Gestion Talento Humano
Carolina OlagueApuntes18 de Noviembre de 2020
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GESTION DEL CAPITAL HUMANO
UNIDAD No. 3
CONTESTE EN FORMA CLARA, COMPLETA Y CONCISA LAS SIGUIENTES PREGUNTAS.
- Que entiende por relaciones del trabajo y como pueden ser (art. 20 y 35 LFT)
El artículo 20 de la ley federal del trabajo describe lo que es una relación de trabajo:
Artículo 20.- Se entiende por relación de trabajo, cualquiera que sea el acto que le dé origen, la prestación de un trabajo personal subordinado a una persona, mediante el pago de un salario.
Contrato individual de trabajo, cualquiera que sea su forma o denominación, es aquel por virtud del cual una persona se obliga a prestar a otra un trabajo personal subordinado, mediante el pago de un salario.
La prestación de un trabajo a que se refiere el párrafo primero y el contrato celebrado producen los mismos efectos.
Mientras que en el 35 se nos menciona como se pueden dar estas
Artículo 35. Las relaciones de trabajo pueden ser para obra o tiempo determinado, por temporada o por tiempo indeterminado y en su caso podrá estar sujeto a prueba o a capacitación inicial. A falta de estipulaciones expresas, la relación será por tiempo indeterminado.
- Que se entiende por contrato individual de trabajo
Como se encuentra expreso en el artículo 20 el contrato individual de trabajo, cualquiera que sea su forma o denominación, es aquel por virtud del cual una persona se obliga a prestar a otra un trabajo personal subordinado, mediante el pago de un salario.
En otras palabras el contrato de trabajo es el documento que se celebra entre patrón y trabajador, contiene las bases más importantes de la prestación del servicio, tales como jornada, salario, descansos legales y las otras normas que van a regir el vínculo entre uno y otro contratante.
- De acuerdo al capítulo III de la LFT, señale a que tiene derecho el trabajador sobre el descanso y cuáles son los días de descanso obligatorios en el año.
Artículo 69.- Por cada seis días de trabajo disfrutará el trabajador de un día de descanso, por lo menos, con goce de salario íntegro.
Artículo 70.- En los trabajos que requieran una labor continua, los trabajadores y el patrón fijarán de común acuerdo los días en que los trabajadores deban disfrutar de los de descanso semanal.
Artículo 71.- En los reglamentos de esta Ley se procurará que el día de descanso semanal sea el domingo.
Los trabajadores que presten servicio en día domingo tendrán derecho a una prima adicional de un veinticinco por ciento, por lo menos, sobre el salario de los días ordinarios de trabajo.
Artículo 72.- Cuando el trabajador no preste sus servicios durante todos los días de trabajo de la semana, o cuando en el mismo día o en la misma semana preste sus servicios a varios patrones, tendrá derecho a que se le pague la parte proporcional del salario de los días de descanso, calculada sobre el salario de los días en que hubiese trabajado o sobre el que hubiese percibido de cada patrón.
Artículo 73.- Los trabajadores no están obligados a prestar servicios en sus días de descanso. Si se quebranta esta disposición, el patrón pagará al trabajador, independientemente del salario que le corresponda por el descanso, un salario doble por el servicio prestado.
Artículo 74. Son días de descanso obligatorio:
I. El 1o. de enero;
II. El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero;
III. El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo;
IV. El 1o. de mayo;
V. El 16 de septiembre;
VI. El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre;
VII. El 1o. de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal;
VIII. El 25 de diciembre, y
IX. El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.
Artículo 75.- En los casos del artículo anterior los trabajadores y los patrones determinarán el número de trabajadores que deban prestar sus servicios. Si no se llega a un convenio, resolverá el Tribunal.
Los trabajadores quedarán obligados a prestar los servicios y tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado.
- De acuerdo al título IV de la LFT señale los días que le corresponden al trabajador por concepto de vacaciones.
Artículo 76.- Los trabajadores que tengan más de un año de servicios disfrutarán de un período anual de vacaciones pagadas, que en ningún caso podrá ser inferior a seis días laborables, y que aumentará en dos días laborables, hasta llegar a doce, por cada año subsecuente de servicios.
Después del cuarto año, el período de vacaciones aumentará en dos días por cada cinco de servicios.
Artículo 77.- Los trabajadores que presten servicios discontinuos y los de temporada tendrán derecho a un período anual de vacaciones, en proporción al número de días de trabajos en el año.
Artículo 80.- Los trabajadores tendrán derecho a una prima no menor de veinticinco por ciento sobre los salarios que les correspondan durante el período de vacaciones.
- De acuerdo al título V de la LFT, del concepto de salario, como debe fijarse y como se integra.
Artículo 82.- Salario es la retribución que debe pagar el patrón al trabajador por su trabajo.
Artículo 83.- El salario puede fijarse por unidad de tiempo, por unidad de obra, por comisión, a precio alzado o de cualquier otra manera.
Tratándose de salario por unidad de tiempo, se establecerá específicamente esa naturaleza. El trabajador y el patrón podrán convenir el monto, siempre que se trate de un salario remunerador, así como el pago por cada hora de prestación de servicio, siempre y cuando no se exceda la jornada máxima legal y se respeten los derechos laborales y de seguridad social que correspondan a la plaza de que se trate. El ingreso que perciban los trabajadores por esta modalidad, en ningún caso será inferior al que corresponda a una jornada diaria.
Cuando el salario se fije por unidad de obra, además de especificarse la naturaleza de ésta, se hará constar la cantidad y calidad del material, el estado de la herramienta y útiles que el patrón, en su caso, proporcione para ejecutar la obra, y el tiempo por el que los pondrá a disposición del trabajador, sin que pueda exigir cantidad alguna por concepto del desgaste natural que sufra la herramienta como consecuencia del trabajo.
Artículo 84.- El salario se integra con los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquiera otra cantidad o prestación que se entregue al trabajador por su trabajo.
- De acuerdo con lo que señala Chiavenato, explique las recompensas financieras y no Financieras y cuales son directas y cuales indirectas.
Recompensas financieras: Están divididas en directas e indirectas y estas son representadas en términos monetarios.
Recompensas financieras directas: Es el pago que cada empleado recibe como salario, bonos, premios y comisiones.
Recompensas financieras indirectas: Es el salario indirecto derivado de cláusulas de la convicción colectiva de trabajo y del plan de beneficios y servicios sociales, ofrecidos por la organización, esto es vacaciones, primas, propinas, etc
Recompensas no financieras: Son las ofrecidas por la organización las cuales afectan a la satisfacción de las personas con el sistema de remuneración
- Cuáles son los 9 criterios para preparar un plan de remuneración.
- Equilibrio interno versus externo.
- Remuneración fija o remuneración variable.
- Desempeño o tiempo en la empresa.
- Remuneración del cargo o remuneración de la persona.
- Igualitarismo o elitismo.
- Remuneración por debajo del mercado o por encima del mercado.
- Premios monetarios o premios no monetarios.
- Remuneración abierta o remuneración confidencial.
- Centralización o descentralización de las decisiones salariales.
- Presente el concepto de evaluación y la clasificación de los puestos, explicando cada uno de los métodos.
Es el proceso mediante el cual se aplica criterios de comparación de cargos para conseguir una valoración relativa interna de los salarios de los diversos cargos. Esta es el proceso de comparación del valor relativo de los cargos para situarlos en una jerarquía de clases utilizada como base para la estructura salarial.
Método del escalafón simple.
Consiste en colocarlos de acuerdo con su función (creciente o decreciente) en un criterio escogido, el cual opera como parámetro de comparación. En la práctica, se trata de una comparación de puesto por puesto, dado que cada uno se compara con los demás en función del criterio escogido como base de referencia (como su complejidad, responsabilidad, importancia, etc.).
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