá que realizar las inversiones adecuadas que permitan abonar la prestación en el futuro.
Es muy importante destacar que la entidad aseguradora no puede realizar inversiones de cualquier forma; debe cumplir con una serie de requisitos legales a fin de garantizar sus compromisos y, además, sus operaciones están sujetas a control por parte de los organismos estatales.
Actividad de Servicios:
Cuando un individuo paga una prima de seguros no recibe nada material a cambio; sino lo que recibe es un compromiso de servicio futuro en el momento en el que se produzca la situación establecida en el contrato. Por lo tanto, la actividad aseguradora es fundamentalmente una actividad de servicios.
A su vez, la actividad aseguradora utiliza muchos otros servicios profesionales como, por ejemplo, reparadores, médicos, abogados, peritos, conductores, gestores, etc.
Funciones y objetivos:
- SEGUROS GENERALES: La aseguradora paga a la persona por los daños a sus bienes o patrimonio asegurados ocasionados por cualquier siniestro o suceso directo o indirecto.
- SEGUROS DE FIANZAS: La aseguradora (afianzador) paga al beneficiario los daños ocasionados por el incumplimiento del asegurado (afianzado) a sus obligaciones legales o establecidas en contratos, de acuerdo a los límites acordados en la póliza.
- SEGUROS DE PERSONAS: La aseguradora paga, o reembolsa, los gastos médicos del asegurado o indemniza a los familiares de éste, en caso de muerte, de acuerdo al monto establecido en la póliza.
La empresa aseguradora no estará en su obligación de la devolución del objeto o mercancía o la de derogar el monto monetario solicitado por el asegurado en el caso que se demuestre que el mismo estaba cometiendo o encubriendo algún acto ilícito por ley.
Regularizadores, reglamentos y obligaciones:
- Según en el artículo 12 de la ley N0 1883 de la ley de Seguros de la rep. de Bolivia.- Obligaciones de las entidades aseguradoras y reaseguradoras. (ANEXOS-1)
En Bolivia existen varias empresas de seguros las cuales prestan sus servicios en seguros las cuales se reglamentan principal mente en:
- La ley No 1138 “LEY DE SEGUROS DE LA REPUBLICA DE BOLIVIA” aprobada el 25 de junio de 1998 por el Sr. Gral. Presidente Hugo Banzer Suarez
- La ley N0 14379 “CODIGO DE COMERCIO” aprobada el 25 de febrero de 1977 por el Sr. Gral. Presidente Hugo Banzer Suarez y modificada por la ley N0 466 en su artículo 126 del 26 de diciembre del 2013 por el Sr. Presidente Evo Morales Ayma, en la sección VIII , capitulo II
- DECRETO SUPREMO Nº 27295 “Seguros obligatorios” aprobado por el Sr. Presidente Carlos D. Mesa Gisbert.
- La ley Nº 365 ley de 23 de abril de 2013 “MODIFICACIONES AL CODIGO DE COMERCIO” Sr. Presidente Evo Morales Ayma
También existen distintas instituciones que supervisan a dichas organizaciones y a sus clientes o usuarios como ser:
- Autoridad Supervisora del Sistema Financiero “A.S.F.I.”
- Asociación Boliviana de Aseguradores “A.B.A.”
- Autoridad de fiscalización y control de Pensiones y seguros “A.P.S.”
- Ministerio de Economía y Finanzas Publicas
Dichas empresas se dividen en 2 distintos servicio que son los:
- Compañías de seguros y fianzas
- Compañías de seguros personales
Mercado de oferentes:
En la actualidad, y dentro del marco de referencia de los paises desarrollados, el mercado asegurador realiza su actividad en un entorno de mercado libre, regulado por las leyes del estado o trasnacionales, como es el caso de los paises de la Unión Europea.
Un mercado es el comercio público de compra y venta de productos y servicios y, como tal, el de seguros opera en una economía de libre competencia, gobernado por las leyes de la oferta y la demanda, donde vendedores y compradores actúan con libertad dentro del marco regulatorio, pero supervisados por organismos públicos.
COMPAÑIAS DE SEGUROS GENERALES Y FIANZAS[pic 2]
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COMPAÑIAS DE SEGUROS DE PERSONAS[pic 8]
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Las diferentes empresas de seguros tienen a ofrecer una cartera muy variada de servicios estas según sus funciones o requerimientos del cliente que necesite él o su empresa, estos son :
Seg. Generales :
- En los seguros generales y sus diferentes servicios se incluyen también los llamados de fianzas que son aquellos que están en la actividad aseguradora en los que la obligación del asegurador consiste en la prestación de un servicio al asegurado; en ocasiones también recoge la obligación de otorgar una indemnización económica. Entre estos seguros se encuentran, principalmente, los de defensa jurídica, asistencia en viaje y decesos [pic 15]
- seg. de Incendios: Garantiza al asegurado la indemnización en caso de incendio de los bienes determinados en la póliza o la reparación o reposición de las piezas averiadas, incluyendo los daños producidos en la extinción.
- Seg. de Responsabilidad Civil: La compañía aseguradora se compromete a indemnizar al asegurado del daño que pueda experimentar su patrimonio a consecuencia de la reclamación que le efectúe un tercero.
Algunos hechos expresamente incluidos en la cobertura de responsabilidad civil son, entre otros muchos, los derivados de:
- El asegurado en su condición de cabeza de familia y de las personas de quienes debe responder.
- Como propietario o inquilino de viviendas dedicadas a residencia del asegurado.
- Daños a consecuencia de agua, incendio o explosión, causados a terceros.
- Por actos u omisión del personal doméstico.
- Poseedor de animales domésticos.
- Seg. de Automóvil: Se basa en la prestación de indemnizaciones derivadas de accidentes producidos a consecuencia de la circulación de vehículos a motor.
El seguro del automóvil tiene por objeto, fundamentalmente, reparar o indemnizar los daños accidentales producidos en los vehículos de terceros y en el vehículo asegurado.
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