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PENSIONES


Enviado por   •  7 de Julio de 2015  •  Tesis  •  2.451 Palabras (10 Páginas)  •  237 Visitas

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PENSIONES

En el presente ensayo hablaremos del tema relacionado con las pensiones en relación con el Instituto Mexicano del Seguro Social, dicho tema se encuentra considerado dentro de su propia ley en el Titulo Segundo que nos habla en específico Del régimen obligatorio que comprende los seguros de riesgo de trabajo, enfermedades y maternidad, invalidez y vida, retiro, cesantía en edad avanzada y vejez y guarderías y prestaciones sociales.

Los sistemas de pensiones tienen como objetivo proteger los ingresos del trabajador y su familia ante diferentes contingencias y situaciones naturales que ocurren en la vida, mencionadas en el párrafo anterior.

La pensión es el resultado de un esfuerzo de toda la vida laboral de los trabajadores. Contar con una pensión, ofrece a los mismos la tranquilidad y seguridad de que podrán contar con un apoyo económico que les permita vivir con dignidad cuando se jubilen o retiren o sean víctimas de un desafortunado caso que ya no te permita poder laboral.

Con respecto a nuestro tema antes mencionado podemos definir a las pensiones que son nombradas también como Seguro o Subsidio, en relación con el seguro social o a la seguridad social se le considera” un pago ya sea en forma temporal o de manera permanente hasta el deceso de las personas, en el cual dicho individuo recibe un pago económico, si este se encuentra dentro de una situación establecida por la Ley del Seguro Social.”

La Ley del Seguro Social contempla tres tipos de seguros que pueden otorgar derecho al disfrute de una pensión en base a un estudio de diferentes tipos de características y requisitos que establece este instituto el cual valorara las circunstancias por las cuales el derechohabiente solicita una pensión, la cual tiene una clasificación basada en los motivos por los cuales una persona tiene el derecho de ser pensionado por el Instituto Mexicano del Seguro Social.

Dicha organización dentro de su ley contempla los tipos de pensiones en manera específica de las cuales las personas en base a sus condiciones ya sean de su estado de salud, condiciones laborales o su edad misma se encuentran dentro de esta clasificación:

Pensión de Invalidez, Pensión de Ascendientes, Pensión de Cesantía en edad avanzada o Vejez, Presión por Retiro Anticipado, Pensión de Viudez Pensión por Incapacidad Permanente parcial o total y Pensión de Orfandad

A continuación desglosaremos cada uno de los tipos de pensiones mencionando sus principales características para poder distinguir cada una de estas y mencionaremos algunos de sus requisitos para la obtención de las mismas, ya que cada una cuenta con estructuras diferentes las cuales están establecidas dentro de la ley del seguro social.

En primer lugar hablaremos de la pensión por invalidez que esta es otorgada al trabajador debidamente asegurado y se encuentre imposibilitado para ver x sí mismo, por medio de un trabajo igual, un salario superior a la mitad del recibido durante el último año de trabajo y que esa imposibilidad provenga de una enfermedad (infarto, diabetes, artritis, epilepsia, etc.) o accidente no profesional.

Esta se solicita cuando el seguro social, por medio de sus servicios médicos especializados en diferentes áreas las cuales abarca una amplia rama de enfermedades ya sea comunes o de mayor impacto, determine que se encuentra en estado de invalidez ( Incapacidad permanente o temporal de una persona para andar, mover algún miembro del cuerpo o realizar determinadas actividades, debida a una discapacidad física o psíquica). Normalmente el IMSS la niega porque no reconoce semanas, o las enfermedades o no las considera invalidantes, o las paga con un salario menor o deja de cubrir las que estaba otorgando dando de alta al asegurado a pesar de seguir enfermo o las otorga provisionales y no definitivas (Art. 119 LSS)

Los requisitos para la obtención de esta pensión son:

- Encontrarse vigente en el régimen de asegurado

- Que el asegurado tenga reconocidas un mínimo de 250 cotizaciones a la fecha en que se dictamine el estado de invalidez, o bien, si el dictamen determina una valuación de 75% o más, sólo se requiere que tenga acreditadas 150 semanas de cotización.

- Que los Servicios Médicos de Salud en el Trabajo, dictaminen el estado de invalidez del asegurado.

- Que los Servicios de Prestaciones Económicas cuenten con el dictamen de invalidez.

Pensión de Cesantía en Edad Avanzada o Vejez

Cesantía en Edad Avanzada: Que el asegurado tenga la edad de 60 años y haya causado baja en el régimen obligatorio del Seguro Social.

• Vejez: Que el asegurado tenga la edad de 65 años y haya causado baja en el régimen obligatorio del Seguro Social.

en la ley del seguro social nos dice que el asegurado debe tener reconocidas un mínimo de 1,250 cotizaciones semanales a la fecha de la solicitud y no considera la conservación de derechos para el seguro de retiro, cesantía en edad avanzada o vejez, por lo que el asegurado podrá solicitar su pensión en cualquier momento, cumplidos los requisitos. Normalmente el IMSS las niega porque no reconoce conservación de derechos, semanas cotizadas, o no reconoce el último año cotizado o por alguna otra razón.

Pensión de Viudez

Este tipo de pensión se da cuando ocurra la muerte del asegurado o del pensionado por alguno de los siguientes casos: riesgo de trabajo, invalidez, retiro, cesantía en edad avanzada o vejez, cuando esto ocurra el Instituto deberá otorgar a la esposa(o) o concubina(rio), una pensión por viudez.( momento que puede pasar una persona en su vida cuando aquella persona con la que contrajo matrimonio pierde la vida.). art 127 LSS.

40% de la pensión total

Los requisitos para adquirir una pensión de viudez, por parte de la (el) esposa (o) o concubina (rio) del asegurado o pensionado finado son los siguientes:

-No haber contraído matrimonio o haber entrado en concubinato con persona diferente al asegurado o pensionado fallecido.

-Que la(el) esposa(o) compruebe el matrimonio civil con el(la) extinto(a) asegurado(a) o pensionado(a).

-Que la compañera(o) acredite el concubinato con el extinto(a) asegurado(a) o pensionado(a).

-Que el esposo o concubinario acredite la dependencia económica con la extinta asegurada o pensionada.

Pensión de Orfandad

Es la prestación económica y médica que recibirán cada uno de los hijos menores de 16 años y hasta 25 años si se encuentran estudiando en planteles del sistema educativo nacional, cuando muera el padre o la madre, si ellos eran asegurados o pensionados. Podrán solicitar la pensión de orfandad en la Unidad de Medicina Familiar que le corresponde por su domicilio, cumpliendo con una serie de requisitos los cuales se encuentran establecidos dentro dela ley del seguro social.

Al concluir esta pensión, se otorgara una liquidación de tres meses de pensión.

Pensión de Ascendientes

Este tipo de pensión de ascendientes se otorga a cada uno de los padres que dependían económicamente del asegurado(a) o pensionado(a) fallecido (a), cuando no exista esposa(o), concubina (rio) o hijos con derecho a recibir la pensión. Art 127 LSS

20% sobre el monto de la pensión total

Pensión por Incapacidad Permanente Parcial o Total

La pensión por Incapacidad Permanente se otorga al asegurado que sufre un accidente o enfermedad en ejercicio o con motivo de su trabajo y esto le ocasiona la pérdida de sus facultades, aptitudes o disminución permanente parcial o total en su capacidad física o mental para realizar su trabajo.

Permanente total, 70% del sueldo

Permanente parcial, superior al 50%

Pensión por Retiro Anticipado

El Asegurado podrá pensionarse antes de cumplir las edades establecidas por la Ley del Seguro Social, siempre y cuando la pensión que estará obligada la aseguradora a otorgar de por vida al pensionado, sea mayor al 30% de aquella que el Estado garantiza una vez cubierto el seguro de sobrevivencia para sus beneficiarios.

A partir del 1 de julio de 1997 inicia el funcionamiento del nuevo esquema de pensiones y con la entrada en vigor de éste, nacen las Administradoras de Fondos para el Retiro, mejor conocidas como AFORES, que se encargan de administrar los recursos de las cuentas individuales; así como las Sociedades de Inversión Especializadas en Fondos para el Retiro, mejor conocidas como SIEFORES, que invierten los recursos de los trabajadores en instrumentos que principalmente, preservan el poder adquisitivo de los mismos.

Con este nuevo sistema, la cuenta individual de los trabajadores además de recibir las aportaciones del Seguro de Retiro, Cesantía y Vejez (RCV), tiene dos subcuentas adicionales: la Subcuenta de Aportaciones Voluntarias y la de la Vivienda. En la primera las aportaciones las puede realizar el patrón y/o el trabajador con el fin de incrementar el monto de los recursos disponibles llegada la edad de retiro y en la segunda la aportación la realiza solamente el patrón y esta subcuenta es administrada directamente por el INFONAVIT.

En cuanto a nuevas reformas impuestas a nuestro tema refiere, debemos mencionar que a partir del primero de enero del 2014 la nueva ley de las pensiones ya es efectiva y los pensionistas deben de tener en cuenta varias novedades:

1- Las prestaciones ya no se actualizan conforme al IPC (índice de precio al consumo) como era habitual desde 1997 (una fórmula cuyo objetivo era que los pensionistas no perdieran poder adquisitivo ante la subida de precios).Ahora, la cuantía de las pensiones se revisará siempre a comienzos de año según el nuevo Índice de Revalorización (IR) que variará en función de los ingresos y gastos del sistema de la Seguridad Social en un plazo de once años (cinco previos, el de ejecución y las proyecciones de cinco futuros) y del aumento de los pensionistas.

2- El Ejecutivo ya ha anunciado que las pensiones se revalorizarán este año lo mínimo, un 0,25%.; Además, hay que tener en cuenta que esta nueva forma para revisar la cuantía afecta a todos los jubilados, a los actuales y a los futuros.

3- La reforma introduce el factor de sostenibilidad que tendrá en cuenta la esperanza de vida a la hora de calcular la pensión inicial que cobrarán los nuevos pensionistas. Es decir, si la esperanza de vida aumenta la pensión inicial se reducirá con el objetivo de asegurar la sostenibilidad del sistema de pensiones.

CASO PRACTICO: PENCION POR INVALIDEZ

EN QUÉ CASOS SE OTORGA Cuando el trabajador asegurado se halle imposibilitado para procurarse, mediante un trabajo igual al que venía desarrollando, un salario superior al 50% del recibido durante el último año de trabajo y que esa imposibilidad derive de una enfermedad o accidente no profesional. Se solicita cuando el Instituto, a través de sus servicios médicos, determine que se encuentra en estado de invalidez. (ART. 119 LSS)

REQUISITOS PARA OBTENERLA

● Que el asegurado se encuentre vigente o dentro del periodo de conservación de derechos, al declararse el estado de invalidez.

● En régimen 1997, que el asegurado tenga reconocidas un mínimo de 250 cotizaciones semanales a la fecha en que se dictamine el estado de invalidez, o bien, si el dictamen determina una valuación de 75% o más, sólo se requiere que tenga acreditadas 150 semanas de cotización.

● En régimen 1973, se requiere que al declararse la invalidez, el asegurado tenga acreditado el pago de 150 cotizaciones a la fecha en que se dictamine el estado de invalidez.

● Que los Servicios Médicos de Salud dictaminen el estado de invalidez del asegurado.

DOCUMENTOS QUE DEBEN PRESENTARSE

● Copia certificada de acta de nacimiento, de adopción o reconocimiento.

● Identificación oficial con fotografía y firma

● Documento de AFORE que maneja la cuenta individual con una antigüedad no mayor a los 6 meses.

● Clave Única de Registro de Población (CURP)

● Documento que contenga el número de seguridad social expedido por el IMSS, INFONAVIT o AFORE.

● Comprobante de domicilio, no mayor de tres meses

● Constancia de registro en el R.F.C. original y copia para cotejo. PLAZO PARA OBTENER RESOLUCIÓN El plazo máximo de resolución del trámite es de:

● 21 días naturales para casos de Ley del Seguro Social 1973 y

● 30 días naturales para casos de Ley del Seguro Social Ley 1997.

Determinar la cuantía básica de la pensión de invalidez:

*Salario promedio $160.00 (x) días del año 365=$58,400.00 Salario Promedio elevado al año

*Salario Promedio elevado al año $58,400.00 (x) Porcentaje de invalidez 35%= $20,440.00 importe total.

* Importe total $20,440.00 (/) meses del año 12 = $1703.33 Cuantía básica de la pensión de invalidez

2.- Determinar las asignaciones familiares: La asignación familiar por la esposa será del 15% y para cada hijo menor de 16 años será del 10%

I) Para la esposa: *Cuantía básica de la pensión $1703.33 (x) porcentaje esposa 15% = $255.49 II)Para los hijos: *Cuantía básica de la pensión $1703.33 (x) porcentaje para cada hijo 10% = $170.33

*Asignación para cada hijo $170.33 ( x ) 3 hijos = $510.99

3.- Determinar la pensión mensual:

* Importe de la cuantía básica de la pensión (+) Asignación familiar para la esposa (+) Asignación familiar para hijos = IMPORTE DE LA PENSIÓN MENSUAL DE INVALIDEZ $1703.33 ( + ) $255.49 ( + ) 510.99 = $2,469.81

- Pensiones en materia de Seguridad Social –

ALUMNO: Edgar Jaime Velázquez

MATERIA: Seguridad Social

Prof. LIC: Javier Sánchez Cataño

Aula : C-13 Grupo: DER8VES111

FECHA DE ENTREGA: 10/06/15

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