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PARAISOS FISCALES Y SUS IMPLICANCIAS CON EL RÉGIMEN TRIBUTARIO PERUANO

kerlybravopino28 de Diciembre de 2014

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PARAISOS FISCALES Y SUS IMPLICANCIAS CON EL RÉGIMEN TRIBUTARIO PERUANO

I. NOTAS PRELIMINARES

¿Por qué surgen los Paraísos Fiscales?

• La globalización e integración económica sumados a la desregulación y consecuente liberalización de los mercados, ha dado como resultado una creciente descentralización de actividades, principalmente de las multinacionales, que reparten su cadena de valor a través de distintos países, motivados por la posibilidad de encontrar ventajas competitivas en otros territorios.

• Esta competencia no solo se circunscribe al ámbito privado. La movilidad de las inversiones de capital ha ocasionado también que los Estados compitan tratando de captar dichas inversiones utilizando muchos de ellos el elemento tributario (competencia fiscal). Así tenemos:

a) Competencia fiscal positiva: cuando se atrae a las inversiones disminuyendo los costos tributarios.

b) Competencia fiscal negativa: sustenta la llegada de las inversiones a través de sistemas impositivos de baja o nula tributación (sistema fiscal de privilegio). Estos Estados poseen por lo general además un derecho societario, bancario y penal simplificado.

Paraíso Fiscal, Evasión y Fraude Fiscal

• La doctrina mayoritaria identifica la utilización de los paraísos fiscales con actividades de evasión y fraude fiscal.

• Otros, en cambio, piensan que tales territorios se relacionan más con actividades legítimas de elusión fiscal, una planificación fiscal internacional.

• De allí surge la pugna entre personas y gobiernos favorables a su creación y los que luchan por combatirlos e imponerles sanciones o mecanismos que traten de eliminar sus efectos.

Elusión Fiscal

• La elusión fiscal es la pieza clave de la planificación fiscal (economía de opción).

• Representa el aprovechamiento de los recursos legales disponibles para conseguir la mínima carga fiscal o para diferir en el tiempo su impacto.

• Permite al contribuyente evitar que se realice el hecho imponible, con el fin de no pagar los tributos o abaratar los costos tributarios.

• Eludir es perfectamente legal pues no se está violando ninguna ley, sino que se está aprovechando mediante interpretación su ambigüedad o vacíos.

Evasión Fiscal

• La evasión fiscal consiste en sustraer la actividad al control fiscal y, por tanto, no pagar impuestos.

• El contribuyente no cumple con sus obligaciones tributarias, convirtiendo su conducta en una infracción que debe ser sancionada.

• Se intenta reducir los costos tributarios, utilizando para ello medios ilícitos y sancionados por las leyes, como el contrabando, fraude, etc.

II. PARAÍSOS FISCALES

Definición

• No existe un consenso respecto a la definición de Paraísos Fiscales.

• Se puede definir como aquel Estado, territorio o región que posee un sistema fiscal que ofrece una escasa o nula tributación, generalmente en relación con los impuestos directos y que facilita la elusión fiscal de contribuyentes pertenecientes a otras jurisdicciones, con la finalidad de captar sus inversiones y capitales.

• El término "Paraíso Fiscal" es una valoración técnico-política acuñada por la Organización de Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE). Inclusive dicho término derivó de una errónea traducción del término inglés "tax haven" (refugio fiscal) al francés (paradis fiscal).

• La OCDE en un Informe de 1987 consideraba que un país o territorio desempeñaba el papel de Paraíso Fiscal cuando él mismo se ofrecía o consideraba como tal. Posteriormente en 1998, la OCDE identificó los criterios que debe reunir un Estado o territorio para que sea calificado como Paraíso Fiscal.

Criterios establecidos por la OCDE

• Ausencia de impuestos o impuestos solamente nominales para las rentas generadas por las actividades económicas.

• Carencia de intercambio efectivo de información en base a una legislación y prácticas administrativas que permite a las empresas y particulares beneficiarse de normas basadas en el secreto frente a la fiscalización de las autoridades, que impiden el intercambio de información de sus contribuyentes con otros países.

• La falta de transparencia en la aplicación de las normas administrativas o legislativas.

• La no exigencia de actividad real a particulares o a empresas domiciliadas en esa jurisdicción fiscal, por el hecho de que sólo quieren atraer inversiones que acuden a esos lugares por razones simplemente tributarias.

Ante las presiones de los EEUU, en el 2001 el Comité de Asuntos Fiscales de la OCDE alcanzó un compromiso por el cual estos lugares no serían sancionados por su régimen tributario propiamente dicho, sino por su grado de cooperación en la transparencia e intercambio de información con otros países.

Factores claves utilizados para determinar si una jurisdicción es un paraíso fiscal

Características

• Sistemas fiscales caracterizados por una baja o nula fiscalidad directa: no gravan las rentas u ofrecen exenciones (Bahamas o Mónaco); sólo gravan en base al principio de territorialidad (Costa Rica, Panamá o Hong Kong); establecen ventajas fiscales a sociedades (sociedades off-shore) que realicen operaciones efectuadas por no residentes en el exterior (Suiza o Liechtenstein).

• Legislación mercantil y financiera flexible: carencia de controles y poca rigidez de sus ordenamientos jurídicos.

• Amplia protección del secreto bancario y comercial: negativa a colaborar con los demás Estados, afectando la fiscalización de las rentas producidas por los residentes de esos Estados.

• Ausencia de controles de cambio de divisas: doble sistema de controles de cambio, uno para residentes y otro para no residentes.

• Escasa o nula red de convenios internacionales en materia fiscal.

• Extra fiscal: estabilidad política, económica, social y financiera.

Aspectos negativos

• Reducen los ingresos fiscales y las prestaciones sociales de los Estados por la fuga de capitales.

• Contribuyen al empobrecimiento de los Estados que no perciben los tributos de sus residentes.

• Ofrecen impunidad para delitos y fraudes financieros.

• Incentivan la especulación y la inestabilidad financieras.

• Facilitan la financiación y encubrimiento de grupos terroristas.

• Facilitan el blanqueamiento de capitales ilícitos.

Principales recomendaciones de la OCDE para el fortalecimiento de la normativa ante los Paraísos Fiscales

• Incluir en la legislación nacional que se graven las utilidades obtenidas de una compañía ubicada en paraísos fiscales.

• Los métodos para evitar la doble tributación internacional no se apliquen, si los ingresos de fuente extranjera se obtienen por prácticas relacionadas o vinculadas con paraísos fiscales.

• Adoptar normas que permitan acceder a información sobre las transacciones internacionales y operaciones en el extranjero de los contribuyentes residentes.

• Seguir los principios internacionales sobre precios de transferencia adoptados en las guías de la OCDE.

• Intercambiar información relevante para propósitos fiscales con otros Estados, que tenga que ver con paraísos fiscales o regímenes preferentes.

• Que en los tratados los beneficios que de éstos se derivan se restrinjan para no ser utilizados por sujetos ubicados en paraísos fiscales.

• Emitir una lista de jurisdicciones que se constituyan como paraísos fiscales (black list).

Mapa mundial de Paraísos Fiscales

• Los Paraísos Fiscales han conocido un desarrollo espectacular a partir de los años setenta, formándose en la periferia de los países industrializados de América del Norte, de Europa y de Asia. Aproximadamente, la mitad de ellos bajo bandera británica. Casi todos los países de Europa tienen su propio paraíso fiscal y a veces dentro del propio territorio.

Criterios de los Estados para calificar a los Paraísos Fiscales

• Lista negra (black list): enumeración de los territorios o Estados que deben ser considerados como Paraísos Fiscales. Esta lista normalmente es cerrada (“numerus clausus”). La lista tiene limitaciones, pues normalmente no están incluidos todos los que son Paraísos Fiscales.

 Decreto Supremo No. 45-2001-EF: Lista de 43 países y territorios considerados de baja o nula imposición.

• Comparación de la tributación efectiva: se verifica a través de un sistema que relaciona la tributación efectiva o nominal del país de origen con la tributación efectiva del paraíso fiscal.

Artículo 86º del Reglamento del Impuesto a la Renta: Determina que se considera país o territorio de baja o nula imposición a aquel donde la tasa efectiva del Impuesto a la Renta, cualquiera fuese la denominación que se dé a este tributo, sea cero por ciento (0%) o inferior en un cincuenta por ciento (50%) o más a la que correspondería en el Perú sobre rentas de la misma naturaleza.

III. PARAÍSOS FISCALES Y EL RÉGIMEN TRIBUTARIO PERUANO

Primer antecedente

• El 18.10. 2000 se publicó la Ley Nº 27356, norma antielusiva por operaciones con Paraísos Fiscales, que aprobó diversos cambios a la Ley del Impuesto a la Renta a partir del 01.01.2001, algunas de las cuales ya no se encuentran vigentes.

• Dentro de las reglas

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