IMPUESTOS
Jolu201328 de Agosto de 2014
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Impuesto de Comercio Exterior
Bielsa al definir impuesto, nos dice que es “ la cantidad de dinero o parte de la riqueza que el Estado exige obligatoriamente al contribuyente, con el objeto de costear los gastos públicos”. Para Fleiner los impuestos “ son prestaciones que el Estado u otras corporaciones de Derecho Público exigen en forma unilateral y de una manera general a los ciudadanos para cubrir necesidades económicas”.
Impuesto al comercio exterior.- la apertura de México al comercio internacional, produjo en épocas recientes un aumento importante en la recaudación de este renglón impositivo. Aquí se gravan todos los actos relacionados con la importación o exportación de mercancías.
Los Impuestos al Comercio Exterior son fundamentalmente los derechos específicos y/o ad valorem que se establecen en el Arancel Aduanero y gravan actualmente con una tasa única de 8% a la importación de todas las mercaderías procedentes del extranjero. Dicha tasa disminuyó gradualmente y se fijó en un 6% a contar del 1 de enero del año 2003, conforme al artículo 1 de la Ley 19.589 de 1998.75 Los derechos específicos, se expresan en dólares y se aplican a algunos productos importados que también se producen en el país, con el objeto de corregir distorsiones de precios.
El valor aduanerose determina a partir del precio de transacción; incluye todos los gastos originados en el traslado de las mercaderías hasta su lugar de entrada al territorio nacional, tales como carga y descarga, transporte, comisiones, seguros, corretajes, intereses y embalajes.
“Es importante señalar que debido a los convenios comerciales que ha suscrito Chile con otras naciones, algunos productos se ven afectados con tasas arancelarias menores al 8%. De hecho, de acuerdo con lo publicado por el Servicio Nacional de Aduanas el arancel promedio fue de un 6,33%.”76 .
La ley de impuestos generales a la Importación y Exportación (LIGIE) se caracteriza por contener una Tarifa que clasifica mediante un Código numérico internacional las mercancías y que a si vez determina los impuestos al comercio exterior o sus extensiones, tanto a la importación como a la exportación.
se clasifican las mercancías arancelariamente : la nomenclatura es la clasificación de todas las mercancías transportables que según su composición o función deben ubicarse en un código de identificación universal, llamado fracción arancelaria.
se trata de un lenguaje lógico y sistemático aceptado internacionalmente que facilita la fluidez expedita de las mercancías de comercio internacional. La nomenclatura incorporada a la LIGIEse basa en el Sistema Armonizado de designación y Codificación de Mercancías adoptado por el consejo de cooperación
Impuesto de Comercio Exterior
aduanera (CCA), actualmente Organización Mundial de Aduanas (OMA) y vigente en la mayoría de los países miembros de OMC.
La obligación de pagar los impuestos al comercio exterior: en materia de impuestos al comercio exterior únicamente los contribuyentes estarán obligados a pagas las contribuciones a la importación y exportación cuando la ley que los crea (la LIGIE) sea expedida conforme al procedimiento autorizado, y su causación se realice conforme a las situaciones jurídicas o de hecho, previstas en las leyes fiscales vigentes durante el lapso en que ocurra el supuesto generador.
El artículo 56 de la ley aduanera establece el momento en que nace la obligación tributaria o el hecho generador de los impuestos al comercio exterior:
Cuando existía una actividad de fondeo o en su caso de amarre o atraque de la embarcación que transporte las mercancías al puerto al que venga destinadas. En el momento en que las mercancías crucen la línea divisoria internacional.
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