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Sucesión Testamentaria


Enviado por   •  16 de Noviembre de 2013  •  Ensayos  •  1.460 Palabras (6 Páginas)  •  201 Visitas

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SUCESIÓN TESTAMENTARIA

Se inicia con el testamento, este es el acto jurídico, personalísimo, revocable y libre por el cual una persona dispone de sus bienes, derechos y obligaciones para después de su muerte. Es un acto jurídico porque se realiza con la intervención de la voluntad y con la intención de crear consecuencias jurídicas para después de la muerte.

Es personalísimo porque es de los pocos actos jurídicos que debe realizarse por el interesado, este debe manifestar su voluntad para que exista, La manifestación de la voluntad debe ser expresa, clara y no dejar a dudad, si la voluntad fuera cuartada, no tendrá valor o será nulo.

Es revocable, porque en cualquier momento se puede modificar la disposición testamentaria.

La sucesión testamentaria puede ser a título personal, cuando se instituyen herederos, y a titulo particular al instituirse legatarios.

Solo las personas capaces pueden otorgar el testamento, están incapacitados:

• los menores de 16 años,

• los que habitual o accidentalmente no disfruten de su capacidad de juicio cabal. Sin embargo la ley considera válido el testamento hecho por un demente en un intervalo lucido, siempre que se observe las reglas que la propia ley establece.

El testador es libre de disponer de sus bienes, pero siempre debe dejar alimentos a:

a) A sus descendientes varones menores de 21 años y que tengan un modo honesto de vivir

b) A sus descendientes varones que estén imposibilitados para trabajar

c) A las hijas que no hayan contraído matrimonio

d) Al cónyuge supérstite; siempre que siendo varón este impedido para trabajar o que siendo mujer permanezca viuda y viva honestamente

e) A los ascendentes

f) A la mujer con quien el testador haya vivido como si este fuera su marido, durante los 5 años que precedieron inmediatamente a su muerte o con la que tuvo hijos, siempre que ambos hayan permanecido libres de matrimonio durante el concubinato.

g) A los hermanos y demás parientes colaterales dentro del cuarto grado, si estas incapacitados o mientras no cumplan 18 años, si no tienen bienes para subvenir a sus necesidades.

Especies de Testamentos

Los testamentos en materia civil se clasifican en dos grupos: ordinario y especial.

ORDINARIO. Dentro del ordinario se encuentran:

1. Testamento Público Abierto.- Es el que se otorga ante notario público, de conformidad con las disposiciones de las leyes de la materia. El testador expresa de manera clara y terminante su voluntad al notario. Este redactara por escrito las cláusulas del testamento, sujetándose estrictamente a la voluntad del testador y las leerá en voz alta para que este manifieste si está conforme. Si lo estuviera, firmaran la escritura el testador, el notario, y en su caso, los testigos y el intérprete, asentándose el lugar, el año, mes, día y hora en que hubiera sido otorgado. Se otorga ante un notario y tres testigos; si el testador no puede o no supiera escribir intervendrá un testigo que firme a su ruego. Si el testador fuera sordo, pero supiera leer, deberá dar lectura a su testamento, si no supiera o no pudiera hacerlo, designara una persona que lo lea en su nombre. Cuando sea ciego el testador, se leerá el testamento dos veces, si ignora el idioma español, escribirá de su puño y letra el testamento, que debe ser traducido por dos intérpretes.

No pueden ser testigos:

Los menores de edad (salvo en el caso del testamento abierto otorgado en peligro de muerte o epidemia), los ciegos y los totalmente sordos o mudos, los que no entiendan el idioma del testador, los que no estén en su juicio, el cónyuge o los parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad del Notario que lo autorice y quienes trabajen con él.

Los herederos y legatarios que se contengan en el mismo, sus cónyuges, los parientes dentro de cuarto grado de consanguinidad o del segundo de afinidad. Los legatarios, sus cónyuges y parientes estarán excluidos cuando el legado sea de poca importancia en relación al patrimonio que compone de la herencia.

2. Testamento Público Cerrado.- Puede ser escrito por el testador o por otra persona a su petición y en papel común. El testador deberá rubricar todas las hojas y firmar al calce todas las hojas del testamento. El papel en que este escrito el testamento o el que le sirva de cubierta, deberá estar cerrado en el acto del otorgamiento y lo exhibirá al notario en presencia de tres

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