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ANTECEDENTES.


Enviado por   •  19 de Enero de 2016  •  Tesis  •  6.896 Palabras (28 Páginas)  •  151 Visitas

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Introducción

        El presente trabajo fue elaborado con base en la información obtenida en el Departamento Administrativo Financiero de la  empresa La Zona Libre de Industria y Comercio Santo Tomas de Castilla ZOLIC. La información fue  recopilada por los estudiantes del grupo No. 2 de la carrera de Administración de Empresas del curso de Administración II  a través de los jefes y empleados utilizando cuestionarios debidamente diseñados en base a los puestos desempeñados obteniendo  información objetiva para la realización de dicho manual.

        

        El diagnostico  pretende dar a conocer la información principal que posee esta organización, con fines puramente didácticos y aplicados a la administración de empresas.

        Se ha establecido la compilación resumida del trabajo, para proporcionar los datos requeridos en el diagnóstico administrativo, esperando sea de mucha utilidad para el lector.

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ANTECEDENTES

La Zona Libre de Industria y Comercio Santo Tomas de Castilla ZOLIC, fue creada según decreto 22-73, reformado por le decreto 15-79 ambos del Congreso de la República de Guatemala con el fin de promover el desarrollo industrial y comercial del país, cuenta con personalidad jurídica  patrimonio propio, autonomía funcional y plena capacidad para adquirir derechos y obligaciones, su domicilio es el departamento de Izabal y se rige por su Ley Orgánica sus reglamentos y acuerdos.    El medio de comunicación  con el Organismo Ejecutivo, es el Ministerio de Finanzas Publicas.

La Zona Libre de Industria y Comercio  fue creada como una entidad de desarrollo para responder adecuadamente  a los cometidos economicos-sociales del país especialmente en una área apropiada por su ubicación geográfica, de gran futuro para el país.  La creación de una “Zona Libre de Industria y Comercio significo la reactivación de la economía nacional, fue de captación de divisas, creación de puestos de trabajo directos e indirectos como uno de los objetivos primordiales de la institución, transferencia de tecnología, utilización de materia prima nacional, fortaleciendo de industria y el comercio nacional una estimulación a la iniciativa privada  y  una formal y concreta invitación a los inversionistas del mundo a invertir en una nación en desarrollo, con un sin número de atractivos tales como:  posición geográfica, exoneración de pago de impuestos, facilidad de mano de obra y capacidad empresarial, todo lo anterior comenzó a pequeños pasos a finales de los aos Setenta con una cantidad amplia de futuro crecimiento de la zona tanto  en aspectos de infraestructura y otras ventajas, lo cual a la vez trajo consigo gran cantidad de usuarios con los que hoy se cuentan.

A partir de los anos Ochenta se empezó a tener nuevas infraestructura  a través de la construcción de edificios administrativos con el objetivo de contar

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con un lugar para realizar todos los trabajos administrativos y posteriormente se inicia la construcción de la planta administrativa  la cual ofrecía 12 módulos a disposición de los usuarios para que estos pudiesen realizar sus trabajos de  oficina y tener una administración mejor estructurada.

Por otra parte desde 1996 se tuvo trabajando en la autorización de la creación en las denominadas  agencias ZOLIC, la cual permite gozar de los mismos privilegios que los usuarios establecidos dentro del recinto fiscal de ZOLIC.  Hasta que legalmente se logro la reformas a la ley 22-73  con la autorización del decreto 40-98 de 12 de Julio de 1998 en el cual se incluye la autorización para las aperturas de las agencia de ZOLIC en cualquier punto geográfico de Guatemala, lo cual fue fundamental para acelerar el despliegue de ZOLIC como zona franca.

En la actualidad cuenta con 51 empresas usuarias instaladas dentro del predio Fiscal y así mismo con 9 agencias  ubicadas en las diferentes departamentos del  país;  generando mas de 3, 000 empleos directos  e indirectos ayudando así a La reactivación de la economiza del país y principalmente en el departamento de Izabal siendo unos de las fortalezas  de la institución del recurso humano calculado.

  1. MARCO LEGAL

ZOLIC cuenta con una ley organica en la cual se contemplan las leyes y reglamentos para su funcionamiento.

  1.  LEY Y SU REGLAMENTO

En el  DECRETO DEL CONGRESO NUMERO 22-73 El Congreso de la República de Guatemala se establece lo siguiente:

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Que la creación de una Zona Libre de Industria y Comercio en “Santo Tomás de Castilla”, constituye un factor de especial importancia para impulsar al comercio y la industria del área centroamericana en beneficio de los países que la integra;

Que el funcionamiento de una Zona Libre de Industria y Comercio será una fuente inmediata de aprovisionamiento, que permitirá la aceleración de las actividades comerciales e industriales en el país y dentro del área centroamericana.

  1. CREACIONES,  FINES,  FACULTADES Y FUNCIONES

Se crea una Zona Libre con los fines de promover el desarrollo industrial y comercial del país con el nombre de Zona Libre de Industria y Comercio “Santo Tomás de Castilla”, con personalidad jurídica, patrimonio propio, autonomía funcional y plena capacidad para adquirir derechos y obligaciones. Su domicilio será el Departamento de Izabal.

La zona Libre de Industria y Comercio “Santo Tomas de Castilla, es una institución del Estado, que tendrá duración ilimitada y se regirá por la presente ley, sus reglamentos y acuerdos. El medio de comunicación de la Zona Libre con el Organismo Ejecutivo será el Ministerio de Finanzas Públicas quien velará por el mejor desarrollo y desenvolvimiento de sus actividades.

Reformado por el Decreto 40-98 del Congreso de la República del goce de julio de mil novecientos noventa y ocho el cual queda así:

La Zona Libre de Industria y Comercio “Santo Tomás de Castilla” funcionará en un Castilla, Puerto Barrios, Izabal en cualquier parte del territorio nacional. Su Junta Directiva queda plenamente facultada de conformidad con la presente

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Ley para la constitución de agencias, las que gozarán de todos los beneficios fiscales establecido en la presente Ley.

En la “Zona Libre de Industria y Comercio Santo Tomás de Castilla”, podrán realizarse las siguientes operaciones, negociaciones y actividades: introducir, extraer, almacenar, exhibir, empacar, desempacar, manufacturar, envasar, montar, ensamblar, refinar, purificar, mezclar, transformar y, en general, comercializar, operar y manipular toda clase de mercancías, productos, materias primas, equipos, envases y demás efectos de comercio, con la única excepción de los artículos que sea prohibida su importación de acuerdo con las leyes de la República.

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