Ejemplo de reglamento interno de trabajo
seredu11Tarea27 de Agosto de 2015
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GUIE’NAXHI
Capítulo I
1.- El presente reglamento interno de trabajo prescrito por la empresa GUIE’NAXHI domiciliada __________ en _________________ de la ciudad de Tehuantepec Oaxaca y sus disposiciones quedan sometidas tanto la empresa como todos sus trabajadores, celebrados o que se celebren con todos los trabajadores, salvo estipulaciones en contrario, que sin embargo sólo pueden ser favorables al trabajador.
2.- El presente reglamento es de observación obligatoria tanto para la Empresa como para los trabajadores a su servicio incluyendo, desde luego, a todos los trabajadores que ingresen con posterioridad a la fecha de depósito del mismo.
3.- El personal de la Empresa está obligado a cumplir también con las disposiciones de orden técnico y administrativo que dicte la misma, las cuales serán dadas a conocer a través de los medios adecuados para el caso.
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Capitulo II
Condiciones de admisión
ART.1 --Quien aspire a desempeñar un cargo en la empresa GUIE’NAXHI debe hacer la solicitud por escrito para su registro como aspirante y acompañar los siguientes documentos:
- Cédula de ciudadanía o tarjeta de identidad según sea el caso.
- Autorización escrita del Ministerio de la protección Social o en su defecto la primera autoridad local, a solicitud de los padres y, a falta de estos, el defensor de familia, cuando el aspirante sea menor de dieciocho (18) años.
- Certificado del ultimo empleador con quien haya trabajado en que conste el tiempo de servicio, la índole de la labor ejecutada y el salario devengado
- Certificado de personas honorables sobre su conducta y capacidad y en su caso del plantel de educación donde hubiera estudiado
PAR-El empleador podrá establecer en el reglamento, además de los documentos mencionados, todos aquellos que considere necesarios para admitir o no admitir al aspirante son embargo, tales exigencias no deben incluir documentos, certificaciones o datos prohibidos expresamente por las normas jurídicas para tal efecto así, es prohibida la exigencia de la inclusión en formatos o cartas de solicitud de empleo ‘’Datos acerca del estado civil de las personas, número de hijos que tenga, la religión que profesan o el partido político al cual pertenezcan’’
Perdido de prueba
ART. 2—La empresa una vez admitido el aspirante podrá estipular con el su periodo inicial de prueba que tendrá por objeto apreciar por parte de la empresa, las aptitudes, del trabajador y por parte de este, las conveniencias de las condiciones del trabajo.
ART. 3—El periodo de prueba no puede exceder de los (2) meses. En los contratos de trabajo a término fijo, cuya duración sea inferior a 1 año, el periodo de prueba no podrá ser superior a la quinta parte del término pactado para el respectivo contrato, sin que pueda exceder de dos meses.
Cuando entre un mismo empleador y trabajador se celebran contratos de trabajo sucesivos, no es válida, no es válida la estipulación del periodo, salvo para el primer contrato.
ART. 4—Durante el periodo de prueba, el contrato puede darse por terminado unilateralmente en cualquier momento y sin previo aviso, pero si expirado el periodo de prueba y el trabajador continuare al servicio del empleador, con consentimiento expreso o tácito, por ese solo hecho los servicios prestados por aquel a este, se consideraran regulados por las normas del trabajo desde la iniciación de dicho periodo de prueba. Los trabajadores en periodo de prueba gozan de todas las prestaciones.
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Capitulo III
Organización del personal
ART.5—Los trabajadores se clasifican de acuerdo a la duración del contrato en:
a).- Trabajadores permanentes: aquéllos cuya relación de trabajo tiene carácter de tiempo indeterminado conforme al contrato individual de trabajo.
b) Trabajadores temporales: aquéllos que han sido contratados para la ejecución de trabajos temporales o transitorios, ya sea por obra o tiempo determinado, considerando en este caso los contratos como terminados y sin responsabilidad para la Empresa, al modificarse o concluir los objetos que motivaron su celebración.
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Capitulo IV
Lugar y Tiempo de Trabajo.
ART. 6—Los trabajadores iniciarán y terminarán sus labores en los lugares que La Empresa designe y deberán atender a cualquier otra actividad conexa a su ocupación principal.
ART. 7—Al iniciarse la jornada de trabajo diariamente, los trabajadores deberán registrar su entrada de trabajo, la portación correcta del uniforme entonces procederán a instalarse en sus lugares de trabajo.
ART. 8—La jornada semanal de trabajo será de 8 horas tratándose del turno diurno y de 4 horas el turno vespertino. Siempre que no exceda la primera de ocho horas y la segunda de siete.
El horario que regirá en La Empresa será de 7 a.m. a 8 pm de las 7:00 am a las 3:00 pm el turno diurno y de las 4:00 pm a las 8:00 pm el turno vespertino.
De acuerdo con las áreas de trabajo, los horarios específicos serán en términos generales:
Personal de Oficina, de 7:00 am a 3:00 pm
Personal (técnico) de 4:00 pm a 8:00 pm
El horario señalado puede ser modificado por La Empresa por necesidades de la misma, previo aviso de por lo menos 24 horas de anticipación.
Los trabajadores tendrán 1 hora para tomar sus alimentos. En caso de que tomen sus alimentos dentro del centro de trabajo, esté se computará como parte de la jornada de trabajo.
ART. 9—Los trabajadores, sin excepción alguna, deberán estar en sus lugares de trabajo e iniciar sus labores a la hora señalada en el artículo 7; sin embargo; se contará con una tolerancia de 20 minutos pasados los cuales se considerará como retardo al inicio de labores.
ART. 10—Cuando por necesidad justificada, sea necesario prolongar la jornada, los trabajadores deberán contar con la autorización por escrito de La Empresa sin exceder nunca de tres horas diarias ni de tres veces en una semana. Las horas de trabajo extraordinario se pagarán con un ciento por ciento más del salario que corresponda a las horas de la jornada.
ART. 11—Los trabajadores ejecutarán su trabajo con intensidad, cuidado y esmero, apropiados y en la forma, tiempo y lugar convenidos; respetando en todo momento a la Clientela del establecimiento. En caso de algún problema con un cliente, el trabajador dará aviso a su superior para que atienda el asunto.
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Capitulo V
Salario mínimo, convencional, lugar, días, horas de pagos y periodos que lo regulan
ART. 12—EL empleador y el trabajador pueden convenir libremente el salario de sus diversas modalidades como por unidad de tiempo, por obra, o a destajo y por tarea, etc. Pero siempre respetando el salario mínimo legal o el fijado en los aspectos, convencionales, colectivos y fallos arbitrales.
ART. 13—No obstante los dispuesto en los artículos 13, 14, 16, 21 y 340 del Código Sustantivo del trabajo y las normas concordantes con estas , cuando el trabajador devengue un salario ordinario superior a diez (10) salarios mínimos legales mensuales, valoran la estipulación escrita de un salario que además de retribuir el trabajo ordinario, compense de antemano el valor de prestaciones, recargos y beneficios tales como el correspondiente al trabajo nocturno, extraordinario o al dominical y festivo, el de primas legales, extralegales, las cesantías y sus intereses, subsidios y suministros en especie; y, en general, las que se incluyan en la dicha estipulación, excepto en vacaciones.
En ningún caso el salario integral podrá ser inferior al monto de 10 salarios mínimos legales mensuales, más el factor prestacional correspondiente a la empresa que no podrá ser inferior al treinta por ciento (30%) de dicha cuantía.
ART. 14—Este salario no estará exento de las cotizaciones a la seguridad social, ni de los aportes al SENA, ICBF, y cajas de compensación familiar, por la base para efectuar los aportes parafiscales es el setenta por ciento (70%)
ART. 15—El trabajador que desee acogerse a esta estipulación, recibirá la liquidación definitiva de su auxilio de cesantía y demás prestaciones sociales causadas hasta esa fecha, sin que por ello entienda terminado su contrato de trabajo.
ART. 16—Se denomina jornal el salario estipulado por días y sueldo, el estipulado con periodos mayores.
ART. 17—Salvo convenido por escrito, el pago de los salarios se efectuara en lugar en donde el trabajador presta sus servicios durante el trabajo, o inmediatamente después del cese
Ejemplo: Quincenales o Mensuales (uno de los dos o los dos)
ART. 18—El salario se pagara al trabajador directamente o a la persona que le autorice por escrito así:
- El salario en dinero debe pagarse por periodos legales y vencidos. El periodo de pago para los jornales no puede ser mayores de una semana, y para sueldos no mayor de un mes.
- El pago del trabajo suplementario o de horas extras y el recargo por trabajo nocturno debe efectuarse junto con el salario ordinario de periodo en que se han causado o a más tarde con el salario ordinario del periodo en que se han causado o a más tardar con el salario del periodo siguiente.
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Capítulo VI
Días de Descanso y Vacaciones
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