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Obligaciones, generalidades de los contratos mercantiles y su clasificación


Enviado por   •  29 de Septiembre de 2022  •  Tareas  •  1.632 Palabras (7 Páginas)  •  60 Visitas

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Universidad Nacional Autónoma de México

Facultad de Derecho (SUAyED)

Asignatura: Contratos Mercantiles

Asesor: Lic. Francisco Vigueras Bonilla

Alumno: José Luis Chávez Flores / 418144598

Unidad 1: Obligaciones Civiles y Mercantiles

Actividad de aprendizaje:

Obligaciones, generalidades de los contratos mercantiles y su clasificación

Foro de debate

La obligación, como la relación jurídica entre dos personas, es una modalidad en donde se establecen los deberes jurídicos. Como vimos, existen diversas obligaciones entre las cuales encontramos la obligación civil y la mercantil.

Con apoyo del contenido y la lectura de Díaz, Contratos mercantiles, pp. 4-37, ingrese al Foro de debate y dé respuesta a las siguientes preguntas:

¿Cuáles son las fuentes de las obligaciones, la clasificación y distinción entre los contratos civiles y mercantiles?

R= Las fuentes de las obligaciones mercantiles son: La Ley, El Contrato, Los Contratos de Adhesión, La declaración Unilateral de Voluntad, El Enriquecimiento Ilegítimo, La responsabilidad Objetiva, La Gestión de Negocios y Los Actos Ilícitos.

Estos se clasifican en:

  • Nominados o Innominados;
  • Abiertos o Cerrados;
  • Unilaterales o Bilaterales;
  • Conmutativos o Aleatorios;
  • De Adhesión o Bilateralmente Discutidos;
  • Preparatorios o Definitivos;
  • Principales o Accesorios;
  • Onerosos o Gratuitos:
  • Reales o Solemnes

La distinción entre los contratos civiles y mercantiles se sustancia en el objeto del mismo, es decir si es un acto con fin de lucro o comerciar es un contrato mercantil, mientras que un contrato civil es para uso propio sin fin de lucro.

¿Qué establece el artículo 75 del Código de Comercio?

R= Define los actos que se pueden considerar como de comercio, es detallado en el sentido de que todos los actos que tengan como propósito la especulación comercial, son considerados como tales, especificando y clasificando los mismos en sus fracciones como se detalla:

  1. Todas las adquisiciones, enajenaciones y alquileres verificados con propósito de especulación comercial, de mantenimiento, artículos, muebles o mercaderías, sea en estado natural, sea después de trabajados o labrados;
  2. Las compras y ventas de bienes inmuebles, cuando se hagan con dicho propósito de especulación comercial;
  3. Las compras y ventas de porciones, acciones y obligaciones de las sociedades mercantiles;
  4. Los contratos relativos a obligaciones del Estado u otros títulos de crédito corrientes en el comercio;
  5. Las empresas de abastecimientos y suministros;
  6. Las empresas de construcciones y trabajos públicos y privados;
  7. Las empresas de fábricas y manufacturas;
  8. Las empresas de transportes de personas o cosas, por tierra o por agua; y las empresas de turismo;
  9. Las librerías y las empresas editoriales y tipográficas;
  10. Las empresas de comisiones, de agencias, de oficinas de negocios comerciales y establecimientos de ventas en pública almoneda;
  11. Las empresas de espectáculos públicos;
  12. Las operaciones de comisión mercantil;
  13. Las operaciones de mediación en negocios mercantiles;
  14. Las operaciones de bancos;
  15. Todos los contratos relativos al comercio marítimo y a la navegación interior y exterior;
  16. Los contratos de seguros de toda especie, siempre que sean hechos por empresas;
  17. Los depósitos por causa de comercio;
  18. Los depósitos en los almacenes generales y todas las operaciones hechas sobre los certificados de depósito y bonos de prenda librados por los mismos;
  19. Los cheques, letras de cambio o remesa de dinero de una plaza a otra, entre toda clase de personas;
  20. Los valores u otros títulos a la orden o al portador, y las obligaciones de los comerciantes, a no ser que se pruebe que se derivan de una causa extraña al comercio;
  21. Las obligaciones entre comerciantes y banqueros, si no son de naturaleza esencialmente civil;
  22. Los contratos y obligaciones de los empleados de los comerciantes en lo que concierne al comercio del negociante que los tiene a su servicio;
  23. La enajenación que el propietario o el cultivador haga de los productos de su finca o de su cultivo;
  24. Cualesquiera otros actos de naturaleza análoga a los expresados en este código.
  25. En caso de duda, la naturaleza comercial del acto será fijada por arbitrio judicial."

¿Cuáles son las obligaciones mercantiles?

R= Son aquellas a que están obligados todos aquellos que se dediquen comerciar y están reguladas en el artículo 16 de Código de Comercio, el cual claramente estipula que son obligaciones de los comerciantes:

Artículo 16. Todos los comerciantes, por el hecho de serlo, están obligados.

I. (Se deroga).

II. A la inscripción en el Registro Público de Comercio, de los documentos cuyo tenor y autenticidad deben hacerse notorios;

III. A mantener un sistema de Contabilidad conforme al artículo 33.

IV. A la conservación de la correspondencia que tenga relación con el giro del comerciante.

¿Por qué los actos de comercio dan lugar a las obligaciones mercantiles?

R= Porque los actos de comercio son realizados con el objeto de obtener un lucro a través de ellos, el hecho de comercializar da margen directo para que el tema sea de carácter mercantil y no civil.

¿Cuáles y qué son las generalidades de los contratos mercantiles?

R= Como primera instancia el que son un acuerdo de voluntades, y que para existir se requiere la misma, que crean y transmiten derechos y obligaciones, y se pueden contratar sobre cualquier cosa que sea comerciable, siempre y cuando no sea prohibida por la ley.

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