ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Off Shore

seilypao19 de Octubre de 2012

3.722 Palabras (15 Páginas)815 Visitas

Página 1 de 15

OFF SHORE

QUE SON OFF SHORE.

Instituciones que realizan intermediación financiera cuya autorización responde a una base legal genérica (Código de Comercio) y que no se encuentran bajo la vigilancia y supervisión de la Superintendencia de Bancos. Los intermediarios financieros que conforman este sector, usualmente innovadores, proporcionan los servicios que, por ley, les era prohibido prestar a las entidades reguladas. Entre estos intermediarios puede mencionarse a los “off-shore”, que financian operaciones de comercio.

Son sociedades anónimas cuya actividad principal consiste en realizar directa o indirectamente, por cuenta propia o de terceros, o para terceros inversiones en el extranjero en bienes muebles o inmuebles, títulos, bonos, acciones, debentures, letras. Dadas ciertas condiciones, en especial que su actividad sea casi exclusivamente offshore, tributan un impuesto único de sólo el 3 por mil sobre su capital y las reservas al final de cada ejercicio.

En general permiten efectuar una amplia variedad de operaciones comerciales en el exterior con agilidad y bajo costo. Cuanto mayor sea la carga tributaria existente en ciertos países, mayor es el interés de las empresas y de las personas físicas en realizar inversiones en el exterior, atraídos por innumerables factores, tales como:

monedas fuertes, estabilidad económica y política, exoneraciones fiscales e impuestos reducidos sobre las rentas, agregando: seguridad, secreto y privacidad en los negocios, libertad de cambio, economía de costos administrativos y eventual acceso a determinados tipos de financiamiento internacional, a tasas de interés bajos.

Esas zonas privilegiadas existen en varias partes del mundo y algunos entusiastas llegan a hablar de ellas como "tax havens" o "paraísos fiscales". Para esas sociedades comerciales constituidas en esas "zonas libres" se convino en dar el nombre inglés de "compañías offshore". Offshore se le llama a la sociedad que está fuera de las fronteras de un país.

Así, una "sociedad offshore " es una entidad situada en el exterior, sujeta a un régimen legal diferente, "extraterritorial" en relación al país de domicilio de sus asociados. Pero la expresión es aplicada más específicamente a sociedades constituidas en los "paraísos fiscales", donde gozan de privilegios tributarios (impuestos reducidos o hasta mismo exoneración de impuestos). Y eso sólo se tornó posible cuando algunos países adoptaron la política de exoneración tributaria, para atraer inversiones y capitales extranjeros. En América Latina, Uruguay es un ejemplo típico de esa política fiscal.

BANCA OFF SHORE EN GUATEMALA

Aproximadamente su existencia es desde hace 25 años comenzó a salir a luz publica, en el año 2003, once entidades han sido autorizadas por la Junta Monetaria para operar legalmente en el país, este tipo de instituciones opera desde finales del 1970 y principios de los 80. Se dedica principalmente a captrar y colocar recursos en dólares entre empresas importadoras y exportadoras y a operaciones especializadas para inversionistas.

A partir de su autorización por la Junta Monetaria, la banca off shore esta obligada a someter a la fiscalización de la Superintendencia de Bancos y deberá rendirle información, observar la regulación guatemalteca y cumplir con lo establecido en la Ley contra el Lavado de Activos.

Requisitos Y Obligaciones Que Deben Observar En Offshore Para Operar En Guatemala

Regulación jurídica de las entidades offshore:

1. Código de Comercio, Decreto 2-70

Los requisitos mínimos que debe cumplir una sociedad off shore que desee operar en Guatemala, son los que se establece el Código de Comercio, en el sentido de los que éste señala para que sociedades extranjeras puedan realizar operaciones o transacciones en la República de Guatemala.

El artículo 1 del Código de Comercio establece que las normas que contiene el mismo serán aplicables a los comerciantes en su actividad profesional.

El artículo 3 del Código de Comercio menciona que cuerpo legal establece que las sociedades organizadas bajo forma mercantil tienen la calidad de comerciantes, cualquiera que sea su objeto. Todo lo anteriormente expuesto es con el fin de recalcar que el código en cuestión reconoce la calidad de comerciante de cualquier tipo de sociedad mercantil y siendo que las sociedades offshore son entidades mercantiles deben ser consideradas como comerciantes y por ende sujetas a la regulación de dicho código.

El la presente ley se hace una distinción entre las sociedades extranjeras que se encuentran domiciliadas en la República de aquellas que no lo están. En la práctica, lo más común es que las sociedades offshore no se encuentren domiciliadas en Guatemala sino que únicamente ejerzan operaciones ocasionales.

El artículo 220 de dicho cuerpo legal establece las operaciones que puede realizar las sociedades legalmente constituidas en el extranjero sin necesitar de ningún tipo de autorización ni registrarse en el país, siendo en mi opinión ésta, la base legal para el uso de sociedades offshore en Guatemala.

Dicho artículo establece entre las operaciones que puede realizar una sociedad extranjera en Guatemala sin ningún tipo de autorización ni registró las siguientes:

• Ser parte de cualquier gestión o juicio que se ventile en los tribunales de la República o en la vía administrativa;

• Abrir o mantener cuentas bancarias a su nombre en algunos de los bancos autorizados;

• Efectuar ventas o compras únicamente a agentes de comercio independiente, legalmente establecido en el país;

• Gestionar pedidos por medio de agentes legalmente establecidos en el país, siempre que los pedidos queden sujetos a confirmación o aceptación fuera del territorio de la República;

• Otorgar préstamos o abrir créditos a favor de empresarios establecidos en la República: En cuanto a tal operación, es importante señalar que ésta podría resultar inaplicable debido a la reciente reforma de la Ley de Bancos y Grupos Financieros, Decreto 19 – 2002, con lo concerniente al delito de intermediación financiera (artículo 96), del que se tratará más adelante.

• Librar, endosar o protestar en la República títulos de crédito o ser tenedora de los mismos;

• Adquirir bienes muebles, derechos reales o bienes inmuebles, siempre que éstos no formen parte de una empresa ni negocie habitualmente con los mismos.

2. Código Tributario, Decreto 6-91

El domicilio fiscal es necesario determinar si la sociedad offshore está o no domiciliada en Guatemala para así identificar si existe o no un hecho generador que acarree como consecuencia el pago de impuesto.

Como domicilio fiscal establecemos el lugar que el contribuyente responsable designe para recibir citaciones, notificaciones y demás correspondencia que se remita para que los obligados ejerzan los derechos derivados de sus relaciones con el fisco para que pueda exigirle el cumplimiento de las leyes tributarias.

Las sociedades offshore se regirán por el derecho del Estado en donde se encuentre su domicilio fiscal, pero en el caso de constituirse establecimientos, sucursales o agencias, se consideraran domiciliadas en el lugar en donde funcionen y sujetos a la jurisdicción de las autoridades locales en lo concerniente a las operaciones que allí se practiquen.

El artículo 21 del código tributario, establece que: “Son contribuyentes las personas individuales, prescindiendo de su capacidad legal, según el derecho privado y las personas jurídicas, que realicen o respecto de las cuales se verifica el hecho generador de la obligación tributaria”. Por lo que si la sociedad esta domiciliada en Guatemala podrá tener la calidad de contribuyente, de lo contrario no puede atribuírsele dicha calidad.

Las sociedades offshore tomando en cuenta que hay que determinar si los ingresos son de fuente guatemalteca y si los gastos que se derivan de operaciones realizadas por contribuyentes domiciliados con una sociedad offshore son gastos deducibles o no para propósitos del cálculo del Impuesto Sobre la Renta (ISR). Las leyes tributarias, hacen mención a personas jurídicas domiciliadas o no domiciliadas y establecen determinadas obligaciones y exenciones de acuerdo a esta característica.

Se analizaran a continuación las leyes fiscales de mayor importancia con relación al campo de aplicación de cada tributo. Sin embargo, debido a la cantidad de transacciones que las sociedades offshore podrían realizar, nos referiremos al efecto fiscal de las que consideramos algunas de las principales:

• Impuesto al Valor Agregado (IVA):

La principal característica que define al presente impuesto es la “territorialidad” ya que el mismo se aplica generalmente a la transferencia de mercancías o prestación de servicios en Guatemala, lo que se desprende del artículo 2 de la ley del IVA. Una excepción a esta regla es el caso de las exportaciones de bienes o servicios, los que se encuentran exentos del pago del presente impuesto. “Por exportación de servicios: La prestación de servicios en el país, cumplidos todos los trámites legales, a usuarios que no tienen domicilio ni residencia en el mismo y que estén destinados exclusivamente a ser utilizados en el exterior, siempre y cuando las divisas hayan sido negociadas conforme a la legislación cambiaría vigente.”

El artículo 3 de la ley del IVA establece que el impuesto al valor agregado será generado por: a) La venta o permuta de bienes

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (24 Kb)
Leer 14 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com