ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

OBLIGACIONES Y CONTRATOS. Derecho mercantil


Enviado por   •  8 de Abril de 2016  •  Resúmenes  •  1.004 Palabras (5 Páginas)  •  482 Visitas

Página 1 de 5

OBLIGACIONES Y CONTRATOS Punto 1 a 5 (Atenea)

LAS OBLIGACIONES

Concepto: Poder Jurídico de una persona dirigido a obtener de otra, una prestación consistente en DAR, HACER O NO HACER alguna cosa.

Estructura de la obligación

  • Sujetos: los sujetos están determinados en el momento que nace la obligación pero pueden determinarse en base a hechos futuros o posteriores. Ex: Será heredero mi hijo que aún no ha nacido.
  • Vínculo
  • Objeto: HA DE SER POSIBLE, LÍCITO Y DETERMINADO.

LAS OBLIGACIONES NACEN DE:

1) LOS CONTRATOS

2) LOS CUASI CONTRATOS: son hechos voluntarios que obligan a las personas sin que haya existido 1 previo acuerdo de voluntades. Ex: Pareja separada (sin sentencia de divorcio) y el padre paga pensión de alimentos.

INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES

Tipos de obligaciones:

1) DE DAR: el acreedor tiene derecho a exigir la prestación de la cosa determinada.

2) DE HACER:

- PERSONALÍSIMA: Si el obligado a hacer una cosa no la hace, se manda ejecutar a su costa = DAÑOS Y PERJUICIOS

- NO PERSONALÍSIMA: Se puede ejecutar, sustituyendo a la persona del deudor.

3) DE NO HACER: Se puede obligar al deudor a deshacer lo que ha hecho mal o que se haga a su costa. Ex: Construir en parte de la finca del vecino.

DAÑOS Y PERJUICIOS

Se da cuando no puede realizarse el cumplimiento forzoso, por lo que se realiza un equivalente PARA REPARAR EL DAÑO causado, que será la indemnización por DAÑOS Y PERJUICIOS. Esta indemnización aplicada al incumplimiento de la obligación ha de ser considerada como una prestación equivalente.

Para el resarcimiento de DAÑOS Y PERJUICIOS SE REQUIERE:

1) Que el incumplimiento sea CULPABLE.

2) Que sea IMPOSIBLE obtener EXACTAMENTE la reparación del daño causado.

3) Que el daño sea RESARCIBLE (Que se pueda indemnizar).

4) Que exista NEXO CAUSAL (relación) entre el incumplimiento y los daños de la otra parte, es decir, que para que haya obligación de indemnizar se ha de dar una relación de CAUSA-EFECTO entre el incumplimiento y el daño.

GARANTÍAS DE LAS OBLIGACIONES

Garantizar una obligación = reforzarla con un medio legal que asegure al acreedor que la obligación se va a cumplir.

TIPOS DE GARANTÍAS

  • PERSONALES: Fianza, aval, etc.
  • REALES: Conceden al acreedor el poder sobre una cosa concreta y determinada. Ex: hipoteca, embargo preventivo.

ACCIÓN SUBROGATORIA: Posibilidad de los acreedores de ejercitar los derechos y acciones del deudor cuando por la inactividad del deudor se ponga en peligro el patrimonio del acreedor.

A – deuda (200) con B – deuda (100) con C

B no reclama a A

C puede reclamar a A subrogándose en B

ACCIÓN REVOCATORIA: Poder que tiene el acreedor para solicitar que se revoquen los actos hechos por el deudor para que el acreedor no pueda cobrar.

A – deuda con B – deuda con C 

“B” perdona la deuda a “A” y de esta manera impide o dificulta que “C” cobre.

“C” puede pedir la revocación de esta CONDONACIÓN (perdón) de la deuda que “A” mantiene con “B”. Si no es posible, “B” debería indemnizar.

 

DERECHO DE RETENCIÓN: Constituye una garantía para que el acreedor tenga en su posesión (retiene) una cosa propiedad del deudor mientras el deudor no cumpla. El derecho de retención es excepcional y no se usa como regla general.

El acreedor que disfruta del derecho de retención ha de cuidar la cosa (el bien) del deudor con la diligencia de UN BUEN PADRE DE FAMILIA. Si la cosa retenida da frutos o intereses, el acreedor no se los puede quedar.

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (6.3 Kb)   pdf (78.4 Kb)   docx (11.5 Kb)  
Leer 4 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com