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Ensayo Reforma Contributiva

manolo19829 de Marzo de 2013

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El propósito de este trabajo es poder plasmar y explicar las características más relevantes desde los comienzo de la tributación de ingresos en Puerto Rico. El mismo está divido en tres temas principales. El primero se identifica ¿Cuándo comenzó la tributación de ingresos en Puerto Rico?, y como marco teórico se discutirá ¿Cuál fue la primera Ley de Contribuciones sobre ingresos que fue aprobada por la legislatura de Puerto Rico? El segundo tema enfoca ¿Cuáles fueron los cambios principales introducidos por la “Ley de la Justicia Contributiva del 2006? El último tema está plasmado en ¿cómo el contribuyente considera que la contribución sobre ingresos es “auto impuesta”? y como marco teórico ¿Qué situación contribuye para que las tasa contributivas sean progresivas?

Para poder determinar cuándo comenzó la tributación de ingresos en Puerto Rico tendríamos que conocer el origen de lo que hoy conocemos como hacienda y a su vez quien o quienes fueron los primeros administradores de finanzas en Puerto Rico. En el 1811, el gobierno español aprobó un proyecto que creó la Intendencia. En el 1813, Alejandro Ramírez fue nombrado, por las Cortes de Cádiz, como el primer Intendente en Puerto Rico. Ramírez era economista y administrador de finanzas lo cual ocupó ese cargo hasta agosto de 1816. El 12 de abril de 1900, el Congreso de Estados Unidos aprobó la Ley Foraker, conocida como “Carta Orgánica”. Mediante ésta se estableció el gobierno civil y se creó el cargo de Tesorero de Puerto Rico el cual correspondían los deberes de recaudar y desembolsar los fondos públicos. El 3 de octubre de 1913 se impuso por primera vez le Ley Federal de Rentas. En el 1917, el Congreso aprobó la Ley Jones, conocida como Ley de Relaciones Federales. Esta creó el Departamento de Hacienda y se le añadió al Tesorero el deber de fiscalizar las instituciones bancarias. El 25 de julio de 1952, se aprobó la Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. El Departamento de Hacienda, como se conoce en la actualidad, fue creado bajo el Artículo IV, Sección 6, con el propósito de establecer y encauzar la política fiscal y contributiva. Estos acontecimientos históricos constituyen la base jurídica en la que se desarrolló el sistema tributario de Puerto Rico. Por otra parte gracias a la Ley Federal de Rentas del 1916, conocida como “War Revenue Act” le concedió poderes a nuestra legislatura para enmendar, alterar, modificar o derogar leyes de contribuciones sobre ingresos vigentes en la isla. Base a esto la legislatura amparándose en esos poderes, aprobó la Ley 59 del 4 de diciembre de 1917, “Ley de Contribuciones sobre Ingresos del 1917”. Esta fue la primera ley local que imponía contribuciones sobre ingresos.

Por otra parte bajo la Ley Núm. 117 de 4 de julio de 2006 “Ley de Justicia Contributiva de 2006” enmendó el código de rentas internas en Puerto Rico de 1994, según enmendada a fines de poder establecer nuevas tasas contributivas sobre el ingreso neto sujeto a tributación de los individuos. Añadió un crédito por trabajo “earned income tax credit”, añadir un crédito compensatorio para pensionados de bajos recursos y modificar ciertas deducciones existentes y otros fines. También tuvo enmendó el Subtítulo B de arbitrios generales. El cambio más significativo al Código consistió en añadir el Subtítulo BB impuesto sobre Ventas y Uso (IVU) o como lo conoce algunos de nuestro ciudadanos “ABUSO”.

Sin embargo la mayoría si no la totalidad de los ciudadanos en Puerto Rico expresan que la contribución de ingresos en Puerto Rico es “auto impuesta” por el mero hecho de que es implementada y es cobrada por auto imposición. Nosotros los contribuyentes determinamos el ingreso tributable y la contribución a pagar cuando se efectúa el pago de la planilla. Esto queda en manos del Departamento

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