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Mercado de valores e intermediación

YASSER CESAR ALVARADO SALINASInforme13 de Febrero de 2016

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CARRERA DE DERECHO

ESTUDIANTE: YASSER ALVARADO SALINAS

DOCENTE:       ABG. ERIKA ALEXANDRA SEGURA RONQUILLO

FECHA:             11-FEB-2016

DERECHO ECONÓMICO

Tomar como referencia el MATERIAL SOBRE MERCADO DE VALORES y responda lo siguiente:

1.- Estudio del mercado de valores, según el COMF-II: Utilice el CÓDIGO ORGÁNICO MONETARIO Y FINANCIERO LIBRO II, para resolver las siguientes preguntas específicas, con indicación del artículo respectivo, y con una indicación resumida de lo que tal o cual artículo prescribe:

  • ¿Cuál es el concepto de valor y cuáles son sus características (según disposición general 11)?
  • ¿Cuál es el concepto de mercado de valores y sus tipos?
  • ¿Quiénes pueden intermediar en el mercado de valores?
  • ¿Qué es la oferta pública de valores y cuáles son sus tipos?
  • ¿Qué es el mercado primario y mercado secundario?
  • ¿Qué es un valor de renta fija y de renta variable?
  • ¿Qué es una Bolsa de valores y cuáles son sus obligaciones (especifique 5, de forma simplificada)?
  • ¿Qué es una Casa de valores y cuáles son sus facultades (especifique 5, de forma simplificada)?
  • ¿Cuál es el concepto de compensación de valores de operaciones bursátiles?
  • ¿Cuáles son los mecanismos de garantía en un proceso de titularización.
  • ¿Opina Ud. Que esos mecanismos de garantía pueden aplicarse a otro tipo de operaciones financieras (todos, algunos, Por qué; Ninguno, Por qué)?
  • ¿Cuál es la definición de obligación y cómo se instrumenta su emisión?
  • ¿Qué entiende por conflictos de intereses de conformidad con el Código?

2.- De la GUIA PRACTICA DE ACCESO AL MERCADO DE VALORES, responda estas preguntas:

  • ¿Qué es el mercado financiero y cómo se clasifica?
  • Enumere las diferentes alternativas y mecanismos de financiamiento empresarial que se pueden hacer vía el mercado de valores
  • ¿Qué es la oferta pública de valores y cuáles son sus tipos (y su significado de cada uno de ellos)?
  • ¿Cuál es la diferencia entre acciones comunes y acciones preferidas?
  • ¿En qué consiste la emisión de obligaciones?
  • ¿Qué es la titularización?
  • ¿Qué activos son susceptibles a titularizar?
  • ¿Qué es una bolsa de valores?
  • ¿Qué es una calificadora de riesgos?
  • ¿Qué es la Superintendencia de Compañías?

3.- Con respecto a los ANTECEDENTES INTERMEDIACIÓN

  • Elabore un mapa conceptual del riesgo moral.
  • Elabore un mapa conceptual del riesgo de selección adversa.

DESARROLLO

1.- Estudio del mercado de valores, según el COMF-II: Utilice el CÓDIGO ORGÁNICO MONETARIO Y FINANCIERO LIBRO II, para resolver las siguientes preguntas específicas, con indicación del artículo respectivo, y con una indicación resumida de lo que tal o cual artículo prescribe:

  • ¿Cuál es el concepto de valor y cuáles son sus características (según disposición general 11)?

Art. 2.- Concepto de valor.- Para efectos de esta Ley, se considera valor al derecho o conjunto de derechos de contenido esencialmente económico, negociables en el mercado de valores, incluyendo, entre otros, acciones, obligaciones, bonos, cédulas, cuotas de fondos de inversión colectivos, contratos de negociación a futuro o a término, permutas financieras, opciones de compra o venta, valores de contenido crediticio de participación y mixto que provengan de procesos de titularización y otros que determine el Consejo Nacional de Valores.

Si los valores constan en un soporte cartular pueden emitirse nominativos, a la orden o al portador. Si son nominativos circularán por cesión cambiaria inscrita en el registro del emisor; si son a la orden por endoso; si son al portador por su simple entrega.

Si los valores constan en anotaciones en cuenta, dentro de una misma emisión, se consideran fungibles entre sí y la transferencia de su dominio se perfecciona por el respectivo registro contable dentro de un sistema de anotaciones en cuenta, llevado a cabo por un depósito de compensación y liquidación de valores conforme esta Ley. Tal inscripción de la transferencia a favor del adquirente producirá los mismos efectos que la tradición de los valores, legitimándolo así para el ejercicio de sus derechos.

Cualquier limitación a la libre negociación y circulación de valores no establecida por Ley, no surtirá efectos jurídicos y se tendrá por no escrita. Para la negociación y circulación de los valores emitidos por las entidades e instituciones del sector público se deberá observar en lo que fuere aplicable lo establecido en el Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas.

  • ¿Cuál es el concepto de mercado de valores y sus tipos?

Art. 3.- Del mercado de valores: bursátil, extrabursátil y privado.- El mercado de valores utiliza los mecanismos previstos en esta Ley para canalizar los recursos financieros hacia las actividades productivas, a través de la negociación de valores en los segmentos bursátil y extrabursátil.

Mercado bursátil es el conformado por ofertas, demandas y negociaciones de valores inscritos en el Catastro Público del Mercado de Valores, en las bolsas de valores y en el Registro Especial Bursátil (REB), realizadas por los intermediarios de valores autorizados, de acuerdo con lo establecido en la presente Ley.

Mercado extrabursátil es el mercado primario que se genera entre la institución financiera y el inversor sin la intervención de un intermediario de valores, con valores genéricos o de giro ordinario de su negocio, emitidos por instituciones financieras, inscritos en el Catastro Público del Mercado de Valores y en las bolsas de valores.

Se entenderá como negociaciones de mercado privado aquellas que se realizan en forma directa entre comprador y vendedor sin la intervención de intermediarios de valores o inversionistas institucionales, sobre valores no inscritos en el Registro de Mercado de Valores o que estando inscritos sean producto de transferencias de acciones originadas en fusiones, escisiones, herencias, legados, donaciones y liquidaciones de sociedades conyugales y de hecho.

  • ¿Quiénes pueden intermediar en el mercado de valores?

Art. 4.- Son intermediarios de valores únicamente las casas de valores, las que podrán negociar en dichos mercados por cuenta de terceros o por cuenta propia, de acuerdo a las normas que expida el Consejo Nacional de Valores (C.N.V.).

  • ¿Qué es la oferta pública de valores y cuáles son sus tipos?

Art. 11.- Concepto y alcance.- Oferta pública de valores es la propuesta dirigida al público en general, o a sectores específicos de éste, de acuerdo a las normas de carácter general que para el efecto dicte el C.N.V., con el propósito de negociar valores en el mercado. Tal oferta puede ser primaria o secundaria.

Oferta pública primaria de valores, es la que se efectúa con el objeto de negociar, por primera vez, en el mercado, valores emitidos para tal fin.

Oferta pública secundaria de valores, es la que se efectúa con el objeto de negociar en el mercado, aquellos valores emitidos y colocados previamente.

  • ¿Qué es el mercado primario y mercado secundario?

Art. 29.- Del alcance.- Mercado primario, es aquel en que los compradores y el emisor participan directamente o a través de intermediarios, en la compraventa de valores de renta fija o variable y determinación de los precios ofrecidos al público por primera vez.

Mercado secundario, comprende las operaciones o negociaciones que se realizan con posterioridad a la primera colocación; por lo tanto, los recursos provenientes de aquellas, los reciben sus vendedores.

Tanto en el mercado primario como en el secundario, las casas de valores serán los únicos intermediarios autorizados para ofrecer al público directamente tales valores, de conformidad con las normas previstas en esta Ley y las resoluciones que expida el C.N.V..

  • ¿Qué es un valor de renta fija y de renta variable?

Art. 30.- De los valores de renta fija y su colocación.- Valores de renta fija son aquellos cuyo rendimiento no depende de los resultados de la compañía emisora, sino que está predeterminado en el momento de la emisión y es aceptado por las partes.

El emisor debe colocar los valores de renta fija que emita en el mercado bursátil a través de una casa de valores, o un operador autorizado, salvo los casos de excepción previstos en esta Ley.

Art. 32.- Valores de renta variable.- Son aquellos que no tienen un vencimiento determinado y cuyo rendimiento, en forma de dividendos o ganancias de capital, variará según los resultados financieros del emisor.

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