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Fol unidad 3


Enviado por   •  3 de Marzo de 2020  •  Tareas  •  1.562 Palabras (7 Páginas)  •  191 Visitas

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ACTIVIDAD 1

Responde a las siguientes cuestiones:

 

1.      ¿A cuántos trabajadores, como mínimo deberá despedir una empresa con una plantilla de 220 personas para proceder a un despido colectivo?

El 10 por ciento del número de trabajadores de la empresa en aquéllas que ocupen entre cien y trescientos trabajadores.

En este caso: 10% de 220 = 22 personas

 2.      ¿A qué indemnización tendrá derecho un trabajador que abandona la empresa porque le han modificado su horario de trabajo?

Una vez recibida la notificación por parte de la empresa de la modificación de las condiciones de trabajo, el trabajador podrá: Aceptar la medida o en caso de que resultase perjudicado por la medida, excepto en las modificaciones de sistema de trabajo y rendimiento, el trabajador tiene derecho a rescindir su contrato y percibir una indemnización de 20 días de salario por un año de servicio con un máximo de nueve meses.

3.      Calcula la indemnización que corresponderá a un trabajador afectado por un despido objetivo procedente teniendo en cuenta los siguientes datos:

a.       Salario anual: 12.020,24 euros.

b.      Antigüedad en la empresa: 10 años.

Despido objetivo: 20 días por año trabajado

12.020,24 € / 12 = 1.001,69 €

1.001,69 € / 30 días = 33,38 € salario día

365 días del año * 10 años de antigüedad = 3.650 días

(3.650 días de antigüedad * 20 días de salario por año) / 365 = 73.000 € / 365 días = 200  días indemnizables

200 días indemnizables * 33.38 € al día = 6.676 €

 

4.      Señala cuáles son los derechos que tendrá un trabajador en el caso de ejercer funciones pertenecientes a una categoría superior.

Cuando la movilidad funcional suponga desarrollar funciones superiores al grupo profesional por un periodo superior a 6 meses durante un año o 8 durante dos años, el trabajador/a podrá reclamar el ascenso y la diferencia salarial correspondiente. Por convenio colectivo podrá establecerse otros periodos diferentes.

 

5.      ¿Qué son los salarios de tramitación?

Los salarios de tramitación son las cantidades que el trabajador deja de percibir desde la fecha de despido hasta la notificación de la sentencia que declarase la improcedencia o hasta que hubiera encontrado otro empleo, si tal colocación fuera anterior a dicha sentencia y se probase por el empresario lo percibido, para su descuento de los salarios de tramitación, es decir, mientras se tramita el procedimiento judicial, y  desde la Reforma Laboral de 2012, siempre que el empresario opte por la readmisión.

 6.      ¿Quién es el órgano que intenta llegar a un acuerdo entre las partes cuando tiene lugar un despido?

Si el trabajador/a no está de acuerdo con el despido deberá demandar a el/la empresario/a. En el ámbito laboral, previamente a la demanda es necesario intentar llegar a un acuerdo a través de un procedimiento llamado acto de conciliación.

Este acto se inicia a través de la presentación de una demanda de conciliación ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación, en un plazo de 20 días hábiles desde que se produzca el despido. A continuación, la Autoridad Laboral citará a las partes para llegar a un acuerdo. Si no se produce el acuerdo, el/la trabajador/a tendrá que presentar una demanda en el Juzgado de lo Social en un plazo de 20 días; a este plazo es necesario descontarle los días que pasaran entre el despido y la presentación de la demanda de conciliación.

7.      Señala que tipo de despido se puede aplicar a las siguientes conductas: 

  • Embriaguez: despido disciplinario
  • Falta de adaptación del trabajador a las modificaciones de su puesto: extinción del contrato por causas objetivas
  • Disminución en el rendimiento de trabajo: despido disciplinario (de manera continuada y voluntaria)
  • Abuso de confianza: despido disciplinario 

8.      Si el juez estima un despido como improcedente, ¿qué dos posibilidades existen? ¿A quién le corresponde el derecho de opción? ¿En qué plazo?

El empresario/a en el plazo de cinco días desde la notificación de la sentencia, tendrá la opción de readmitir al trabajador o abonarle una indemnización equivalente a 33 días de salario por año trabajado.

En caso de readmisión, el trabajador/a tendrá derecho a los salarios de tramitación que serán los correspondientes desde la fecha del despido hasta la notificación de la sentencia o incluso, hasta la fecha que el trabajador encuentre otro trabajo.

Si el despido afecta a un/a representante legal de los trabajadores/as, la opción le corresponde a el/la trabajador/a

 

9.      Horas extraordinarias. Definición. Límite de Horas Extraordinarias que se pueden realizar. Compensación de las Horas Extraordinarias.

Existen determinadas situaciones en las que los/las trabajadores/as permanecen en el lugar de trabajo más tiempo del que se pacto en el contrato. Por circunstancias de producción o por causas imprevistas se amplía la jornada.

Por lo tanto, se consideran horas extraordinarias las que exceden de la jornada ordinaria de trabajo establecida en el contrato de trabajo, en el convenio colectivo o en ausencia de este, en el máximo órgano legal. Mediante convenio colectivo o en el contrato de trabajo se optara por abonar las en la cuantía pactada (que no podrá ser inferior al valor de la hora ordinaria) o compensarlas por tiempos equivalentes de descanso retribuido. En ausencia de pacto, deberán ser compensadas mediante descanso dentro de los cuatro meses siguientes a su realización.

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