Impuestos
cpedgaralonso24 de Mayo de 2015
5.094 Palabras (21 Páginas)160 Visitas
1.-IMPUESTOS Y DERECHOS.
Bielsa al definir impuesto, nos dice que es “ la cantidad de dinero o parte de la riqueza que el Estado exige obligatoriamente al contribuyente, con el objeto de costear los gastos públicos”. Para Fleiner los impuestos “ son prestaciones que el Estado u otras corporaciones de Derecho Público exigen en forma unilateral y de una manera general a los ciudadanos para cubrir necesidades económicas”.
La definición de que el impuesto adopte nuestra legislación federal y que contratamos consignada en el artículo 2° del Código Fiscal de la Federación “ son impuestos las prestaciones en dinero o en especie que fija la Ley con carácter general y obligatorio, a cargo de personas físicas y morales, para cubrir los gastos públicos”.
Derechos son contribuciones establecidas por la Ley por el uso o aprovechamientos de los bienes del dominio público de la Nación, así como de recibir servicios que presta el Estado en sus funcion es de derecho público, excepto cuando se presten por organismos descentralizados u organos desconcentradoscuando en este último caso se trata de contraprestaciones que no se encuentran previstas en la Ley Federal de Derechos
1.1.-CLASES DE IMPUESTOS.
1.- Impuestos sobre los ingresos, el patrimonio y el gasto o consumo.
Esta clasificación se estudia según el objeto del impuesto, esto es, la realidad económica que se grava.
2.- Impuestos Directos e indirectos.
Son impuestos directos aquellos que no pueden ser trasladados, de modo que inciden en el patrimonio del sujeto pasivo de la obligación, puesto que no lo puede recuperar de otras personas.
Son impuestos indirectos los que si pueden ser trasladados, de modo que no inciden en el patrimonio del sujeto pasivo, sino en el de otras personas de quienes lo recupera el sujeto pasivo.
3.- Impuestos Reales y Personales.
Los impuestos reales son los que se establecen de acuerdo a los bienes o cosas que se gravan, esto es, sin tomar en cuenta a las personas.
Los impuestos personales, estos si toman en cuenta las personas, o sea quien va a pagar el impuesto, sin tomar en consideración los bienes o cosas que posea.
4.- Impuestos Específicos y Ad Valorem.
Impuestos específicos, estos se establecen atendiendo a la unidad de medida o calidad del producto.
Impuestos ad valorem, estos se establecen atendiendo al valor de lo que se grava.
5.- Impuestos generales y específicos.
Generales, son aquellos que gravan diversas actividades u operaciones, pero que tienen un mismo denominador común (por ejemplo la Compraventa).
Los Especiales, gravan una actividad o cosa determinada, (Impuestos especiales sobre el alcohol).
Impuestos Federales, Estatales y Municipales.
Estos son de acuerdo al legislador que los establezca y el lugar en que se apliquen dichos impuestos.
Serán Federales, los creados por el Congreso de la Unión, y su aplicación es en toda la República.
Los Estatales son creados por los Congresos Locales, y su aplicación será dentro del territorio de una Entidad Federativa.
Los Municipales son creados por los Congresos Locales y su aplicación será dentro de un Municipio.
A continuación se mencionan siete diferentes de gravámenes impositivos, enumerados por orden de importancia, los impuestos federales vigentes son:
a) Impuesto sobre la renta.- se trata de un impuesto muy general debido a que el universo de contribuyentes que abarca es numeroso y su recaudación es primordial, ya que se aplica sobre los ingresos que por diferentes conceptos puedan percibir tanto las personas físicas como las morales, ya sea que residan en el país o en el extranjero.
b) Impuesto al valor agregado.- en esta caso se está también frente a un gravamen fiscal muy generalizado, que se aplica a un gran número de contribuyentes y que le permite al Estado una recaudación fiscal significativa. Aquí, se grava la actividad que realizan las personas que enajenan bienes o permiten el uso o goce temporal de ellos, o bien que presten servicios independientes o importen del extranjero bienes o servicios.
c) Impuesto especial sobre producción y servicios.- se trata de un gravamen que aglutina diferentes actividades industriales y de prestación de servicios personales. La fabricación o importación de bebidas alcohólicas, de cerveza, de aguas envasadas y refrescos o de cigarrillos, están sujetas al pago de este impuesto de producción. Asimismo, los servicios de comisión, correduría, mediación, agencia, representación, consignación o distribución de bienes afectos al pago de este impuesto también están consideradas por esta ley.
d) Impuesto al comercio exterior.- la apertura de México al comercio internacional, produjo en épocas recientes un aumento importante en la recaudación de este renglón impositivo. Aquí se gravan todos los actos relacionados con la importación o exportación de mercancías.
e) Impuesta sobre tenencia o uso de vehículos.- este gravamen se aplica a las personas físicas o morales que sean propietarias o que por cualquier causa o motivo posean un vehículo de los mencionados por la propia ley, cuyo común denominador es el de que sea impulsados por un motor. El único caso que contempla esta ley de un vehículo no propulsado por un motor es el de los veleros.
f) Impuesto sobre las erogaciones por remuneración al trabajo personal prestado bajo la dirección y dependencia de un patrón.- con la finalidad de ejercer un control adecuado sobre los pagos de salarios que realicen los patrones a sus trabajadores, el fisco federal ha creado este impuesto con una cuota del 1% sobre el importe de los sueldos pagados por el patrón, y el gravamen es a su pago.
g) Impuesto sobre automóviles nuevos.- todos los fabricantes, ensambladores e importadores de automóviles son contribuyentes de este impuesto. La contribución se origina por el simple acto de la fabricación, el ensamble o la importación de la unidad y la obligación de pago se actualiza al momento de enajenar o importan el vehículo.
Además de estos impuestos, la Ley de Ingresos señala otros gravámenes de carácter fiscal, como: el Impuesto sobre la Adquisición de bienes Inmuebles, cuya aplicación le corresponde a las autoridades hacendarías municipales, de acuerdo con los convenios de coordinación fiscal celebrados entre la Federación y las entidades federativas.
1.2.-DIFERENCIA ENTRE IMPUESTOS Y DERECHOS
Las principales diferencia son las siguientes:
El impuesto deriva de un acto de Soberanía del Estado, constituye una imposición que da origen a una relación eminentemente unilateral entre el Fisco y el Causante. Por el contrario, los derechos derivan esencialmente de un acto de voluntad del particular, que solicita del Estado la prestación de un servicio público que lo va a beneficiar de manera directa y específica. Los Derechos generan una relación de tipo bilateral.
Los impuestos implican una prestación, es decir, una obligación de dar, los derechos constituyen una contraprestación u obligación reciproca.
Los impuestos se fijan sobre una parte proporcional del ingreso, utilidad o rendimiento que el contribuyente obtiene como consecuencia de la realización de determinadas actividades económicas. Los Derechos se establecen en función del consto del Servicio Público particular divisible que se preste.
Los impuestos se causan debido a que el sujeto pasivo, al llevar a cabo sus actividades económicas, se coloca dentro de la hipótesis o supuesto normativo establecido en la ley impositiva, el cobro de los Derechos se origina en un acto de voluntad de dicho sujeto pasivo que solicita de la Administración Pública la prestación de un servicio que lo beneficia de manera directa y especifica.
Los impuestos se destinan a sufragar el costo de servicios públicos generales indivisibles, el producto o rendimiento de los Derechos, se destina a cubrir el costo de los servicios públicos particulares indivisibles.
1.3.-PRINCIPIOS LEGALES DE LOS IMPUESTOS Y DERECHOS.
1a.-Debe establecerse a través de una ley.- El artículo 31 fracción IV de la Constitución, establece la obligación general que tenemos los mexicanos de contribuir al gasto público, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes.
2a.-El pago del impuesto debe ser obligatorio.- En su artículo 31, fracción IV, la Constitución, nos señala la obligación que todos los mexicanos tenemos de contribuir a los gastos públicos, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes. Esta obligación deriva de la necesidad de dotar al Estado Mexicano, de los medios suficientes para que satisfagan las necesidades públicas o sociales a su cargo. Ella es la obligación general en materia contributiva, la obligación de cubrir un impuesto deriva de actos particulares ejecutados por los causantes y que coinciden con la situación o circunstancia que la ley señala como hecho generador del crédito fiscal.
Se considera que la obligación de pagar un impuesto, no deriva del hecho que el Estado al gravar los actos o actividades relacionados con los individuos, niegue sus derechos a elegir entre pagar o no, por cuanto que los particulares fueron representados en la discusión y aprobación del sistema impositivo que les afecta; ese deber deviene, mas bien, del hecho de que una vez que se ha coincidido en la
...