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Formas De Pago Internacional


Enviado por   •  7 de Septiembre de 2013  •  1.281 Palabras (6 Páginas)  •  462 Visitas

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CONTRATACION Y FORMA DE PAGO INTERNACIONAL

El término “compraventa” está definido en el Código Civil como el contrato en el que “uno de los contratantes se obliga a entregar una cosa determinada y el otro a pagar por ello un precio cierto, en dinero, o signo que lo represente”.

Por su lado, el término “internacional” se refiere a “aquel contrato en el que las partes se encuentran sometidas a diferentes ordenamientos jurídicos”.

Los caracteres del contrato son:

• Consensual: se perfecciona con el sólo consentimiento.

• Bilateral: perteneciente a dos partes.

• Oneroso: implica alguna contraprestación.

• Conmutativo: prestaciones recíprocas equivalentes y determinadas.

• Traslativo del dominio: transfiere el dominio.

Otras características de los contratos internacionales son:

• Libre consentimiento prestado por una pluralidad de partes, personas físicas o jurídicas.

• Crear, modificar o extinguir una relación o negocio con causa u objeto lícito.

• Relación protegida por el derecho, al amparo de las leyes, usos, y costumbres que procedan en su caso.

• Su objetivo será la realización de una transacción internacional con carácter económico-patrimonial, existiendo ánimo de lucro en la reventa, y en el marco internacional del tráfico en masa, por medio de la nota de la habitualidad realizada entre comerciantes o empresarios. Lo contrario sería hacer intrusismo, y éste está penado por las leyes.

Las relaciones a nivel internacional son cada vez más numerosas, y el número de países que se relacionan entre ellos aumenta día a día. Es por ello que existe un número creciente de problemas respecto a la aplicación de una normativa u otra en el momento de incumplimiento de una de las partes o desacuerdo sobre cualquier aspecto, si las partes mencionadas no habían especificado previamente la normativa que regía su contrato.

Un contrato incompleto, con términos equívocos, es caldo de cultivo de probables dificultades a la hora de su desarrollo, ejecución y cumplimiento. Desconocer que un contrato puede tener consecuencias para terceros, sería tanto como carecer del mínimo conocimiento que los principios elementales de la práctica comercial exigen. Afirmar que el lenguaje mercantil y comercial empleado en la actualidad no siempre coincide con el lenguaje legal que regula su alcance, efectos y consecuencias jurídicas, es resaltar algo básico, pero no siempre considerado por las partes.

En un contrato de compraventa internacional, además se pueden encontrar varios contratos intrínsecos, lo que implica que puedan existir conjuntamente normativas que tengan entre ellas grandes divergencias.

Las normativas pueden divergir en aspectos como:

• La formación del contrato.

• La entrega de la mercancía.

• El medio de pago.

• El pago del precio.

• La mediación bancaria.

• El transporte.

• El seguro de mercancías, etc.

Además, se deben cumplir las normas administrativas que rigen el comercio exterior, como las de importación, exportación, aduanas, control de cambios, etc.

Requisitos básicos de todo contrato:

 Para poder celebrar un contrato es necesario:

 Capacidad de obrar para contratar. No sólo es necesario tener la mayoría de edad, sino también gozar del pleno ejercicio de los derechos cívicos.

 Consentimiento de ambas partes. Es recomendable anexar al contrato copia del poder de cada parte contratante, y si ello no fuere posible, conviene incluir la cláusula siguiente: “Ambas partes se reconocen recíprocamente la capacidad para otorgar el presente contrato”.

 Objeto lícito. Será todo aquello que no sea contrario al orden público, a la moral y a las buenas costumbres.

 Cosa determinada.

 Precio cierto en dinero o signo que lo represente. Se considerará nulo el contrato que no especifique el precio de la mercancía, y éste no se pueda cuantificar.

 Ánimo de reventa y de lucro (en compraventa mercantil).

 No existe requisito especial de forma.

LOS FUNDAMENTOS DE LA CONTRATACIÓN INTERNACIONAL

En las relaciones internacionales, -ya sean comerciales, financieras, o tecnológicas- resulta indispensable utilizar eficientemente

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