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El Sistema De Coordinación De La Fase III De La UEM: El régimen


Enviado por   •  16 de Diciembre de 2013  •  967 Palabras (4 Páginas)  •  295 Visitas

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5. El sistema de coordinación de la fase III de la UEM: el régimen macroeconómico del euro desde su creación el 01/01/1999

Como se ha explicado anteriormente, el lento proceso de experimentos y los mejoramientos progresivos de la coordinación se aceleraron mucho con la llegada del euro, se agregó un aspecto de economía política específico al hecho de compartir este bien común que es la moneda única para esto las monedas nacionales desaparecieron. Por lo tanto era imprescindible compensar este nuevo riesgo de “free riding” y de pérdida de responsabilidad (“moral hazard”) mediante un reforzamiento adecuado del dispositivo institucional de monitoreo y de coordinación entre los países que comparten la moneda común.

La gobernalidad económica europea se caracteriza por la combinación de tres principios básicos: subsidiaridad, autonomía, y coordinación mediante una vigilancia mutua a nivel regional.

Estos principios se aplican a tres categorías principales de actores independientes que operan a niveles de soberanía y extensión geográfica muy diferentes según los campos considerados, pero cuyas responsabilidades son claramente identificadas:

1. La política monetaria es única y autónoma, es decir supranacional (de tipo federal) y con un objetivo formal impuesto,

2. Las políticas presupuestarias y estructurales se mantienen descentralizadas al nivel nacional (Estados Miembros soberanos) pero son de interés común y por lo tanto están bajo monitoreo mutuo y según procedimientos formales de coordinación.

3. Los mecanismos de fijación de las condiciones laborales (sobre todo los sueldos) quedan en manos de interlocutores sociales autónomos (sindicatos de trabajadores y organismos de empleadores) y operando sin armonización o marco común a nivel comunitario.

Esta combinación funciona en base a un conjunto experimentalmente probado de disposiciones de coordinación que definen claramente la formulación de la política económica y la responsabilidad de los tres principales grupos autónomos El motor de esta fórmula de coordinación es el interés mutuo creciente.

A continuación se recapitula en forma sintética la arquitectura del dispositivo, con sus procedimientos e instrumentos.

1. La política económica sigue siendo responsabilidad de los Estados miembros.

2. Las políticas económicas nacionales son materia de interés común y los Estados miembros la herramienta principal son las orientaciones generales de políticas económicas de los Estados miembros y de la Comunidad. Estas orientaciones son el punto de referencia para ejercer la “vigilancia multilateral”, un proceso colegiado de monitoreo regional, que analiza y evalúa la situación económica y las políticas, mediante informes periódicos presentados por la Comisión, existen disposiciones más específicas para ciertos campos donde se consideró; cuatro áreas especiales los campos presupuestario con los artículos del Tratado y el Pacto de Estabilidad y Crecimiento, las reformas estructurales con el Proceso de Cardiff, las políticas del mercado laboral con el proceso de Luxemburgo y las políticas de sueldos con el proceso de Colonia, garantiza un mínimo de disciplina presupuestaria, esta disciplina fueron precisados con el Pacto de Estabilidad y Crecimiento.

El pacto de Estabilidad y Crecimiento tiene, en efecto,

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