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La Eduacion Especial

anazuleika27 de Octubre de 2011

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LA EDUCACION ESPECIAL.

Introducción.

Éste trabajo tiene por objetivo presentar algunos conceptos básicos sobre Educación especial y diferencial para niños con dificultades del aprendizaje escolar.

La educación especial es una disciplina fundamentada en el conocimiento científico y cuyo objetivo es la integración educativa de las personas con necesidades educativas especiales.

Educación especial, identificación, evaluación y programas especiales para niños cuyas dificultades o desventajas para aprender requieren ayuda adicional para alcanzar su pleno desarrollo educativo. Tales dificultades pueden ir desde disfunciones físicas, problemas de visión, audición o lenguaje, disfunción para aprender (desventaja mental), dificultades emocionales o de conducta, o un problema médico o de salud. Otros niños pueden tener dificultades más generales con la lectura, escritura, lenguaje o matemáticas, por lo que requerirán una ayuda extra. Las ayudas para atender las necesidades especiales de educación pueden darse en escuelas integradas o en escuelas especiales.

Se considera que un niño tiene una dificultad especial si muestra una mayor dificultad para aprender que el resto de los niños de su misma edad.

La amplitud de estas dificultades afecta a la habilidad de los niños para aprender y progresar en la escuela

INDICE.

- INTRODUCCION

1. Concepto.

2. Objetivo.

3. Misión.

4. Antecedentes históricos.

5. Características.

6. Centros en que se imparte la educación especial.

7. Personas encargadas de los centros donde se imparte la educación especial.

8. ¿A que nos referimos cuando hablamos de educación especial?

DESARROLLO.

LA EDUCACION ESPECIAL.

1. CONCEPTO:

La educación especial o también conocida como educación diferencial puede definirse cómo:

“Conjunto de acciones educativas, insertas dentro de un sistema educativo general, que tienden a la atención y sostén de las personas que presentan una dificultad para alcanzar con éxito, conductas básicas exigidas por el grupo social y cultural al que pertenecen, una educación ya no centrada en el niño exclusivamente, sino también en el entorno, en las carencias de éste y en las posibilidades y aptitudes de los docentes para satisfacer las necesidades de todos los niños” .

Podemos considerar esta la definición actual ya que esta concorde con la sociedad actual en la que vivimos. Antes se consideraba tener una discapacidad como un castigo y una vergüenza, hoy en día esta visión a cambiado y las personas con discapacidad gozan de gran aceptación en la sociedad.

2. OBJETIVO:

El objetivo de la educación es el máximo desarrollo de las capacidades del individuo, los alumnos con discapacidad simplemente necesitan una serie de apoyos y ayudas que los hacen diferentes y especiales, pero no incapaces.

Tiene como objetivo atender a aquellas personas cuyas características físicas, intelectuales o emocionales les impida adaptarse y progresar en los diferentes niveles del sistema educativo.

Igualmente presta atención especializada a aquellas personas que posean aptitudes superiores a lo normal.

La Educación Especial está enmarcada en el derecho a una educación de calidad para todos. Las personas con necesidades educativas especiales no pueden ser discriminados ni excluidos de la escuela.

Representa la garantía del derecho a la educación para las Personas con Retardo Mental, Autismo, Deficiencias Visuales, Deficiencias Auditivas, Dificultad del Aprendizaje, Talento e Impedimentos Físicos desde temprana edad hasta la adultez.

para garantizar a los niños jóvenes y adultos con necesidades educativas especiales el acceso a la Educación Integral, el respeto a la diversidad en igualdad de condiciones y oportunidades, de manera que participen activa y responsablemente en los cambios requeridos en el desarrollo del país.

3. MISION:

Es el ente rector en el diseño y la supervisión de la política que garantiza el derecho a la educación de niños, niñas, adolescentes y adultos con necesidades educativas especiales, el acceso a una educación integral, el respeto a la diversidad de igualdad de condiciones y oportunidades, en un continuo de la atención educativa integral para que participen de manera activa y responsable en los cambios requeridos para el desarrollo del país, a través de un modelo de atención educativa integral, desde temprana edad hasta la adultez, como respuesta a los derechos constitucionales.

4. ANTECEDENTES HISTÓRICOS:

La educación especial es aquella destinada a alumnos con necesidades educativas especiales debidas a superdotación intelectual o bien a discapacidades psíquicas, físicas o sensoriales. La educación especial en sentido amplio comprende todas aquellas actuaciones encaminadas a compensar dichas necesidades, ya sea en centros ordinarios o específicos.

Aunque la atención educativa a personas con deficiencias sensoriales (generalmente auditivos y visuales) se viene prestando en España desde el siglo XVI, la adopción legal del término educación especial es reciente y ha venido a sustituir a otros aún vigentes en ciertos países de Hispanoamérica, como defectología, que tiene evidentes connotaciones negativas.

En los últimos años del siglo XX se ha propuesto en España y en otros países la sustitución del término educación especial por el de necesidades educativas especiales, siguiendo las recomendaciones del informe Warnock, publicado en 1978 y difundido a lo largo de la década siguiente. Esta nueva definición supone hacer énfasis en la concepción de la educación básica como un servicio que se presta a la ciudadanía para que alcance sus máximas potencialidades y por tanto es la obligación del sistema de proporcionar apoyos y medios técnicos y humanos para compensar los déficits del alumnado en el acceso a los aprendizajes básicos imprescindibles para afrontar la vida adulta.

 ÁMBITO LEGAL.

La adopción legal del término educación especial se produce a partir de la Ley General de Educación de 1970. En esta ley la educación especial se entiende como una modalidad específica, es decir, como un sistema educativo paralelo al de la educación ordinaria, regido por sus propias normas y por un currículo específico distinto al general. En la práctica sólo tenían acceso a este sistema aquellas personas menos afectadas que no podían seguir el ritmo de la educación ordinaria, puesto que la escolarización no era obligatoria. La Ley General de Educación preveía asimismo la creación de aulas de educación especial en centros ordinarios para personas con deficiencias leves como medida más avanzada.

En 1975 se crea el Instituto Nacional de Educación Especial, organismo autónomo dependiente del Ministerio de Educación, y tres años más tarde se elabora el primer plan estatal sobre la materia´.

En este mismo año la ONU formuló la Declaración de derechos de las personas con discapacidad, en la que se cita como derecho fundamental la dignidad de la persona, de lo que se derivarán el resto de los derechos.

En 1978, la Constitución Española establece en su artículo 49 que:

Los poderes públicos realizarán una política de previsión, tratamiento, rehabilitación e integración de los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos, a los que prestarán la atención especializada que requieran y los ampararán especialmente para el disfrute de los derechos que este Título otorga a todos los ciudadanos.

Otro referente legislativo de importancia es la Ley 13/1982 de Integración Social del Minusválido, en la que se establecen los principios básicos de atención a las personas con discapacidad en todos los ámbitos, entre ellos el educativo: normalización, sectorización e integración.

Posteriormente el Real Decreto 334/1985 de Ordenación de la Educación Especial marca otro hito al establecer que el currículum de Educación Especial ha de basarse en todo caso en el ordinario, si bien teniendo en cuenta las diferencias individuales. Este decreto marca el comienzo experimental del programa de integración en España y como consecuencia de él se crea en 1986 el Centro Nacional de Recursos para la Educación Especial, dependiente del Ministerio de Educación.

El programa de integración tuvo una duración de 8 años, 3 de ellos con carácter experimental y 5 de expansión de la integración de alumnos con necesidades educativas especiales a centros ordinarios.

Según el Real Decreto 696/1995 se propondrá la escolarización en los centros de educación especial a los alumnos con necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad psíquica, sensorial o motora, graves trastornos del desarrollo o múltiples deficiencias que requieran a lo largo de su escolarización adaptaciones curriculares significativas en prácticamente todas las áreas del currículo, o la provisión de medios personales y materiales poco comunes en los centros ordinarios y cuando se prevea, además, que en estos centros su adaptación e integración social sería reducida.

5. CARACTERISTICAS:

 Está basada en el conocimiento y la práctica científica.

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