Innovacion Empresarial
MarlonEricastill28 de Febrero de 2014
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INTRODUCCION
Para que el Estado pueda cumplir con su obligación constitucional de velar por el bien común y proporcionar a la población los servicios básicos que ésta requiere, necesita de recursos que provienen principalmente de los tributos pagados por los contribuyentes.
El pago de los impuestos puede llevarse a cabo utilizando la coerción o apelando a la razón. La fuerza se manifiesta en las leyes y en su cumplimiento obligatorio, mientras que la razón sólo puede estar dada por una Cultura Tributaria con bases sólidas.
No puede obviarse que un estímulo (o desestímulo) importante para la tributación lo constituye el manejo y destino de los fondos públicos, aparte de que, para muchos ciudadanos, tributar es un acto discrecional, relacionado con su percepción positiva o negativa sobre el uso de los fondos.
Uno de los objetivos de la educación fiscal debe ser, precisamente, romper ese círculo vicioso y hacer conciencia de que la tributación no sólo es una obligación legal, sino un deber de cada persona ante la sociedad. Además, se le debe convencer de que cumplir con tal responsabilidad le confiere la autoridad moral necesaria para exigir al Estado que haga un uso correcto y transparente de los recursos públicos.
A efecto de fortalecer la Cultura Tributaria (entendida ésta como el conjunto de valores, creencias y actitudes compartido por una sociedad respecto a la tributación y las leyes que la rigen, lo que conduce al cumplimiento permanente de los deberes fiscales), se requiere que la población obtenga conocimientos sobre el tema y comprenda la importancia de sus responsabilidades tributarias.
Esta comprensión se alimenta de información oportuna y de formación adecuada, las cuales deben conducir hacia la aceptación, derivada de la concienciación. Ésta es indispensable para lograr una recaudación firme y sostenible en el mediano y largo plazos, de manera que también sea posible cumplir los Acuerdos de Paz y los compromisos del Pacto Fiscal.
En síntesis, los ejes centrales para la promoción de la Cultura Tributaria son la Información, la Formación y la Concienciación, los cuales se articulan en torno a la razón como móvil deseable fundamental de la acción de tributar, y se incorporan en una estrategia de comunicación cuyo mensaje central es:
“Para que el Estado pueda cumplir con sus obligaciones, yo ciudadano, debo asumir mi responsabilidad de pagar impuestos porque, al hacerlo, cumplo con Guatemala”.
OBJETIVOS
• Promover los cursos de capacitación virtual con el propósito de actualizar los conocimientos y concienciar al contribuyente en el cumplimiento voluntario de sus obligaciones tributarias
• Proporcionar a la población demandante los programas de capacitación tributaria que les permita desarrollar los conocimientos en el manejo de las leyes, reglamentos e instrumentos de aplicación del sistema tributario de Guatemala
• Ampliar la cobertura de los servicios de atención y orientación al contribuyente por medio de las sedes departamentales.
RESEÑA HISTORICA
Fundamento Legal de la Creación de la Institución
El Gobierno de Guatemala, por medio del Ministerio de Finanzas Públicas, inició a principios de 1997 un conjunto de acciones orientadas a transformar y fortalecer el sistema tributario del país. Dentro de estas acciones se incluyó la creación de la Superintendencia de Administración Tributaria –SAT-, con el propósito de modernizar la administración tributaria y dar cumplimiento a los compromisos fiscales contenidos en los Acuerdos de Paz y el Programa de Modernización del Sector Público.
El proyecto de la creación y puesta en operación de la SAT, se inició en septiembre de 1997 con la integración de un equipo de trabajo responsable de administrarlo. El objetivo general del proyecto consistió en crear, diseñar y poner en funcionamiento una institución autónoma y descentralizada, moderna, eficiente y eficaz, que se hiciera cargo de la administración tributaria y aduanera, y que fuera capaz de incrementar los ingresos tributarios en forma sostenida, honesta y transparente. La creación de la SAT fue aprobada por el Congreso de la República, según Decreto Número 1-98, el cual entró en vigencia a partir del 21 de febrero de 1998.
La Superintendencia de Administración Tributaria es una entidad estatal descentralizada, con competencia y jurisdicción en todo el territorio nacional, para ejercer con exclusividad las funciones de administración tributaria, contenidas en la legislación. La Institución goza de autonomía funcional, económica, financiera, técnica y administrativa y cuenta con personalidad jurídica, patrimonio y recursos propios.
Integración del Directorio
Como primer paso para el inicio de operaciones de la Institución, fue precisa la selección de su Directorio de una nómina de 12 candidatos, de los cuales el Presidente de la República seleccionó los titulares y suplentes, nombrados según Acuerdo Gubernativo No. 252-98.
El Directorio está conformado de la manera siguiente:
El Ministro de Finanzas Públicas, quien lo preside.
Cuatro Directores titulares y sus suplentes.
El Superintendente de Administración Tributaria, quien actúa como Secretario.
VISIÒN
Realizar nuestro trabajo con transparencia, vocación de servicio y en total apego al ordenamiento jurídico, atendiendo con prontitud y exactitud los requerimientos que se formulen en atención a lo dispuesto en la Ley de Acceso a la Información Pública, con ello la Superintendencia de Administración Tributaria cumplirá sus obligaciones de sujeto obligado en forma satisfactoria, por ende la SAT se consolidará como una entidad estatal ordenada y respetuosa del derecho que tienen las personas de acceder a la información pública.
MISIÒN
Contribuir al fortalecimiento de la gestión pública con transparencia, para coadyuvar a erradicar la corrupción, cumpliendo con los preceptos establecidos en la Ley de Acceso a la Información Pública, atendiendo satisfactoriamente los requerimientos que se hagan a nuestra institución.
PORTAL ELECTRONICO DE LA SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA “SAT”
El Programa Permanente de Cultura Tributaria fue creado en febrero de 2005, a iniciativa de la superintendente, Carolina Roca, y responde a una estrategia de largo plazo orientada al objetivo de hacer sostenible el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias con base en principios, valores y actitudes congruentes con el deber ciudadano de contribuir a que el Estado de Guatemala cumpla con sus fines constitucionales.
Este Programa se articula en torno a tres ejes de trabajo: información, formación y concienciación, en tanto que sus proyectos y actividades se inscriben en tres esferas de proyección pública, interrelacionadas entre sí: la educación, la divulgación y la promoción de la participación social.
De ahí que el contenido de este portal guarde relación con dicha estructura y dedique espacios específicos a varios de los grupos objetivo del Programa Permanente de Cultura Tributaria.
Como reflejo de un concepto amplio de servicio al cliente, las acciones de Cultura Tributaria están dirigidas tanto al contribuyente actual como al futuro contribuyente (niños y jóvenes), al no contribuyente y, en general, a las personas, empresas e instituciones vinculadas directa o indirectamente con los procesos de recaudación tributaria en Guatemala.
El diseño y administración de este portal está a cargo del Programa Permanente de Cultura Tributaria, con el apoyo de la Gerencia de Informática y las contribuciones de las diversas dependencias administrativas de SAT
SERVICOS QUE PRESTA
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Dia Impuesto Descripcion Formulario en Papel Formulario Asiste
4 A la Distribución del Petróleo Crudo y Combustibles Derivados del Petróleo. Declaración jurada y pago semanal sobre ventas efectuadas del 24 al 30 de Mayo de 2010. 6017
10 A la Distribución de Petróleo Crudo y Combustibles Derivados del Petróleo. Declaración jurada informativa de saldos, compras y ventas correspondientes al mes de Mayo de 2010. ---------- 6021
11 A la Distribución del Petróleo Crudo y Combustibles Derivados del Petróleo. Declaración jurada y pago semanal sobre ventas efectuadas del 31 de Mayo al 6 de Junio de 2010. 6017
14 Sobre la Renta (Pago Directo de Personas Individuales ó Jurídicas Domiciliadas en el País que
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