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Ley Antichapulín en Baja California


Enviado por   •  23 de Marzo de 2014  •  1.516 Palabras (7 Páginas)  •  256 Visitas

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La Ley Antichapulín en Baja California

En el año 2002, en el estado de Baja California (norte), la 17 Legislatura aprobó, por unanimidad, una reforma constitucional que modificaba artículos referentes a los requisitos para participar en una elección local, ya fuera para gobernador del estado, diputado local o presidente municipal.

El artículo 42 de la Constitución del estado dice textualmente: “No podrán ser electos gobernador del estado: el secretario general de Gobierno, los magistrados y jueces del Tribunal Superior de Justicia del Estado, el procurador general de Justicia y los secretarios y directores del Poder Ejecutivo, salvo que se separen de sus cargos en forma definitiva 90 días antes de la elección. Los militares en servicio activo y los titulares de los cuerpos policiacos, no podrán ser electos gobernador del estado, salvo que se separen de sus cargos en forma provisional 90 días antes de la elección. Los diputados y senadores del Congreso de la Unión, diputados locales, presidentes municipales, síndicos procuradores y regidores de los ayuntamientos durante el periodo para el que fueron electos, aun cuando se separen de sus cargos; con excepción de los suplentes, siempre y cuando éstos no estuvieren ejerciendo el cargo”.

El propósito de esa reforma, a decir de los propios diputados que la propusieron, era evitar que políticos oportunistas e irresponsables usaran los cargos de representación popular para estar saltando de un cargo a otro, sin terminar sus periodos, sin cumplir las encomiendas para las que fueron electos y sólo “viviendo del presupuesto”, desgastando y dañando la imagen de los servidores públicos y de las instituciones y de la política misma, alejando a los ciudadanos del interés de participar en asuntos que hacen a un sistema democrático. Simplemente, ante ese saltimbanqui, los electores dejan de creer en los políticos porque se sienten usados y porque nunca cumplen lo que prometen; sólo los utilizan de trampolín.

En aquel momento, al estarse aprobando el dictamen que modificaba la Constitución del Estado, las palabras del representante de la fracción priísta, como consta en el Diario de Debates, Marcelino Hidalgo Silva, eran las siguientes: “queremos dejar constancia que nuestro propio Código de Etica partidista nos impone la puntual observancia del cumplimiento de la responsabilidades públicas de nuestra representación popular, por lo que, en ese contexto, el desempeño cabal para cumplir con el tema de nuestra encomienda como diputados es una resolución que estamos empeñados en respetar, no está por demás dejar asentado que la modificación legal que hoy se nos presenta es el fiel reflejo de una demanda planteada en múltiples foros por la militancia de nuestro partido… es oportuno dejar bien claro que nuestro apoyo a la reforma en cuestión no conlleva la intención de truncar las legítimas aspiraciones políticas de nadie, que ciertamente son legítimas y algunas bien merecidas, sino por el contrario, no es más que una conducta consecuente ante una justa demanda ciudadana”.

Eso decía, entre otras cosas, el diputado local Marcelino Hidalgo, a nombre de todos los diputados del PRI de la 17 Legislatura, para apoyar y razonar la reforma “histórica y de vanguardia” que se iba a aprobar e impedía que un funcionario contendiera por otro puesto sin terminar el primero; era la llamada, popularmente, Ley Chapulín o más correctamente la Ley Antichapulín.

Algunos medios de comunicación, azuzados por algún político ambicioso que se sintió aludido, y algunos abogados dejaron entrever “la inconstitucionalidad” de la medida en virtud de limitar el derecho de votar y ser votado como si no lo hiciera, por ejemplo, cualquier otro requisito impuesto para ser candidato: la edad, la residencia, el participar para cargos de representación popular sólo a través de un partido. El chiste es que la clase política local aplaudió la medida y nadie, en su momento, la impugnó. Incluso la famosa Ley Chapulín se ha vuelto referente nacional para discutir su pertinencia en otras reformas electorales y ha sido motivo de envidia para muchas entidades.

Esa reforma es ahora cuestionada ante el proceso electoral del 5 de agosto, que definirá al próximo gobierno de Baja California. Uno de sus contendientes es el polémico Jorge Hank Rhon, presidente municipal de Tijuana, quien es candidato de la Alianza para que vivas mejor, formada por el Partido Revolucionario Institucional (PRI), el Verde Ecologista de México (PVEM) y el Estatal de Baja California. Obviamente, al ser alcalde en funciones de una de las ciudades más importantes de la entidad y no haber concluido su periodo, está impedido, de acuerdo con la Constitución estatal, para ser candidato a gobernador,

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